El exdefensor del Pueblo, Miguel Godoy, fue absuelto de culpa en el marco de la querella que había promovido la exfuncionaria Silvana Patricia Cáceres Irala. La querella fue presentada debido a que, presuntamente, Godoy trató a Cáceres Irala de planillera y farrista. La resolución judicial se dio a conocer luego del desarrollo del juicio oral y público.
El abogado querellante tiene la posibilidad de poder apelar el presente fallo judicial y, en caso de ser así, será un tribunal de apelación quien tendrá que decidir si confirma la absolución de culpa y pena del exdefensor del pueblo Miguel Godoy.
De acuerdo a los antecedentes del caso, en su momento el juez de sentencia, Darío Báez, admitió la querella por difamación, calumnia e injuria contra Godoy y otras personas. La querella fue promovida por Silvana Patricia Cáceres Irala.
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La querellante cumplía funciones de asistente de la Dirección de Delegados del Interior pero luego se entero, a través de los medios de comunicación, que fue destituida como directora de Contabilidad y posteriormente fue desvinculada de la Defensoría del Pueblo, con una antigüedad de 16 años y 3 meses.
En las publicaciones la acusaban de ser presuntamente “planillera y farrista”, explícitamente de adulteración de reposos médicos y de farrista. La querella fue presentada por el abogado Cristian Giubi.
Según el exdefensor del Pueblo hay constancias que obran en la institución que revelan que Cáceres Irala faltó laboralmente nada menos que 7 meses en un año y que los certificados médicos que acercó no estaban visados por el Ministerio de Salud.
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Defensa de Óscar Boidanich solicitó ratificar su absolución
La defensa del extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, solicitó al Tribunal de Apelación ratificar íntegramente su absolución de culpa y pena. Boidanich había sido juzgado por el supuesto delito de frustración de la persecución penal en el caso del empresario Dario Messer. Los abogados defensores, Claudio Lovera y César Alfonso, contestaron la apelación presentada por los agentes fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Verónica Mayor y Fernando Meyer, quienes habían recurrido ante el tribunal de alzada la determinación adoptada inicialmente por un Tribunal de Sentencia.
La defensa de Boidanich sostiene que la decisión de primera instancia debe ser confirmada porque nunca se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados en nuestro país y a eso se le agrega que dicho fallo ya está firme en la Corte.
Del mismo modo, la defensa de Boidanich sostiene que el Ministerio Público pretende de manera irregular que la Cámara de Apelación revalore pruebas testimoniales y documentales, algo prohibido por la norma y más en segunda instancia.
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Absolución de culpa
Un Tribunal de Sentencia absolvió de forma unánime de culpa y pena al extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, quien fue juzgado por frustración de la persecución y ejecución penal en el caso del empresario Darío Messer.
Los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos concluyeron que las acciones atribuidas por la Fiscalía no se adecuan a ningún hecho punible. Asimismo, el colegiado señaló que el Ministerio Público no logró demostrar que la actuación del acusado impidiera la investigación contra Messer o frustrara el comiso de sus bienes. Por el contrario, ambos resultados se concretaron: el empresario fue imputado y sus activos fueron incautados.
Los magistrados explicaron que, al tratarse de un hecho punible de resultado, la Fiscalía debía probar que la conducta de Boidanich evitó de forma directa el proceso penal o el comiso. Al no suceder esto, la acusación quedó sin sustento y sin argumento. Los jueces de sentencia evidenciaron las falencias del Ministerio Público. Estos argumentos de los jueces evidenciaron que la acusación respondió a una estrategia mediática de ciertos medios de comunicación para perjudicar al Boidanich.
Durante el juicio oral, funcionarios de la Seprelad declararon que Boidanich nunca ordenó retener ningún reporte; por el contrario, se le dio la celeridad correspondiente. Finalmente, se demostró que el informe de la institución fue entregado al Ministerio Público, que lo utilizó como base para sustentar la imputación contra Darío Messer, garantizando además que el documento nunca se filtrara.
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Caso Renato: familia expresa su dolor tras absolución de médica y cuestiona conclusiones
La familia de Renato Rojas Talavera (2), fallecido en agosto de 2019 en un sanatorio privado por una presunta negligencia médica, decidió pronunciarse luego de la resolución de la Corte Suprema de Justicia que dejó firme la absolución de la médica Laura Sena.
En una carta publicada por la abuela del niño, expresan su dolor ante el desenlace judicial y cuestionan algunas afirmaciones realizadas durante el juicio acerca de la salud del niño, entre ellas que padecía una cardiopatía incompatible con la vida, que no sostenía la cabeza o que podía presentar un síndrome.
“¿En qué evidencia se sustentaron esas conclusiones?”, plantea la familia, que sostiene que algunas de las personas que realizaron esas afirmaciones no habrían atendido ni examinado personalmente al niño.
