Un tribunal de sentencia integrado por los jueces Alejandrino Rodríguez, Fernando Torres y Mario Estigarribia condenó a 25 años de cárcel a Rony Saul Duarte Ocampos, quien fue encontrado culpable por asesinar a su hijastra de tan solo 3 años de edad. Asimismo el colegiado condenó a la madre de la niña a 3 años de cárcel por violación del deber del cuidado.
De acuerdo al tribunal de sentencia, el Ministerio Público pudo probar la responsabilidad de los acusados en el grave hecho registrado por lo que para el hombre la pena justa es de 25 años de cárcel.
La fiscala del caso fue Norma Salinas quien pudo arrimar todos los elementos de prueba para que el colegiado pueda valorarla y dictar la sentencia condenatoria para los dos acusados. La niña falleció a consecuencia de una brutal golpiza ocasionada por su padrastro hoy día condenado.
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El caso generó gran indignación en la ciudadanía del departamento de Caaguazú debido a que la víctima solo tenía 3 años de edad. Igualmente los familiares de la niña se habían manifestado exigiendo justicia por el grave hecho ocurrido.
Ahora la defensa de los condenados tendrá la posibilidad de poder apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien estudiará si confirma la sentencia condenatoria o dispone que se realice nuevamente un nuevo juicio oral y público.
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Condenan a 23 años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de sus dos hijas
Un tribunal de sentencia de Caacupé condenó a un hombre a 23 años de cárcel luego de ser encontrado culpable por abuso sexual, cuyas víctimas son sus hijas biológicas que entonces tenían 4 y 7 años de edad. El fiscal del presente caso es Christian Benítez.
De acuerdo al fallo del colegiado, el Ministerio Público logró demostrar la responsabilidad del acusado en la gravedad del caso registrado por lo que decidió condenar al acusado a la pena privativa de libertad de 23 años de cárcel.
De acuerdo a la investigación del caso, los hechos ocurrieron durante varios años entre el año 2013 y el 2023, en la localidad de Emboscada, departamento de Cordillera.
Ahora la defensa del condenado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así, será un tribunal de apelación de Cordillera el que tendrá que estudiar los argumentos de la defensa y resolver si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o en su defecto deciden disponer la realización de un juicio oral y público.
En caso de que se confirme la sentencia, la defensa del condenado podrá recurrir a la Corte Suprema de Justicia y en caso de ser así serán los ministros de la máxima instancia judicial quienes tendrán la última palabra sobre si confirman la sentencia condenatoria.
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Condenan a integrantes del PCC por caso derivado del asesinato en Ja´umína Fest
Un tribunal de sentencia condenó a 12 años de cárcel a Alcides De Jesús Villasboa Peralta, a 8 años de pena privativa de libertad a Milcíades Pedra Gómez, y a 4 años de cárcel a Elio Balvino Ovelar Espinoza, quienes fueron juzgados por hechos relacionados al narcotráfico en la investigación abierta como derivación del caso Ja’umína Fest.
El colegiado de sentencia que condenó a los tres acusados estuvo integrado por Pablino Barreto, Inés Galarza y Juan Dávalos, quienes mencionaron que se logró demostrar la responsabilidad de cada uno de los procesados en el presente caso, por eso la pena justa es la mencionada más arriba.
La presente causa se dio inicio luego del asesinato de Marcos Ignacio Rojas Mora y la influencer Cristina «Vita» Aranda, esposa del jugador Iván Torres, ocurrido el 30 de enero de 2022, en el anfiteatro José Asunción Flores de San Bernardino.
El representante del Ministerio Público Juan Carlos Sandoval durante la exposición de los alegatos finales solicitó al tribunal de sentencia la pena de 12 años para Peralta Villasboa, alias Ropero; 10 años para Gómez, alias Oso Riquillo, y 13 años para Balbino Ovelar, alias Titán. Todos fueron acusados por comercialización de sustancias estupefacientes, y asociación criminal.
Por su parte, la defensa de los condenados estudiará si corresponde apelar el fallo judicial y si apelan será un tribunal de alzada el que tendrá que analizar si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o disponer que se realice un nuevo juicio oral y público.
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Decretan libertad de Hugo Javier, tras seis meses en prisión
El exgobernador del departamento Central, Hugo Javier González, y su entonces director de Gabinete, Miguel Ángel Robles, fueron beneficiados con la libertad ambulatoria tras haber permanecido durante seis meses privados de libertad, cumpliendo una pena de diez años. Ambos fueron condenados por el caso de obras fantasmas en la Gobernación.
