El Tribunal de Sentencia integrado por Manuel Aguirre, Lourdes Peña y Rosana Maldonado, que condenó a 28 años de cárcel a Gerardo Stadecker por el feminicidio de Sabryna Breuer, deberá definir si el sentenciado ya tiene que ser trasladado a la cárcel de Emboscada así como se dispuso en la sentencia condenatoria. Actualmente, Stadecker está en un sanatorio privado realizando un tratamiento médico, sin embargo ya se solicitó al Tribunal de Sentencia de feria que el condenado pueda ser derivado al penal pero dicha situación aún no se dio.
En su momento el abogado querellante Rodrigo González Planás sostuvo que “Stadecker tiene que estar cumpliendo su condena en la cárcel de Emboscada y solo debe salir para poder someterse a su tratamiento médico y no estar internado en el sanatorio”. Añadió que “a nosotros nos llama la atención el privilegio que tiene el condenado porque la quimioterapia se debe hacer cada 30 días y con el criterio del médico tratante de Stadecker estará 5 meses internado”, lamentó.
Condena
Un Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Manuel Aguirre, Lourdes Peña y Rosana Maldonado, condenó a Stadecker a 28 años de cárcel tras ser encontrado culpable por el feminicidio de Sabryna Breuer. Para el colegiado quedó absolutamente comprobado que el mismo le propinó a Breuer un golpe de puño fuerte y seco en la zona del pecho, a la altura del corazón, lo que le causó la muerte. La mujer fue encontrada sin vida en su residencia, en el barrio Mburucuyá de Asunción.
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Confirman condena por feminicidio a 28 años de prisión más 5 por medida de seguridad
- Ciudad del Este. Agencia regional
La fiscal Viviana Sánchez, de la Unidad Penal N° 2 de Presidente Franco, consiguió que la Cámara de Apelaciones confirmara la condena de 28 años de prisión, más 5 años de medida de seguridad, para Eusebio Ovelar Bogado (46), hallado culpable del feminicidio de su expareja.
La segunda sala penal del Tribunal de Alzada, integrada por Efrén Giménez, Lilian Lorena Benítez y Myrian Meza de López, ratificó la sentencia dictada en primera instancia por los jueces Zunilda Martínez, Herminio Montiel y Edgar Lezcano, tras el juicio oral realizado el 8 de abril de 2026 en el Palacio de Justicia de Ciudad del Este.
El crimen ocurrió en la tarde del 2 de octubre de 2024, en una vivienda del km 8, Fracción Willy, de Presidente Franco, donde fue víctima Carolina Benítez Vallejos.
Quedó registrado en el circuito cerrado de grabación de ese día que, el acusado trasladó a la víctima hasta el inmueble en un automóvil Toyota Carina.
El vehículo ingresó al predio a las 18:26 y salió a las 19:52. Durante ese lapso, Ovelar Bogado atacó a la mujer con un arma punzocortante, provocándole múltiples heridas en la cabeza, el tórax y los brazos. La autopsia posterior reveló 37 lesiones y estableció como causa de muerte un shock hipovolémico por heridas en el cráneo y el tórax, según se expuso en el juicio.
Al día siguiente, el empleador alertó a la familia sobre la ausencia de la mujer en su trabajo y, entonces, el hermano fue hasta la casa y encontró el cuerpo de la víctima. La Fiscalía realizó el levantamiento del cadáver y el análisis de las cámaras confirmó que el acusado permaneció en el lugar durante el horario del crimen, sin que ingresaran otras personas.
La investigación también estableció que el último contacto de la víctima fue a las 19:19, cuando envió un video a un familiar mientras el procesado seguía en la vivienda. Tras el hecho, desaparecieron de la casa un celular corporativo, un teléfono personal, una tablet, el control del portón eléctrico y una mochila con dinero.
Luego, el 4 de octubre de 2024, el acusado llevó el celular y la tablet de la víctima a un técnico para borrar la información (flasheo) con la intención de venderlos.
La Fiscalía solicitó 28 años de prisión y 7 años de medida de seguridad, con base en informes de Salud Mental del Ministerio Público que concluyeron que Ovelar Bogado presenta rasgos compatibles con psicopatía. Igualmente, se comprobó en juicio que el hombre tenía antecedentes de violencia psicológica, amenazas y hostigamiento contra su expareja.
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España: exministro muy próximo a Pedro Sánchez condenado a 24 años de cárcel
El exministro de Transportes español José Luis Ábalos, figura clave en el ascenso Pedro Sánchez, fue condenado ayer lunes a 24 años de cárcel por corrupción, en un fallo que podría debilitar al presidente del Gobierno socialista en el tramo final de la legislatura. El Tribunal Supremo condenó a Ábalos por organización criminal, cohechos, malversación y tráfico de influencias, en un caso relacionado con la compra de mascarillas durante la pandemia de covid-19, informó el poder judicial en un comunicado.
Su mano derecha en el ministerio, Koldo García, fue condenado a 19 años por los mismos delitos. El tercer acusado, el empresario Víctor de Aldama, que ejercía de enlace entre los políticos y las empresas, fue condenado a 4 años y medio de cárcel, pero no ingresará en prisión por su colaboración con la justicia en este caso.
La sentencia es un revés para Sánchez, que se añade a otros quebraderos de cabeza judiciales, con su hermano recién juzgado por un caso de tráfico de influencias, su esposa Begoña Gómez a un paso de ir a juicio y privada de pasaporte también por tráfico de influencias, y con otro colaborador cercano, Santos Cerdán, también imputado por corrupción.
