Este miércoles luego de varias suspensiones se desarrollará la audiencia preliminar para el extitular de la Conajzar José Antonio Ortiz, acusado por el hecho punible de lesión de confianza en el marco de la adjudicación de la explotación de juegos de azar en forma irregular y la legalización de tragamonedas.
La citada diligencia judicial se desarrollará ante el juez de Delitos Económicos Humberto Otazú, quien definirá la suerte del expresidente de la Conajzar sobre si eleva a juicio oral y público así como solicitó el Ministerio Público en su acusación.
Desde la Fiscalía también adelantaron que van a sostener la acusación y el pedido de juicio oral y público para el extitular de la Conajzar José Ortiz. Sostienen que cuentan con suficientes elementos de prueba para que el presente caso se pueda discutir en un juicio oral y público.
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Una vez que se decida si el presente proceso penal se eleva a un juicio oral y público se tendrá que sortear el Tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo juzgar a Ortiz y los demás procesados por lesión de confianza.
El presente caso ya se suspendió en varias oportunidades por recusaciones que se presentó contra el magistrado Otazú, quien fue confirmado en su momento por el Tribunal de Apelación.
En caso de que el juez eleve a juicio oral el expediente, se deberá sortear para saber quiénes serán los integrantes del tribunal de sentencia que tendrán a su cargo juzgar al expresidente de Conajzar.
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Tercer caso de Prieto: suman siete los procesados con suspensión condicional tras admitir hechos de corrupción
El juez Humberto Otazú otorgó la suspensión condicional del procedimiento a Cinthia Noelia Alén Guerrero, quien admitió su complicidad en el delito de lesión de confianza. El caso también involucra al exintendente Miguel Prieto por el pago de obras inexistentes, financiadas por el Consejo Local de Salud de Ciudad del Este, lo que ocasionó un perjuicio de G. 757 millones.
Tras la admisión de los hechos, el magistrado resolvió aplicar la salida procesal. Alén Guerrero deberá abonar la suma de G. 50 millones como reparación del daño social en un plazo de 10 días hábiles, una vez que la resolución quede firme.
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El dinero será destinado a la Municipalidad de Ciudad del Este. La defensa de la procesada se allanó al pedido de suspensión formulado por los fiscales Silvio Corbeta, Verónica Valdez y Yeimy Adle.
Semanas atrás, durante una audiencia preliminar, otros seis procesados también admitieron los hechos de corrupción ante el juez Otazú, devolvieron un total de G. 300 millones y obtuvieron el mismo beneficio.
Los procesados que recibieron la suspensión son: Lucía Lisboa (exsecretaria del Consejo de Salud), Salem Esgaib Zugaib (extesorero), y Karen González, Fredy Guzmán, Sonia Barrios y Hugo Benítez.
El juzgado estableció reglas de conducta que deberán cumplir por el plazo de un año, incluyendo la donación de G. 50 millones cada uno como reparación del daño. Además de Miguel Prieto, otras dos personas siguen acusadas en la causa.
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Fiscalía imputa a cuatro directivos de APA por presunto desvío de casi G. 2.000 millones
Este lunes, el Ministerio Público imputó al presidente y otros tres directivos de Autores Paraguayos y Asociados (APA) tras detectar un presunto perjuicio patrimonial de G. 1.990 millones.
La investigación revela el presunto uso de facturas falsas y el desvío no autorizado de intereses bancarios en el marco de un programa de regalos navideños y que esos pagos habrían sido cobrados en efectivo por otra persona.
Los agentes fiscales Julio César Ortiz González y Juan Leonardi Guerrero, formularon imputación contra el presidente, el director general, el director financiero y el tesorero del APA, por la presunta comisión del hecho punible de lesión de confianza. Los investigados fueron citados a declaración indagatoria para los días 12 y 13 de octubre.
Los imputados son David Herminio Portillo Biancotti, presidente; Humberto Victorio Rodas Orué, director general; Juan José María Vidal Bonin, director administrativo y financiero; y Walter Mario Cabrera Martínez, tesorero de la entidad.
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En la carpeta fiscal resaltan que el origen del desvío de fondos públicos se habría producido a través de irregularidades en el presupuesto asignado al Programa Jopoi 2025, destinado originalmente a la adquisición de regalos navideños y que se habría aplicado un sobrecosto en los artículos adquiridos.
Se solicitó al Juzgado Penal de Garantías un plazo de seis meses para la investigación y la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva para estas personas. Se aplicará las restricciones como la prohibición de salir del país e ingresar a la sede central de APA, además, de que no puedan comunicarse entre sí y la presentación de una caución real equivalente al millonario perjuicio denunciado.
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Miguel Robles, exjefe de Gabinete de Central, se entregó a la justicia
El exdirector de Gabinete de la Gobernación de Central, Miguel Ángel de la Cruz Robles, se puso a disposición de la justicia este jueves. El mismo está condenado a 10 años de cárcel en el marco de la causa de lesión de confianza por el desvío de recursos de unos G 5.000 millones durante la pandemia en la Gobernación.
En el caso también está condenado exjefe departamental, Hugo Javier González, quien permanece internado en la unidad de cuidados intensivos del Hospital Nacional de Itauguá tras ser hallado herido en el piso de su celda en el pabellón La Esperanza del Centro Nacional de Prevenidos, excárcel de Tacumbú.
El hombre se presentó alrededor de las 6:50 de este jueves ante la oficina de guardia del Departamento de Judicial del barrio Trinidad de Asunción, de la Policía Nacional. Robles contaba con una orden de captura para dar cumplimiento con la sentencia firme en la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
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Tras su presentación, se encuentra en el Departamento Judicial de la Policía Nacional y se realizan los trámites administrativos para determinar la penitenciaría donde deberá cumplir la decisión judicial de 10 años de cárcel.