El fallo del tribunal de sentencia presidido por la jueza Karina Cáceres se dio a conocer este jueves, luego de una revisión planteada por la defensa, tras el cumplimiento de la condena mínima.
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“Los miembros del tribunal han revocado la prisión preventiva y ahora goza con libertad ambulatoria el señor Hugo Javier con las reglas de conducta que el Tribunal ha impuesto”, señaló el abogado Guillermo Gayoso a la 730 AM.
Explicó que su defendido ha compurgado la pena mínima establecida en el artículo 19 de la Constitución Nacional, por lo tanto corresponde otorgarle dicho beneficio. Consideró que el tribunal ha actuado en uso de sus atribuciones al disponer la libertad ambulatoria de ambos condenados.
Así también, el profesional destacó que su cliente nunca obstruyó las investigaciones y siempre cumplió las reglas, y no hay peligro de fuga.
“La Constitución dice en ninguno de los casos superará la pena mínima y eso es lo que se planteó dentro del concepto que manejamos nosotros correctamente. Y el tribunal ha resuelto”, expresó.
El 4 de enero se dictó la condena y ambos se encontraban cumpliendo la prisión preventiva, pero tras superar la pena mínima se dicta la libertad ambulatoria.
Ambos tienen prohibición para salir del país y prohibición de cambiar de domicilio sin autorización judicial. Y en el caso de Miguel Ángel Robles se estableció una fianza que en su momento había sido ofrecida por su abogado Guillermo Duarte Cacavelos.
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¿Quién fue Felicita, la niña de las mandarinas?
Lourdes Pintos lourdes.pintos@nacionmedia.com.py
Quizás aún la recuerdan, otros desconocen su historia o tal vez, hoy muchos estarán recreando nuevamente en sus memorias lo acontecido aquel fatídico 31 de mayo del 2004, cuando todo un país quedó conmocionado con el trágico suceso ocurrido en Yaguarón, cuando una niña de apenas 11 años fue abusada sexualmente por un hombre quien no conforme, la estranguló hasta acabar con su vida.
Ella es Felicita Estigarribia “la niña de las mandarinas”; así la llamaron porque con su corta edad, salía todos los días a las calles de su ciudad a vender dicha fruta y de esa manera ayudaba a su familia con el sustento diario.
Sin embargo, tuvo el más triste y trágico final. Su cuerpecito fue hallado al pie del cerro Yaguarón. El presunto autor del asesinato fue identificado como Fredy Antonio Florenciano Brítez quien hasta ayer supo sortear a la Justicia, pero hoy miércoles 9 de julio del 2025 finalmente fue capturado y luego de 21 años, la memoria de Felicita podrá ser honrada con un juicio que podría condenar a quien sería su asesino.
En su memoria
En Paraguay existen muchas “Felicita Estigarribia”, la violencia sexual no solo ocurre en las calles, también sucede en los hogares e incluso en los colegios. Es por eso que en su memoria, cada 31 de mayo en nuestro país se conmemora el Día Nacional de la Lucha contra el Abuso y la Explotación Sexual de niñas, niños y adolescentes.
Las niñas, las más vulnerables
Informes proporcionados desde las instituciones correspondientes, como la Policía Nacional y el Ministerio Público, visualizan que son las niñas las más expuestas al abuso sexual; sin embargo, aunque en menor cantidad, también los niños son víctimas.
En América Latina
Así como en Paraguay, en muchos países latinoamericanos los derechos de la niñez son vulnerados; sin embargo, aunque hay formas de violencia más frecuentes que el abuso sexual, esto se da debido a la falta de registro de cifras en muchos de estos países.
Según el informe “Violencia contra niños, niñas y adolescentes en América Latina y el Caribe 2015-2021″, elaborado por Unicef, “la violencia sexual también es prevalente, con una prevalencia promedio estimada del 14% para niñas y niños, y un rango mucho más pequeño en los estudios con datos comparables de 23 puntos porcentuales”.
El material señala además que, entre los tipos de violencia, la sexual es la menos medida en las encuestas de los países de la región. Como lo mencionamos, muchos países no tienen datos actualizados sobre este punto.
Callar no es opción
En Paraguay, los derechos de niños, niñas y adolescentes están respaldados por la Ley Nº 1.680 / Código de la Niñez y la Adolescencia y es el Ministerio de la Niñez el encargado de velar por su cumplimiento.
Ante cualquier sospecha, se debe contactar a la línea gratuita 147 Fono Ayuda. El 911 también es otra a disposición, así como el Ministerio Público, la Codeni o la comisaría más cercana. Callar los casos de abuso o violencia ya no es una opción, denunciando salvamos vidas.