Como respaldo de sus interrogantes, menciona opiniones de cardiólogos pediátricos, un informe pericial dirigido al Ministerio Público y antecedentes de profesionales que realizaron el seguimiento de Renato, entre ellos su cardióloga René Swaco, la doctora Leticia Gutiérrez y su pediatra, el doctor Antonio Arbo.
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Señalan que las evaluaciones médicas con las que cuenta describen hallazgos cardíacos que no correspondían a cuadros severos o que requirieran procedimientos a corto plazo, mientras que un informe pericial de noviembre de 2020 sostuvo que existió retardo en la atención del niño.
A partir de estos antecedentes, la familia plantea cómo una eventual condición cardíaca de extrema gravedad podría no haber sido advertida previamente durante los controles médicos de Renato.
“No pretendemos saber más que los médicos. Pero creemos que ningún título, cargo o prestigio profesional puede estar por encima de la evidencia. Toda afirmación sobre la salud de un niño debe poder demostrarse”, expresa Carmen Romero, abuela de Renato.
La familia aclara que, con el proceso judicial concluido, estos cuestionamientos no constituyen un pedido de revisión del fallo, sino la expresión de los interrogantes que mantiene sobre lo ocurrido y su intención de preservar la memoria del niño.
“No buscamos venganza”, señala la carta. Y resume el pedido de la abuela en una de sus frases centrales: “No miren solamente el expediente. Miren al niño. Miren a Renato”.
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Caso Boidanich: “El juicio sirvió para esclarecer objetivamente las circunstancias”, dice abogado
El abogado Claudio Lovera, representante legal del exministro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, se refirió a la decisión del Tribunal de Sentencia de absolver por unanimidad a su cliente, emitida ayer jueves, en el marco del proceso judicial que enfrentaba por supuesta frustración de la persecución penal que habría favorecido al cambista brasileño Darío Messer, vinculado al caso Lava Jato.
“Ayer jueves, el Tribunal de Sentencia dictó oralmente su decisión y tiene permitido al final del juicio como una de las opciones indicar el sentido de la decisión y hacer una explicación oral, general de los argumentos. En el plazo de 5 días, el tribunal debe expedir por escrito la sentencia y, a partir de ahí, el Ministerio Público si lo estima pertinente puede plantear una apelación especial”, indicó el abogado, este viernes, al programa ”Así son las cosas" del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Lovera acotó: “Aún estamos pendientes en ese aspecto, todavía no estamos ante una decisión firme. Viendo el general de los casos, son muy pocos los ejemplos en los cuales la Fiscalía deja de recurrir a las sentencias de primera estancias, si esas no acompañan el sentido de las presentaciones que realizaron, así que lo más probable es que ocurra una apelación".
El Ministerio Público acusó inicialmente por lavado de activos y frustración de la persecución penal a Boidanich, pero, luego de la audiencia preliminar, el objeto de la discusión quedó reducido únicamente a la supuesta frustración de la persecución penal. En su decisión, los magistrados señalaron que las pruebas no demostraron conducta ilícita del extitular de la Seprelad.
“Acá lo relevante es que el juicio sirvió para esclarecer objetivamente las circunstancias que ocurrieron porque lo que se presentó al público como un supuesto comportamiento ilícito de la Seprelad era un análisis que estaba lleno de subjetividades. Para eso también sirve el juicio oral porque uno escucha a las personas propuestas como testigos, verificar las documentaciones y los hechos que se acreditan, cruzar las informaciones entre hechos y llegar a conclusiones bien concretas y fundadas, esto es un desgaste para la persona que enfrenta el juicio, pero bueno son las reglas del juego”, refirió.
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Lovera detalló que el proceso de investigación fiscal contra Boidanich inició en diciembre del 2018, pero fue recién convocado para una declaración indagatoria el 30 de marzo del 2023. “La Fiscalía, luego de 5 años de los hechos y 4 de investigación, entendió que había una sospecha y luego de unos meses se produjo la imputación. Este fue un proceso realmente extenso, no por el comportamiento del imputado ni de su defensa, sino por estos tiempos que se tomó el Ministerio Público”, comentó.
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Tribunal absuelve por unanimidad de culpa y pena a Óscar Boidanich
Tras un proceso judicial de más de ocho años, el Tribunal de Sentencia absolvió -por unanimidad- de culpa y pena a Óscar Boidanich, exministro de la Seprelad.
Los magistrados determinaron que no se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados.
Boidanich había sido imputado por el Ministerio Público porque supuestamente había ocultado y retrasado de forma deliberada reportes de operaciones sospechosas vinculadas al ciudadano brasileño Darío Messer.
La Fiscalía solicitaba una pena de dos años y seis meses de cárcel para el exfuncionario por supuestamente retrasar reportes sospechosos.
Al respecto, Boidanich resaltó que el tribunal analizó una gran cantidad de pruebas y testigos presentados durante el juicio. Asimismo, enfatizó que ninguno de los elementos probatorios ni testimonios presentados demostró que él hubiera intentado frustrar, obstaculizar o cometer alguna irregularidad en la investigación contra Messer.
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