El motivo por el cual se presentó Robles es la decisión del juez Carlos Mendoza, quien ordenó la ejecución de la caución sobre tres inmuebles del condenado por G. 4.735.620.236, ofrecidos como fianza ante la justicia. Esta ejecución se dio en el marco de la intimación realizada el pasado 5 de agosto para que Robles se presente ante la justicia y cumpla con la condena establecida.
Al ordenarse la ejecución de los inmuebles que ha ofrecido el condenado como garantía, el Estado deberá iniciar el litigio para tomar posesión de los mismos y eventualmente llevar a remate.
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Tía Chela: tribunal desestima a titular de la DNCP y admite a testigos de la defensa
El tribunal de Sentencia conformado por las juezas especializadas en Delitos Económicos, Ana Rodríguez Brozón, Karina Cáceres y Yolanda Morel, dio continuidad este lunes al juicio oral y público contra el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. El tribunal definió sobre los incidentes planteados tanto por el Ministerio Público, parte acusadora, como de la defensa de Prieto y los demás acusados en el caso conocido como Tía Chela.
La acusación es por lesión de confianza y asociación criminal tras el presunto desvío de G. 2.949.650.000 de las arcas municipales con la distribución de kits de alimentos en época de la pandemia, por parte de la Municipalidad de Ciudad del Este, cuando Prieto era intendente.
Incidentes planteados por el Ministerio Público
Uno de los incidentes planteados por la Fiscalía es una nota del 28 de marzo del 2020, que ya se encontraba en la carpeta fiscal, en este caso se presentó el pedido de solicitar informes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), la Contraloría General de la República (CGR) y la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (Dnit), sobre el cambio de productos incluidos en el kit de alimentos.
“El tribunal, al haber constatado la existencia de la referida nota, que ya obraba en la carpeta fiscal, no se configura en la circunstancia de hecho nuevo invocado por el Ministerio Público como fundamento de su petición. En consecuencia corresponde rechazar la inclusión de los informes solicitados”, fue la respuesta del tribunal.
Agrega que, “no obstante, si en el transcurso del debate el Tribunal considera necesario de contar con algunos de los dichos informes, pueda disponer la solicitud de los mismos conforme a las facultades que le confiere el artículo 394 del Código Procesal Penal, como medida de mejor proveer”.
Declaración testimonial de Agustín Encina
El tribunal también se expidió sobre el pedido de incluir la declaración testifical del director de la DNCP, Agustín Encina. “Debe señalarse que la prueba testimonial tiene por objeto incorporar al juicio el conocimiento que una persona posee respecto a hechos o circunstancias que ha percibido y que guarda relación con el objeto del proceso. Este tribunal advierte que el Ministerio Público no señaló concretamente hecho u objeto del presente juicio había conocido el señor Agustín Encina, ni que el mismo haya tenido intervención directa en las circunstancias fácticas contenidas de la acusación”, mencionan.
Mientras tanto, el tribunal señala que “al fundamentar su pedido el Ministerio Público sostuvo que su declaración resulta necesaria por tratarse de un testigo calificado y experto que podría responder consultas sobre la pertinencia de la nota del 28 de marzo del 2020 sobre su regularidad o irregularidad y explicar si resulta factible ese tipo de procedimientos en materia de contrataciones públicas. Se rechaza dicha incidencia”.
Incidentes planteados por la defensa
Sobre la inclusión probatoria de 28 enlaces o links correspondientes a publicaciones realizadas en redes sociales que habían sido ofrecidas durante la audiencia preliminar y que no habían sido admitidas por el juzgado penal de Garantías, correspondientes a publicaciones y registros audiovisuales vinculados, entre otros aspectos con la adquisición, preparación y entrega de los kits de alimentos y publicaciones de medios periodísticos, el tribunal considera que corresponde diferir sobre su resolución.
Inclusión de testigos
La defensa dividió la solicitud en dos grupos, el primer grupo cuatro personas, “se sustentó en hechos nuevos señalando que dichas personas fueron localizadas pocos días antes del inicio del juicio, las mismas se encuentran individualizadas entre las 25 personas mencionadas en el informe y sus declaraciones permitirían establecer si se recibieron los kits de alimentos, si las firmas obrantes en las planillas les pertenece, y dónde residía al momento de los hechos, así como confrontar tales circunstancias con el contenido del informe”.
Por lo que el tribunal definió que “sus testimonios pueden resultar útiles para el esclarecimiento de los hechos y para la elaboración del elemento probatorio, razón por la cual corresponde admitirlos”. De igual manera admitió los 56 testigos, ofrecidos por la defensa en un segundo grupo, que no fueron admitidos por el juzgado penal de Garantías, fueron seleccionados de una nómina de 126 personas, afectadas a la preparación y distribución y entrega de los kits de alimentos en distintos.
“Será durante el debate del juicio cuando podrá determinarse si resulta necesaria la declaración de los testigos admitidos, pudiendo prescindirse de aquellos cuyos testimonios resulten repetitivos o sobreabundante”, definió el tribunal.
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Transmisión del juicio
Por otra parte, el tribunal resolvió no hacer lugar al pedido de la defensa, de utilizar las redes sociales del exintendente para la transmisión del juicio, argumentando que los canales institucionales de la Corte y los diferentes medios de comunicación ya están transmitiendo cumpliendo el principio de publicidad.