El Tribunal de Apelación ratificó la prisión preventiva en la cárcel de Emboscada de Reinaldo Javier “Cucho” Cabaña, acusado por tráfico internacional de drogas en el marco del operativo Berilo. El fallo fue firmado por los camaristas Andrea Vera, Gustavo Ocampos y José Agustín Fernández.
El juez penal de Garantía Miguel Palacios había confirmado la prisión preventiva de Cabañas luego de la presentación hecha por la defensa del procesado. Es importante mencionar que el acusado ya en varias ocasiones intentó abandonar la penitenciaría, pero todos sus esfuerzos fueron rechazados.
En el presente caso falta aún la realización de la audiencia preliminar para varios acusados, ocasión en la que el juez de Garantía definirá si los procesados van a un juicio oral y público, así como lo solicitó el Ministerio Público en su requerimiento conclusivo.
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Acusación
El fiscal adjunto Marcos Alcaraz había presentado la acusación contra Reinaldo Javier Cabaña por los hechos punibles de tráfico internacional de estupefacientes, tenencia de estupefacientes. También fueron acusados: el exfiscal Gustavo Yegros, Gloria Rosana López, Hugo Martín Ríos, Marcelo Cabaña, Yisela Ramírez, Humberto Rodríguez, Carlos Brítez, entre otros más.
El operativo Berilo se realizó en el 2018, en distintos puntos de Alto Paraná. En la oportunidad se realizaron más de 20 allanamientos, en los cuales se incautaron 23 vehículos lujosos, 21 kilogramos de cocaína y alrededor de US$ 800.000. El procedimiento estuvo encabezado por la Secretaría Nacional Antidrogas.
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Brasil: ordenan encarcelar al expresidente Collor, condenado por corrupción
Un juez de la Corte Suprema de Brasil ordenó ayer jueves encarcelar al expresidente Fernando Collor de Mello (1990-1992), condenado en 2023 a ocho años y diez meses de prisión por corrupción en una investigación derivada de la megacausa Lava Jato.
La orden será sometida a votación por los demás magistrados de la corte este viernes, pero es de cumplimiento “inmediato”, sin esperar a la decisión del plenario. El magistrado “Alexandre de Moraes, del Supremo Tribunal Federal (STF), rechazó el segundo recurso de la defensa y determinó la detención inmediata del expresidente de la República y exsenador Fernando Collor de Mello", indicó la corte en un comunicado.
El exmandatario, de 75 años, fue hallado culpable de recibir 20 millones de reales entre 2010 y 2014 (3,5 millones de dólares, al cambio actual) cuando era senador, para “viabilizar irregularmente contratos” entre una constructora y una exfilial de da petrolera estatal brasileña Petrobras.
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Su defensa recibió el fallo “con sorpresa y preocupación” y afirmó que Collor “se presentará para cumplir la decisión determinada por el magistrado Alexandre de Moraes”, en una nota enviada a la prensa. Una fuente del tribunal aclaró que “nadie puede ser detenido en la noche, pero él puede entregarse en la madrugada”.
Moraes argumentó que los recursos presentados por la defensa de Collor contra la condena de 2023 son “meramente dilatorios”. A partir de las 11:00 locales (14:00 GMT) y hasta las 23:59 del viernes (02:59 GMT del sábado) el plenario se reunirá virtualmente para confirmar o no su decisión.
Destino común
Collor no es el único exmandatario brasileño en tener líos con la justicia. Desde el fin de la dictadura militar (1964-1985), cuatro de los siete ocupantes del palacio presidencial de Planalto fueron en algún momento condenados, encarcelados o destituidos.
Y el expresidente de ultraderecha Jair Bolsonaro (2019-2022) está a puertas de ser juzgado por una tentativa de golpe de estado tras ser derrotado en su aspiración la reelección. Primer presidente elegido por sufragio universal después del régimen militar, Collor generó grandes expectativas al llegar al poder. Sin embargo, renunció a la presidencia en 1992 en medio de denuncias de corrupción.
