La fiscal interina de Ejecución especializada en Crimen Organizado, Liz Cowan pidió el rechazo del incidente de devolución de inmuebles presentado por la defensa de Ramón González Daher, que requirió sean desafectados del comiso por haber sido adquiridos tiempo antes de los hechos investigados.
La defensa técnica de González Daher, sentenciado por usura y lavado de dinero, solicitó que no sean sujeto de comiso varios inmuebles y a su vez pidió la cancelación de su inscripción en Registros Públicos a nombre de la Senabico, argumentando que fueron adquiridos antes del periodo investigado, entre 20 y 50 años.
La fiscal Cowan señalo que al dictarse la sentencia condenatoria, se dispuso el comiso de una serie de bienes, como inmuebles y cuentas bancarias; la condena fue objeto de revisión en segunda y tercera instancias, pasando a ser cosa juzgada, por lo que en la etapa de ejecución solamente resta cumplir la resolución conclusiva a cabalidad.
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González Daher recibió una condena de 15 años de cárcel y 5 años de pena privativa de libertad para su hijo Fernando González Karjallo. Padre e hijo fueron encontrados culpables por usura, lavado de dinero y declaración falsa.
RGD tiene otra sentencia condenatoria de 7 años de cárcel luego de ser encontrado culpable por el delito de denuncia falsa y extorsión. El mismo está cumpliendo su condena en la cárcel de Coronel Oviedo.
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Corte Suprema de EEUU rechaza intento de Trump de despedir a gobernadora de la Fed
La Corte Suprema de Estados Unidos resolvió este lunes que el presidente Donald Trump no puede despedir sumariamente a una gobernadora de la Reserva Federal, un organismo independiente, pero sí puede hacerlo en el caso de una agencia federal bajo su autoridad.
Dos sentencias simultáneas, en una semana decisiva de la Corte Suprema, reescribieron los límites del poder presidencial.
En una decisión ajustada de 5 votos a favor y 4 en contra, la máxima autoridad judicial del país dictaminó que Lisa Cook, gobernadora de la Reserva Federal, acusada por el gobierno de presunto fraude cuando pidió un préstamo inmobiliario, no podía ser despedida por Trump, “por cualquier motivo o sin motivo alguno”.
La decisión anunciada por el presidente en medio de una campaña de acoso para que la Reserva Federal recortara sus tasas de interés, fue bloqueada por una corte inferior.
Los presidentes pueden destituir a los gobernadores de la Reserva Federal “por causa justificada”, pero el tribunal dictaminó que Trump “no le concedió a Cook las garantías procesales a las que tenía derecho por ley”.
Supuestamente Cook había declarado dos residencias principales, una en el estado de Michigan y otra en Georgia, para tramitar un crédito, pero sus abogados dicen que todo se debió a un error.
Subordinados versus independientes
En otro caso, el de la comisionada demócrata Rebecca Slaughter, de la FTC, la agencia federal autónoma que regula la competencia, la Corte Suprema decidió por mayoría de 6 a 3 que el presidente sí tiene autoridad para despedirla.
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“Los subordinados que ejercen el poder del presidente están sujetos a ser despedidos por él”, explicó la mayoría de la Corte en su razonamiento.
El grado de independencia de las agencias federales ha sido objeto de controversia creciente en Estados Unidos.
Los expertos legales de tendencia conservadora consideran que las agencias tienen un poder desproporcionado, una postura que suscribe la Corte Suprema actual. En tanto, los progresistas creen que las agencias como la FTC deben ser totalmente independientes.
La gobernadora amenazada por Trump saludó la sentencia ya que ratifica, a su juicio, que “la Reserva Federal debe tomar todas sus decisiones de política monetaria basándose en datos concretos y en un juicio independiente”.
Trump se congratuló rápidamente por su victoria en el caso de la FTC, y amenazó a Cook con “medidas apropiadas”, sin mayores detalles.
La demanda contra Cook “fue devuelta por la Corte Suprema estrictamente por cuestiones de procedimiento”, declaró Trump en su plataforma Truth Social.
