El tribunal de Sentencia, conformado por los jueces Juan Francisco Ortiz, Lourdes Garcete y Rossana Maldonado, rechazó el recurso de reposición presentado por los abogados Derlis Céspedes, Violeta Ayala y Aníbal Ayala, en representación de la acusada, odontóloga Lilia Graciela Espinoza de Rodríguez, quien recurrió la providencia de fecha 4 de febrero de 2025, que fijó el nuevo juicio oral y público por la muerte de Sol Chávez, para el 12 de marzo a las 10:30.
La defensa de la acusada argumentó que se tiene una acción de inconstitucionalidad promovida contra la resolución judicial que anuló la sentencia de primera instancia y ordenó un nuevo juicio oral.
En diciembre del año pasado, el tribunal de Apelación, integrado por Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández, anuló la leve condena de 2 años de cárcel para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la bioquímica Sandra Hermosa, acusadas por el fallecimiento de la joven María Sol Chávez Franco, de 22 años, quien murió por intoxicación de flúor, el 9 de abril de 2021.
Los jueces señalaron que la sentencia cuestionada “denota claras contradicciones y falta de fundamentación por parte del tribunal de Sentencia en relación con el artículo 65 del Código Penal en cuanto a los fundamentos esgrimidos para llegar a la decisión adoptada, habiendo incurrido la sentencia en vicios consistentes en una fundamentación insuficiente y contradictoria”.
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Corte rechazó acción de inconstitucionalidad de odontóloga, acusada por la muerte de Sol Chávez
La sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó in limine la acción de inconstitucionalidad presentada por la odontóloga Lilia Graciela Espinoza de Rodríguez, quien debe enfrentar un nuevo juicio oral y público por la muerte de la joven Sol Chávez, ocurrida en abril del 2021.
La acción fue promovida contra una resolución del tribunal de apelación en lo penal, que había anulado el fallo de primera instancia donde un colegiado condenó a penas irrisorias a dos acusadas.
El próximo 30 de abril a las 12:00 se fijó el inicio del juicio oral y público para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la química farmacéutica Sandra Hermosa, acusada por el fallecimiento de la joven Sol Chávez (22) quien murió por intoxicación por flúor.
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Condena anulada
En diciembre del año pasado, el tribunal de Apelación, integrado por Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández, anuló la leve condena de 2 años de cárcel para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la bioquímica Sandra Hermosa, acusadas por el fallecimiento de la joven María Sol Chávez Franco, de 22 años, quien murió el 9 de abril de 2021.
Los jueces señalaron que la sentencia cuestionada “denota claras contradicciones y falta de fundamentación por parte del tribunal de Sentencia en relación con el artículo 65 del Código Penal en cuanto a los fundamentos esgrimidos para llegar a la decisión adoptada, habiendo incurrido la sentencia en vicios consistentes en una fundamentación insuficiente y contradictoria”.
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Tribunal de Apelación dio luz verde al juzgado para audiencia preliminar a Miguel Prieto
El Tribunal de Apelación dio vía libre para que al juez Humberto Otazú pueda llamar a audiencia preliminar del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Esto, a fin de definir si eleva o no a juicio la causa por supuesta de lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, en la causa de presunta corrupción municipal por la compra de alimentos durante la pandemia.
El intendente esteño se encuentra en un proceso judicial con audiencia preliminar pendiente por el presunto perjuicio patrimonial que asciende a la suma de G 306.188.500, por pago concretado por mercaderías inexistentes, durante su gestión al frente de la Municipalidad de Ciudad del Este, en época de pandemia.
Ante esto, el Tribunal de Segunda Instancia confirmó la decisión del juez que había rechazado un recurso de la defensa. En la resolución, los camaristas alegan que la sola presentación de la acción de inconstitucionalidad, en este caso, no impide que el proceso avance, desestimando así el cuestionamiento de la defensa de Prieto.
Con la confirmación de la resolución del juez Humberto Otazú por parte del Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado Primera Sala, se deberá fijar una fecha para la diligencia pendiente.
El líder del movimiento Yo Creo es sospechado de haber liberado recursos del municipio mediante licitaciones públicas direccionadas a empresas amigas, de acuerdo a la investigación de los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y María Verónica Valdez.
En la carpeta fiscal se menciona que el dirigente político de la oposición entre el mes de marzo y junio del 2020, con la colaboración de los miembros de su estructura, supuestamente habrían convocado y promovido una licitación por la vía de la excepción para la adquisición de insumos para la fabricación de panificados para familias de escasos recursos ante la entonces crisis sanitaria generada por la pandemia de covid-19.
Sin embargo, de acuerdo a los elementos recabados por el equipo de agentes fiscales todo el proceso de compra pública estaría direccionado y amañado a los efectos de favorecer a una estructura jurídica que sería funcional a Prieto.
Otros imputados
Además del intendente Prieto, otras 11 personas afrontan cargos por el millonario perjuicio a la comuna esteña, tras la adquisición de insumos para la fabricación de panificados, para familias de escasos recursos durante la pandemia, con supuestos fines sociales.