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En 1989 derrotó en las urnas al líder izquierdista Luiz Inácio Lula da Silva. Presidente entre 2003 y 2010, Lula luego estuvo 18 meses en la cárcel, entre 2018 y 2019, también en el marco de la causa Lava Jato. La condena contra Lula fue finalmente anulada por la corte suprema y el izquierdista volvió a Planalto en 2023.
Tras renunciar a la presidencia en medio de protestas callejeras, Collor consiguió volver a la política en 2006, al ser elegido senador por Alagoas, un estado pobre del noreste. Ocupó ese escaño hasta 2022. Ese año apoyó a Bolsonaro en las elecciones.
Como senador, se valió “de la influencia político-partidaria para promover nombramientos en el directorio” de una distribuidora de combustibles filial de Petrobras y direccionar contratos, según la corte suprema.
Fuente: AFP
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Tribunal de Apelación dio luz verde para audiencia a Prieto
El Tribunal de Apelación dio vía libre para que al juez Humberto Otazú pueda llamar a audiencia preliminar del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Esto, a fin de definir si eleva o no a juicio la causa por supuesta de lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, en la causa de presunta corrupción municipal por la compra de alimentos durante la pandemia.
El intendente esteño se encuentra en un proceso judicial con audiencia preliminar pendiente por el presunto perjuicio patrimonial que asciende a la suma de G 306.188.500, por pago concretado por mercaderías inexistentes, durante su gestión al frente de la Municipalidad de Ciudad del Este, en época de pandemia.
El equipo de fiscales integrado por Silvio Corbeta, Verónica Valdez y Yeimi Adle, allanaron recientemente a una de las empresas favorecidas durante la pandemia del covid-19, por la administración del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. El caso guarda relación con la compra fraudulenta de kits de alimentos donde el dirigente opositor es investigado por el hecho punible de lesión de confianza.
La firma allanada es denominada El Distribuidor SRL que fue favorecida con una licitación equivalente a G. 3 mil millones. “Esta investigación surge a raíz de un reporte de la Contraloría que nos fue remitido cerca de diciembre de 2024. Estas compras datan del año 2020, realizamos un allanamiento del local sobre el cual versa la investigación preliminar”, indicó al programa “Así son las cosas”, emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Corbeta recordó que, entre los meses de marzo y abril de 2020, la Municipalidad de Ciudad del Este destinó cerca de G. 9 mil millones para la compra de kits de alimentos. “La primera empresa en ser beneficiada fue Tía Chela, la segunda firma fue justamente la allanada. Respecto al primer caso, el Ministerio Público formuló una acusación por la existencia de un perjuicio patrimonial bastante importante”, refirió.
Otro de los allanamientos recientes impulsados por el fiscal Corbeta se centró en el Pabellón de Contingencia del Hospital Regional de Ciudad del Este, construido por Prieto durante la crisis sanitaria. Este procedimiento fue concretado a raíz de una denuncia contra el dirigente de la oposición por sobrefacturación.
Prieto alega nuevamente que el allanamiento impulsado por la Fiscalía entorno a este caso obedece a una persecución política impulsada desde el gobierno de Santiago Peña. “Desde el lunes estamos haciendo una constitución con peritos. Prieto dijo en redes que esta causa sería desestimada por el fiscal Manuel Rojas, incluso se mencionó que el caso se desestimó y que con el gobierno de Peña el Ministerio Público reabrió la investigación para que me sea asignada”, dijo.
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Tribunal de Apelación dio luz verde al juzgado para audiencia preliminar a Miguel Prieto
El Tribunal de Apelación dio vía libre para que al juez Humberto Otazú pueda llamar a audiencia preliminar del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Esto, a fin de definir si eleva o no a juicio la causa por supuesta de lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, en la causa de presunta corrupción municipal por la compra de alimentos durante la pandemia.
El intendente esteño se encuentra en un proceso judicial con audiencia preliminar pendiente por el presunto perjuicio patrimonial que asciende a la suma de G 306.188.500, por pago concretado por mercaderías inexistentes, durante su gestión al frente de la Municipalidad de Ciudad del Este, en época de pandemia.
Ante esto, el Tribunal de Segunda Instancia confirmó la decisión del juez que había rechazado un recurso de la defensa. En la resolución, los camaristas alegan que la sola presentación de la acción de inconstitucionalidad, en este caso, no impide que el proceso avance, desestimando así el cuestionamiento de la defensa de Prieto.