En el caso de la FTC, que es un organismo cuyos comisionados son elegidos por republicanos y demócratas, la sentencia “fue largamente buscada por presidentes de Estados Unidos desde la década de 1930”, aseguró Trump.
- Fuente: AFP
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Ecuador: matan a tiros a una fiscal y su hermana en ciudad portuaria
Una fiscal murió el domingo en un “atentado” a tiros en una ciudad portuaria de Ecuador, bastión de varios grupos del narcotráfico, aseguraron las autoridades de ese país. Gloria Bravo, que trabajaba para la fiscalía de Manta (oeste), salía de un restaurante en esa ciudad junto su hermana el domingo cuando recibió disparos de “un sujeto que venía en una motocicleta”, dijo en una rueda de prensa el coronel de la policía Carlos Ortega.
Bravo era fiscal desde hacía 15 años e investigó varios casos de delincuencia organizada en la zona. Su hermana también murió en el ataque y otra persona más resultó herida, informó Ortega. La mujer tenía a cargo la investigación de un reciente incendio que consumió unas 35 embarcaciones en un puerto pesquero en Manta, un hecho aún no esclarecido por las autoridades.
"La Fiscalía General del Estado rechaza y condena enérgicamente el ataque criminal perpetrado el día de hoy contra la abogada (...), quien lamentablemente perdió la vida", dijo el ente estatal la tarde del domingo. El autor de los disparos fue perseguido por la policía y “se encuentra herido” por disparos que le propinaron los agentes, que no lograron capturarlo, aseguró Ortega. Las autoridades continúan su búsqueda.
Con este crimen, son tres los funcionarios de la fiscalía asesinados en la misma ciudad, uno de los principales bastiones de la banda criminal Los Choneros. Su líder, alias Fito, fue extraditado el año pasado a Estados Unidos, donde enfrenta un juicio por tráfico de drogas y de armas.
Manta, un importante puerto pesquero, es una de las ciudades más golpeadas por el narco en Ecuador, donde transita un 70 % de la cocaína de sus vecinos Colombia y Perú, principales productores mundiales de esa droga.
Pese al respaldo de Estados Unidos y a las políticas de mano de hierro contra el narcotráfico del gobierno derechista de Daniel Noboa, la violencia no cede en el país. Con una tasa de homicidios de 50,9 por cada 100.000 habitantes en 2025, Ecuador es uno de los países más peligrosos de Latinoamérica.
Fuente: AFP.
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Premio de la FAO al Indert recibe respaldo oficial de la Cámara de Diputados
Mediante la Declaración Nº1620, de conformidad al Art. Nº 99 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados, declaró de interés nacional el Premio internacional “Logro 2025”, otorgado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) al Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT). La entrega se realizó en el mes de mayo pasado.
La declaración de la Cámara Baja resalta los avances del Gobierno del Paraguay en su política agraria nacional a fin de promover y agilizar la titulación masiva de tierras a nivel país, priorizando a las mujeres rurales jefas de hogar. Destacan además que el premio “Logro 2025” es un reconocimiento que la FAO otorgó a cuatro países (Paraguay fue el único de América Latina), que lograron destacarse en el fortalecimiento de los derechos de tenencia de tierras.
Cooperación técnica
Cabe resaltar que gracias a este reconocimiento internacional de la FAO, Paraguay recibirá una Cooperación Técnica no reembolsable por valor de 300 mil dólares, con fondos provenientes del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF), destinado a proyectos que protegen la biodiversidad, el clima y los ecosistemas globales.
Se trata de un mecanismo financiero independiente que une a 184 países con agencias de la ONU, sociedad civil y sector privado para otorgar las alusivas donaciones.
Histórica titulación a mujeres rurales
Desde el Indert señalaron que a Paraguay se le reconoció por su política inclusiva de titulación en favor de las mujeres rurales. Con el presidente Santiago Peña, se implementó el Programa de Titulación Masiva que incrementó en un 400 % por año.
Este aumento favoreció más a las mujeres que a los hombres, ya que se establecieron incentivos como el de la reducción de la tasa de interés al 0 % cuando el titular de la finca sea una mujer.
