La defensa de Gerardo Stadecker, condenado a 28 años de cárcel por el feminicidio de Sabryna Breuer, presentó un pedido de revisión de medida, luego de haber sido remitido al Penal Regional de Emboscada, el 3 de febrero pasado, tras residir poco más de un mes en un sanatorio privado. Ante esta nueva jugada, el abogado querellante Rodrigo González Planás dijo que este pedido es improcedente, teniendo en cuenta que el mismo ya fue condenado en primera instancia y existe un potencial peligro de fuga.

“Es llamativa la presentación de la medida de revisión porque tendría que haber un hecho nuevo que justifique, no podemos olvidar que el jueves pasado a la tarde recién fue remitido al penal de Emboscada”, refirió el letrado este miércoles en entrevista al programa “Tempranísimo”, emitido por canal GEN/Nación Media.

González Planás explicó que el pedido de revisión de medidas que busca la prisión domiciliaria para Stadecker no podría ser aplicado teniendo en cuenta que este tipo de medidas no puede ser otorgado cuando ya existe una condena en primera instancia.

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“La sentencia queda firme una vez que la Corte confirme la condena, pero de cualquier manera el artículo 243 que habla de qué significa el peligro de fuga establece claramente cuando exista delito, y acá ya hay una condena en primera instancia, que si bien no está firme sí es un elemento que debe hacer que la prisión preventiva sea confirmada. Él no puede estar con arresto domiciliario por el peligro de fuga latente”, explicó.

Agregó que este tipo de acciones ya se hizo normal por parte de la defensa. “Nosotros esperamos que la situación se normalice y que él permanezca en el penal de Emboscada, los médicos, el sanatorio ya lo dieron de alta y consideramos que una revisión en este momento a cuatro días de haber sido remitido es improcedente. Pero es algo que nos tiene acostumbrado la defensa”, apuntó.

Argumento de la defensa

La defensa argumenta el estado de salud del hombre, quien estuvo internado en un sanatorio privado por unos 70 días; sin embargo, el letrado explicó que en este caso el mismo ya cuenta con una condena y lo que corresponde es que sea atendido por los médicos internos de la penitenciaría y en última instancia recurrir a un servicio de salud privado.

“El código de ejecución establece que las afecciones médicas, los problemas médicos que tenga un interno de algún penal debe ser tratado en primera instancia por el médico interno del penal donde se encuentra el procesado, solamente cuando el médico interno es rebasado por la dolencia ahí se podría remitir a un instituto de salud público y en último caso el privado”, sentenció.

Agregó que el reo no puede pretender estar internado en el sanatorio durante el tiempo que deba ser tratado, en todo caso sí podría llegar a salir para ser tratado, pero tiene que volver inmediatamente al penal. “Él tiene una condena de 28 años, debe estar resguardado por el sistema penitenciario, el peligro de fuga es muy grande”, manifestó.

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Explicó además que el propio sanatorio donde permaneció Stabecker admitió que no cuenta con la infraestructura suficiente para resguardarlo, y también, evidentemente el sistema penitenciario tampoco cuenta con personal suficiente para custodiar y resguardar al mismo para que no se fugue. “El propio sanatorio en una nota que remitió al Tribunal de Sentencia explica que la custodia incluso no es eficiente, ya que los custodios duermen de a rato, no toman nota de quién va o el horario de la visita, fue libre, como si fuese un particular internado, él puede recibir vistas, se pasea, puede hacer lo que quiere”, cuestionó.

Un Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Manuel Aguirre, Lourdes Peña y Rosana Maldonado condenó a Stadecker a 28 años de cárcel, el pasado 15 de diciembre de 2022, tras ser encontrado culpable por el feminicidio de Sabryna Breuer. Para el colegiado quedó absolutamente comprobado que el mismo le propinó a Breuer un golpe de puño fuerte y seco en la zona del pecho, a la altura del corazón, lo que le causó la muerte. La mujer fue encontrada sin vida en su residencia, en el barrio Mburucuyá de Asunción, el 17 de diciembre de 2017.

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