El tribunal de apelación integrado por Arnulfo Arias, Andrea Vera y Bibiana Benítez confirmó al juez de Delitos Económicos José Delmás en el proceso penal del exsenador colorado Rodolfo Friedmann, Silvio Alfaro, Lourdes González y Eduardo Domínguez, acusados por administración en provecho propio, lavado de dinero y cohecho pasivo en el marco del proceso penal conocido como merienda escolar.
En su momento el exdiputado Éver Noguera, procesado igualmente en el caso, recusó al juez Delmás y por ende se había suspendido la realización de la audiencia preliminar. Ahora el magistrado tendrá la posibilidad de poder fijar nuevamente la fecha donde se definirá si los investigados estarán sentados en el banquillo de los acusados.
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En la causa fue beneficiada con el sobreseimiento definitivo la exmodelo Marly Figueredo, esposa del exsenador Rodolfo Friedmann. Con esta resolución judicial la misma quedó fuera del proceso penal.
Acusación
Roberto Zacarías Recalde, fiscal adjunto asignado a la causa, presentó ante el juez José Delmás la acusación solicitando juicio oral para el exsenador y otras dos personas implicadas en el caso de merienda escolar. Por otra parte, se ratificó el pedido de sobreseimiento definitivo para Marly Figueredo, esposa del exlegislador.
La acusación contra Friedmann es en calidad de autor por los hechos punibles de administración en provecho propio, lavado de dinero y cohecho pasivo. En tanto, su primo Silvio Alfaro y el exsecretario del exparlamentario durante su mandato en la Gobernación de Guairá, Eduardo Domínguez, son calificados como cómplices.
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Urbieta propone crear un Tribunal de Apelación Civil, Comercial y Laboral en Concepción
El diputado colorado Arturo Urbieta presentó un proyecto de ley “Que crea un Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral en la Circunscripción Judicial de Concepción”. La iniciativa fue derivada a diversas comisiones asesoras de la Cámara de Diputados para su correspondiente análisis y dictamen.
La propuesta legislativa tiene por objeto crear dicho órgano jurisdiccional, con asiento en la ciudad de Concepción, a fin de fortalecer la segunda instancia y adecuar su estructura a las necesidades actuales de la jurisdicción.
De acuerdo con la exposición de motivos, la estructura de los órganos jurisdiccionales debe guardar “razonable correspondencia” con la naturaleza de las materias sometidas a revisión, con la entidad de los derechos involucrados y con las condiciones necesarias para garantizar una respuesta judicial adecuada, fundada y oportuna.
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El documento señala que el acceso a la Justicia no se limita a la posibilidad formal de acudir ante los tribunales, sino que comprende el derecho a obtener una respuesta jurisdiccional efectiva, dentro de un plazo razonable y mediante órganos que cuenten con una organización e idoneidad acordes con sus funciones.
La iniciativa menciona que la Circunscripción Judicial de Concepción registra una evolución demográfica y jurisdiccional, reflejada en el crecimiento anual de los asuntos sometidos a revisión y de la población atendida.
También hace referencia al dinamismo comercial, empresarial, productivo e industrial, así como a la aparición de nuevas actividades económicas e inversiones “que naturalmente generan relaciones jurídicas de mayor diversidad y complejidad”.
Circunscripción de múltiple fueros
Actualmente, la Circunscripción Judicial de Concepción cuenta con un Tribunal de Apelación de competencia multifueros, que atiende causas de las materias Civil, Comercial, Laboral y Penal, además de un órgano especializado en Niñez y Adolescencia.
Según la fundamentación, la diferenciación de la competencia material permitirá que el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral concentre su función revisora en esas áreas. La propuesta sostiene que cada una presenta instituciones, principios, reglas sustantivas y procesales, y dinámicas jurídicas propias.
El legislador explica en su escrito que la segunda instancia debe analizar los agravios planteados, examinar los fundamentos de las resoluciones recurridas y determinar, conforme al marco jurídico aplicable, si corresponde confirmarlas, modificarlas o revocarlas.