Esto permitió que el 57 % de los títulos que hoy se entregan vayan a mano de las mujeres campesinas, teniendo en cuenta que en épocas anteriores los resultados en materia de titulaciones eran muy bajos (900 títulos por año) y sólo el 28 % de los títulos entregados iban destinados en favor de las mujeres campesinas.
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Kattya González no volverá al Senado, Corte rechazó pedido
La Corte Suprema de Justicia rechazó por mayoría de votos la acción de inconstitucionalidad promovida por la exsenadora Kattya González, considerando improcedente su pretensión de reincorporarse a la Cámara Alta tras su destitución.
Con una mayoría de 6 votos contra 3, los ministros de la Corte sostienen la improcedencia de la acción planteada por la exsenadora de la oposición, quien pretendía volver a ocupar su banca tras su pérdida de investidura en el 2024, según publicó el periodista Jorge Torres, en sus redes sociales.
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González basó su demanda en el supuesto incumplimiento de la mayoría calificada y de las formalidades previstas en la Resolución 429 del año 2023, emitida por el Senado, alegando que dichas reglas debían regir al momento de su juzgamiento por parte de sus pares.
En tanto, el máximo tribunal de Justicia fundamentó su rechazo argumentando que la citada resolución no se encontraba vigente cuando se llevó a cabo el juzgamiento de González. En el voto mayoritario se resaltó que el artículo 11 de la propia normativa establecía que entraría en vigor al día siguiente de su aprobación, condición que invalidó el reclamo de la exlegisladora.
Dicha Resolución No. 429/2023 fue aprobada, como primer punto del “Orden del día”, en la misma sesión en la que se juzgó la pérdida de investidura de Kattya González: el 14 de febrero de 2024, hecho que fue puesto de resalto por la misma accionante, en su escrito de demanda.
Por ende, manifiestan los ministros de la Corte que la Resolución 429/2023 (que imponía la mayoría absoluta de dos tercios y regulaba el procedimiento de pérdida de investidura de un senador) empezaba a regir recién al día siguiente al de su aprobación, es decir, el día 15 de febrero de 2024 y, por ende, no se encontraba vigente el 14 de febrero, fecha de la sesión extraordinaria del Senado, en la que se juzgó a la exsenadora Kattya González y, como punto previo, en la misma sesión, se aprobó la resolución 429.
Vale recordar que la resolución No. 429/2023 exigía que la pérdida de investidura de un senador se diera con el voto con una mayoría calificada: mayoría absoluta de dos tercios (30 senadores sobre 45, que es el total de senadores que integran la Cámara). La exsenadora Kattya González se agravió que fue expulsada solo con el voto de 23 senadores.
En tanto, la exsenadora González, alegó en todo momento, que la resolución 429 ya se encontraba vigente al momento de su juzgamiento y que fue omitida por sus pares al condenarla a perder su investidura de legisladora.
No se requiere mayoría de dos tercios
Además, los magistrados justificaron técnicamente su postura basándose en los principios de la Constitución Nacional y en la precedencia jurídica, concluyendo de manera unánime que no se requería la mayoría de dos tercios invocada en la demanda.
También corresponde señalar que se dejó asentado en los votos en mayoría de los ministros de la Corte que la resolución 429 del Senado, contraviene disposiciones expresas de la Constitución, entre los que se señala, la exigencia de un voto con mayoría calificada (mayoría absoluta de dos tercios, contando el número total de integrantes del Senado, es decir, 30 senadores de 45), cuando que el art. 185 de la Constitución indica expresamente que, cuando la Constitución no requiera una mayoría especial para la cuestión a resolverse, se aplicará la mayoría simple (la mitad más uno de los miembros presentes).
Señalaron igualmente los votos dados en mayoría que no hubo trasgresión al derecho a la defensa de la Sra. Kattya González pues se le dio oportunidad de pronunciarse, que la actora estuvo presente en la discusión del debate, como así mismo fue escuchada, sin embargo la demandante no ejerció su defensa, no ofreció prueba ni solicitó prórrogas por decisión propia, prefiriendo desarrollar un discurso de tinte político que no se refería a su defensa sino que se referían a una crítica a sectores políticos y a personas en particular.
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