Los demás imputados son Buena Ventura Morínigo, propietario de Tajy Construcciones (proveedor adjudicado); Emili Vanessa Florentín Páez, presidenta de Vanemi S.A.; Robert Osmar Florentín Silvero, socio de Vanemi; Richard Ayala Ávalos, oferente de la licitación; Maggi Elizabeth Fariña Almada, coordinadora de la UOC de la municipalidad.
La lista sigue con Sebastián Martínez Insfrán, director de desarrollo social y actual concejal; Alex Yamal Samhat González, jefe de planta procesadora de alimentos de la municipalidad y administrador del contrato; Sabino Peralta Martínez, Higinio Ramón Acuña, jefe de adquisición y suministros de la comuna; Cirle Elizabeth Alcaráz Ramírez, encargada de órdenes de pago del municipio y Nelson Alexis Segovia Acevedo, tesorero.
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Gremios de funcionarios de la Fiscalía rechazan juicio político a Emiliano Rolón
Sindicatos de funcionarios del Ministerio Público emitieron este miércoles un comunicado rechazando el planteamiento de juicio político contra el fiscal general del Estado (FGE), Emiliano Rolón Fernández, que es propiciado en la Cámara de Diputados. Alegan que la institución es constantemente blanco de hostigamiento y persecución sistemática.
“El Frente Unido conformado por 8 gremios de funcionarios organizados del Ministerio Público, rechaza el constante hostigamiento y persecución sistemática al que intentan someter no solo a la gestión de la fiscalía general del Estado, sino también a todo el Ministerio Público”, indica.
Asimismo el comunicado refiere que “manifestamos nuestra preocupación ante las acciones con las cuales son utilizadas instituciones constitucionales como es el juicio político. Nos preocupa que esta figura legal sea utilizada en muchas ocasiones para intentar presionar, amedrentar o coaccionar a autoridades, sin las debidas justificaciones jurídicas y/o presupuestos establecidos en la ley, mecanismos utilizados como modus operandi”.
El pedido de juicio político contra Rolón Fernández, es impulsado por la defensa legal de la familia del fallecido diputado Eulalio “Lalo” Gomes Batista. Entre los argumentos esgrimidos contra el fiscal general figura la pérdida de legitimidad y confianza en su gestión por la falta de resultado en casos de corrupción, crimen organizado y violaciones de derechos fundamentales.
Alegan que el Ministerio Público realizó una investigación deficiente, parcial y negligente para el esclarecimiento de la muerte del parlamentario. “Más grave nos resulta aún que esta figura y otros recursos sean utilizados con el solo fin de presionar a operadores de justicia y autoridades en el marco de investigaciones penales sobre el crimen organizado y narcotráfico, puesto que el cumplimiento de la labor del Ministerio Público es la investigación de las mismas”, indican.
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El comunicado agrega que “en muchas ocasiones, articulaciones solapadas solo buscan frenar estás pesquisas, sobre todo cuando involucran a altos objetivos con vínculos extensivos, cuando la obligación no solo parte de los operadores de justicia, sino de todas y cada una de las autoridades que conforman el Estado paraguayo, sin embargo, la misión constitucional recae en los agentes fiscales, y en la persona que ocupe la fiscalía general del Estado”.
Finalmente los gremios sostienen que “no olvidamos que la lucha contra estos esquemas de crimen organizado, narcotráfico y corrupción pública ha costado la vida de un compañero de trabajo Marcelo Pecci, de otros cientos de ciudadanos, por lo que a la vez hacemos propicia la ocasión para también recordar la necesidad de seguir impulsando y abonando los recursos como Estado para que esos hechos no queden en la impunidad”.
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Condenan a 28 años de cárcel al acusado del homicidio del exfiscal Javier Ibarra
El tribunal de sentencia integrado por Gloria Garay, Leticia Frachi y Ana Carolina Silveira, condenó a 28 años de cárcel a Óscar Ariel Caballero Sahlmann luego de ser encontrado culpable por el homicidio del exfiscal Javier Ibarra. La determinación se dio a conocer luego del juicio oral y público.
El fiscal del caso fue Julio Ortiz, quien pudo demostrar la responsabilidad del acusado en el grave hecho registrado donde resulto víctima fatal el exrepresentante del Ministerio Público, Javier Ibarra.
Por su parte, la querella representada por el abogado Rodrigo Moreno señaló que “estamos conformes con la sentencia condenatoria donde se ha demostrado plenamente la responsabilidad del hoy condenado en el homicidio de Javier Ibarra”.
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Agregó que “el hecho se pudo demostrar con elementos de prueba contundentes, como ser las testificales de las personas que declararon en juicio, las pruebas periciales de Criminalística de la Policía Nacional, así como el circuito cerrado en las inmediaciones de la casa del exfiscal Ibarra y los informes de las telefonías celulares entre otros elementos de prueba”, indico el abogado Moreno.
Ahora la defensa del condenado tiene la posibilidad de apelar y en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que definirá si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o disponer que se haga un nuevo juicio oral y público.
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