Para ello, plantea que los magistrados encargados de dicha tarea cuenten con conocimiento, experiencia y particular versación en las materias sometidas a su competencia.
El proyecto contempla que la conformación definitiva del Tribunal, así como la asignación de los funcionarios y auxiliares de justicia necesarios para su funcionamiento, se realicen de acuerdo con la disponibilidad de recursos determinada por la Ley de Presupuesto General de la Nación correspondiente. Asimismo, faculta a la Corte Suprema de Justicia a reglamentar la ley.
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Cámara confirma condena a tres expolicías por torturas
Un Tribunal de Apelación de Asunción confirmó las sentencias condenatorias de tres expolicías del régimen de Alfredo Stroessner, hallados culpables de someter a torturas físicas y psicológicas a Domingo Rolón, quien estuvo preso por motivos políticos entre 1976 y 1978. Eusebio Torres y Fortunato Laspina fueron condenados a 25 años de prisión, mientras que Manuel Alcaraz recibió una pena de 20 años.
La Cámara de Apelación consideró que las penas son proporcionales a la gravedad de los hechos y al grado de reprochabilidad de los autores. Asimismo, sostuvo que los condenados eran funcionarios públicos encargados de la seguridad y que las sanciones responden a criterios de prevención. Además, señaló que no existen elementos de desproporcionalidad o arbitrariedad en la sentencia de primera instancia.
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Respecto a la tortura y su imprescriptibilidad, la resolución señala que el Estado tiene la obligación de investigar crímenes atroces y evitar que queden impunes. La Cámara sostuvo que aplicar este criterio no constituye una aplicación retroactiva en perjuicio de los acusados
Durante el juicio se tuvo por probado que los tres participaron en las torturas sufridas por Rolón en el Departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital. La víctima, fallecida en 2024, fue sometida a golpes con garrote, látigo y otros objetos. Entre las pruebas valoradas se destacó el testimonio de Carlos Casco, quien también fue torturado y señaló a los tres condenados como responsables
Según el tribunal, los métodos de tortura fueron utilizados para obtener información sobre las Ligas Agrarias y otras organizaciones políticas críticas al régimen de Alfredo Stroessner. Domingo Rolón fue detenido tras ser traído desde Formosa por portar documentos no auténticos. Llegó a Asunción en el baúl de un vehículo y permaneció como preso político hasta 1977; posteriormente, fue trasladado a Emboscada, donde permaneció hasta 1978.
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Escándalo en el PLRA: piden expulsar a un exsenador y otros cuatro dirigentes en Valenzuela
La disputa municipal en el distrito de Valenzuela, departamento de Cordillera, está desatando una fractura en el Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) local, ya que la dirigente liberal Mirtha Fernández Yegros presentó una denuncia formal ante el Tribunal de Conducta del PLRA exigiendo la expulsión y exclusión del padrón partidario de cinco importantes dirigentes de esta localidad.
Entre los acusados ante el Tribunal de Conducta partidario se encuentran el exsenador Amado Florentín y dos concejales actuales de esta ciudad, por supuesta deslealtad al respaldar públicamente a un candidato a intendente que se estaría presentando como independiente, pero que de acuerdo a la denunciante es de extracción colorada.
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En la nota dirigida a Edgar Villalba, presidente del Tribunal de Conducta del PLRA, Fernández Yegros, acusa a los cinco afiliados de violación de la disciplina interna, deslealtad y faltas graves al estatuto partidario.
Los acusados son afiliados al partido que actualmente ocupan cargos electivos, y que han ocupado cargos electivos de relevancia y otros que han accedido a cargos públicos a través del PLRA, por lo que solicita la exclusión del padrón partidario de los siguientes afiliados:
- Agustín Amado Florentín Cabral: exdiputado y exsenador de la Nación por el PLRA; exfuncionario de la Contraloría General de la República y de la ANNP. Señala que actualmente percibe una jubilación ordinaria equivalente al 80 % de la dieta legislativa.