Con la confirmación de la resolución del juez Humberto Otazú por parte del Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado Primera Sala, se deberá fijar una fecha para la diligencia pendiente.
El líder del movimiento Yo Creo es sospechado de haber liberado recursos del municipio mediante licitaciones públicas direccionadas a empresas amigas, de acuerdo a la investigación de los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y María Verónica Valdez.
En la carpeta fiscal se menciona que el dirigente político de la oposición entre el mes de marzo y junio del 2020, con la colaboración de los miembros de su estructura, supuestamente habrían convocado y promovido una licitación por la vía de la excepción para la adquisición de insumos para la fabricación de panificados para familias de escasos recursos ante la entonces crisis sanitaria generada por la pandemia de covid-19.
Sin embargo, de acuerdo a los elementos recabados por el equipo de agentes fiscales todo el proceso de compra pública estaría direccionado y amañado a los efectos de favorecer a una estructura jurídica que sería funcional a Prieto.
Otros imputados
Además del intendente Prieto, otras 11 personas afrontan cargos por el millonario perjuicio a la comuna esteña, tras la adquisición de insumos para la fabricación de panificados, para familias de escasos recursos durante la pandemia, con supuestos fines sociales.
Los demás imputados son Buena Ventura Morínigo, propietario de Tajy Construcciones (proveedor adjudicado); Emili Vanessa Florentín Páez, presidenta de Vanemi S.A.; Robert Osmar Florentín Silvero, socio de Vanemi; Richard Ayala Ávalos, oferente de la licitación; Maggi Elizabeth Fariña Almada, coordinadora de la UOC de la municipalidad.
La lista sigue con Sebastián Martínez Insfrán, director de desarrollo social y actual concejal; Alex Yamal Samhat González, jefe de planta procesadora de alimentos de la municipalidad y administrador del contrato; Sabino Peralta Martínez, Higinio Ramón Acuña, jefe de adquisición y suministros de la comuna; Cirle Elizabeth Alcaráz Ramírez, encargada de órdenes de pago del municipio y Nelson Alexis Segovia Acevedo, tesorero.
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El exsuboficial Florentín fue condenado a 24 años de cárcel por el homicidio de Rodrigo Quintana
Este viernes, el Tribunal de Sentencia condenó al suboficial Gustavo Adolfo Florentín Silva a 24 años de prisión por el homicidio doloso agravado de Rodrigo Quintana, hecho que ocurrió en 31 marzo del 2017 en sede del Partido Liberal Radical Autentico (PLRA). El agente policial es el único procesado y condenado por el asesinato del dirigente liberal.
El tribunal estuvo presidido por Lourdes Garcete e integrado por Manuel Aguirre y Rossana Maldonado, quienes tras analizar todas las evidencias y escuchar a los testigos decidió que suboficial debía ser condenado por matar al joven dirigente. “Florentín disparó el arma, los proyectiles impactaron en la espalda de Rodrigo Quintana”, manifestó la jueza Garcete.
Afirmó que los nueve proyectiles que fueron disparados por el acusado, luego de que forzó y entró en sede del partido, atravesaron varios órganos de la víctima, quien terminó falleciendo en el lugar. Tras realizar los disparos, Quintana cayó al suelo y seguidamente fue pisado por Florentín, quien lo miró detenidamente, pero no lo auxilió y prosiguió su camino hacia el patio.
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“El impacto de estos nueve proyectiles de plomo atravesaron varios órganos incluidos sus pulmones y le ocasionaron una hemorragia que derivó en una muerte agónica por una asfixia por la acumulación de sangre, lo que en medicina se considera neumotórax”, detalló la jueza, durante la lectura final de la sentencia.
Ricardo Estigarribia, abogado del sentenciado, afirmó que con esta condena queda claro que no existen garantías para los agentes policiales y militares, y que no se puede condenar a una persona sin siquiera saber cuál es el arma homicida. “No se analizó la totalidad del contexto de lo que ocurrió”, puntualizó a los medios de comunicación.