A ellos se suma la imputación de José Luis Rodríguez Zapatero, expresidente del Gobierno socialista muy afín a Sánchez, por haber influido presuntamente en el Ejecutivo a cambio de comisiones ilegales.
El líder de la oposición, el conservador Alberto Núñez Feijóo (Partido Popular), pidió la dimisión de Sánchez y la convocatoria de elecciones.
“El presidente del gobierno es el responsable político de la corrupción de sus ministros en ejercicio” y “es indecente que siga un minuto más en la presidencia del Gobierno”, dijo a la prensa Feijóo. “De este colapso solo se sale convocando elecciones generales de forma inmediata”, sentenció el dirigente conservador.
“Organización criminal”
La sentencia del caso Ábalos “concluye que los tres acusados formaron una organización criminal con reparto de funciones que cometió graves delitos de corrupción”, informó el poder judicial en un comunicado.
“Considera probados los delitos en la adjudicación del suministro de trece millones de mascarillas a Puertos del Estado y Adif a una empresa vinculada a Aldama” y otros hechos, como los 10.000 euros mensuales que cobraba Ábalos de la trama o “la contratación de dos conocidas del exministro en empresas públicas”.
El tribunal destaca asimismo “el grave deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político que provoca la corrupción, que socava la arquitectura democrática del Estado”.
El exministro denunció durante el juicio un intento de “politizar” el caso y cargó contra la oposición conservadora, que presentó la denuncia inicial, por hacer un “uso torticero de la justicia”.
También rechazó las acusaciones de Aldama, quien había afirmado que la trama alcanzaba niveles superiores del poder político, mencionando al propio Pedro Sánchez, sin que este haya sido imputado.
La sentencia supone un duro golpe para el PSOE y el gobierno, que han tratado de marcar distancias con quien fue durante años uno de los principales artífices del ascenso de Sánchez al poder.
Desde su puesto como secretario de organización, el exministro fue el encargado de pilotar la moción de censura que en 2018 desalojó del poder al conservador Mariano Rajoy por una condena por corrupción a su partido.
Un momento delicado
El fallo llega en un momento políticamente delicado, con el ejecutivo en minoría parlamentaria, incapaz de aprobar presupuestos, y bajo presión por los diversos frentes judiciales que afectan a su entorno, cuando falta un año para que concluya la legislatura.
Pese a la condena, el horizonte judicial del exministro Ábalos no se cierra con esta sentencia. Otras líneas de investigación derivadas del mismo caso siguen abiertas en la Audiencia Nacional y podrían dar lugar a nuevos procedimientos en el futuro.
Para la oposición, la sentencia confirma la existencia de un entramado de corrupción en el corazón del gobierno socialista, mientras que desde el Ejecutivo se insiste en desvincular estos hechos de la actual dirección política. Con este fallo, la justicia española cierra de momento la primera gran pieza del llamado “caso Koldo”, pero deja abiertas múltiples derivadas que seguirán marcando la agenda política en los próximos meses.
Fuente: AFP.
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Un hijo de Bolsonaro condenado a cuatro años de cárcel en Brasil por hacer lobby por su padre en EE. UU.
La corte suprema brasileña condenó este martes al exdiputado Eduardo Bolsonaro por su intento de impulsar sanciones de Estados Unidos contra Brasil para que Washington interfiriera favor de su padre, el expresidente Jair Bolsonaro, en un juicio por golpismo.
El exmandatario ultraderechista fue condenado en 2025 a 27 años de prisión por intentar aferrarse al poder, tras perder las elecciones contra el actual presidente de izquierda Luiz Inácio Lula da Silva en 2022.
La sentencia, que aún puede ser apelada, fija cuatro años y dos meses de prisión en régimen inicial semiabierto para Eduardo Bolsonaro, acusado de “coacción” contra la corte mediante gestiones ante el gobierno de Donald Trump para que presionara en favor de su padre.
- Fuente: AFP
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Caso Thirza: anulan condena y disponen nuevo juicio oral para acusados
La Cámara de Apelaciones anuló las sentencias condenatorias impuestas a tres personas acusadas por la muerte de la niña Thirza Portillo, quien falleció durante una intervención odontológica en una clínica que no estaba habilitada para operar.
Asimismo, el tribunal de apelación ratificó la responsabilidad penal de la odontóloga Sandra Obertino y del anestesista Adrián García por homicidio doloso eventual, por lo que el nuevo juicio se realizará únicamente para determinar las penas que deberán cumplir.
Mientras tanto, respecto al endodoncista Vicente Godoy, condenado inicialmente por homicidio culposo, se ordenó la realización de un nuevo juicio oral desde cero.
Las sentencias anuladas correspondían a 8 años de prisión para Sandra Obertino, 7 años para Adrián García y 4 años y 8 meses para Vicente Godoy.
En relación con Obertino, el Tribunal sostuvo que existió una incongruencia en la fundamentación de la pena impuesta. El fallo señala que, aunque se argumentó una alta energía criminal, máxima gravedad en el hecho y un elevado número de puntos en contra, la pena aplicada estuvo cerca del mínimo legal.
Respecto a García, la Cámara consideró que el Tribunal de Sentencia debió valorar adecuadamente el alto grado de reprochabilidad y las circunstancias en las que actuó al momento de individualizar la pena.
En cuanto a Godoy, los camaristas concluyeron que la sentencia presentaba inconsistencias en la fundamentación sobre la tipificación de su conducta como homicidio culposo, por lo que dispusieron un nuevo juzgamiento.
Por otra parte, el Tribunal de Apelación confirmó la absolución de los acusados por el hecho punible de comercialización de medicamentos no autorizados, al considerar que dicho delito no fue acreditado durante el juicio oral y público.