- Federico Martínez Villalba: concejal municipal actual del distrito de Valenzuela electo por el PLRA, postulado para el mismo cargo por un movimiento independiente.
- Gloria Estela Acuña Espínola: concejala municipal actual del distrito de Valenzuela electa por el PLRA, postulada para el mismo cargo por un movimiento independiente.
- Guillermina Peralta de Samaniego: funcionaria del Registro del Estado Civil de las Personas en Valenzuela (cargo al que accedió vía PLRA).
- Juan Carlos Chávez Romero: Funcionario contratado del Registro Electoral / TSJE (cargo al que accedió vía PLRA).
La denunciante argumenta que los cinco acusados han promocionado y apoyado públicamente, a través de redes sociales, reuniones y actos de campaña, de la candidatura a intendente del distrito de Valenzuela de Rodrigo Alfredo Kirchhofer González, quien es afiliado a la Asociación Nacional Republicana (ANR), pero se presenta bajo la fachada de un movimiento independiente. Por este motivo, solicita la suspensión cautelar de sus afiliaciones y su eventual exclusión del padrón partidario del PLRA.
“Estas acciones constituyen una violación manifiesta de los deberes de lealtad partidaria, afectando la imagen institucional, la disciplina interna y los valores democráticos que sostiene el PLRA. Dichas conductas se encuentran debidamente respaldadas por la participación de los mismos en la campaña electoral del supra-mencionado candidato en forma pública; a través de redes sociales, reuniones, etc., cuyas pruebas se ofrecerán en la etapa probatoria correspondiente”, menciona parte de la nota.
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Defensa de Óscar Boidanich solicitó ratificar su absolución
La defensa del extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, solicitó al Tribunal de Apelación ratificar íntegramente su absolución de culpa y pena. Boidanich había sido juzgado por el supuesto delito de frustración de la persecución penal en el caso del empresario Dario Messer. Los abogados defensores, Claudio Lovera y César Alfonso, contestaron la apelación presentada por los agentes fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Verónica Mayor y Fernando Meyer, quienes habían recurrido ante el tribunal de alzada la determinación adoptada inicialmente por un Tribunal de Sentencia.
La defensa de Boidanich sostiene que la decisión de primera instancia debe ser confirmada porque nunca se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados en nuestro país y a eso se le agrega que dicho fallo ya está firme en la Corte.
Del mismo modo, la defensa de Boidanich sostiene que el Ministerio Público pretende de manera irregular que la Cámara de Apelación revalore pruebas testimoniales y documentales, algo prohibido por la norma y más en segunda instancia.
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Absolución de culpa
Un Tribunal de Sentencia absolvió de forma unánime de culpa y pena al extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, quien fue juzgado por frustración de la persecución y ejecución penal en el caso del empresario Darío Messer.
Los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos concluyeron que las acciones atribuidas por la Fiscalía no se adecuan a ningún hecho punible. Asimismo, el colegiado señaló que el Ministerio Público no logró demostrar que la actuación del acusado impidiera la investigación contra Messer o frustrara el comiso de sus bienes. Por el contrario, ambos resultados se concretaron: el empresario fue imputado y sus activos fueron incautados.
Los magistrados explicaron que, al tratarse de un hecho punible de resultado, la Fiscalía debía probar que la conducta de Boidanich evitó de forma directa el proceso penal o el comiso. Al no suceder esto, la acusación quedó sin sustento y sin argumento. Los jueces de sentencia evidenciaron las falencias del Ministerio Público. Estos argumentos de los jueces evidenciaron que la acusación respondió a una estrategia mediática de ciertos medios de comunicación para perjudicar al Boidanich.
Durante el juicio oral, funcionarios de la Seprelad declararon que Boidanich nunca ordenó retener ningún reporte; por el contrario, se le dio la celeridad correspondiente. Finalmente, se demostró que el informe de la institución fue entregado al Ministerio Público, que lo utilizó como base para sustentar la imputación contra Darío Messer, garantizando además que el documento nunca se filtrara.
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