Ratifican que Carlos Granada, exgerente de canal 9, siga en la cárcel de Emboscada
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La Cámara de Apelación integrada por los jueces Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez ratificó que el exgerente de canal 9 Carlos Granada, imputado por coacción sexual, acoso sexual y coacción, seguirá privado de su libertad al declarar inadmisible el recurso de apelación general presentado por el abogado Álvaro Arias en representación de Granada.
Días atrás, el juez de feria Matías Garcete ratificó la prisión preventiva de Granada. Ante esta situación, su defensa apeló y el tribunal de alzada decidió confirmar el fallo de primera instancia, y por ende, el imputado seguirá privado de su libertad en la cárcel de Emboscada.
De acuerdo al fallo del tribunal de apelación, la situación del imputado no ha cambiado en nada, por lo que se mantiene la prisión preventiva del exgerente periodístico de canal 9 Carlos Granada. Del mismo modo, su defensa puede solicitar nuevamente una audiencia de revisión de medidas donde se podría estudiar nuevamente si puede ser liberado o no.
Las fiscales Claudia Aguilera, Luz Guerrero y Natalia Silva imputaron a Carlos Granada, exgerente de prensa del canal 9, tras la denuncia que se presentó en la sede del Ministerio Público por los delitos de acoso y coacción sexual.
El acta de imputación tiene fecha del 26 de agosto y desde ese momento se solicitó la orden de detención de Granada, quien eludió presentarse ante el Ministerio Público a pesar de tener una orden de detención. Recién se presentó ante el Juzgado de Garantías el 11 de noviembre, donde se ordenó su prisión preventiva.
Elevan a juicio oral la causa por violación contra Thiago Gorostiaga
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El juez Penal de Garantías, Raúl Florentín, elevó a juicio oral y público el proceso penal por coacción sexual y violación que enfrenta Thiago Gorostiaga, exalumno de un prestigioso colegio de Asunción. La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia preliminar llevada a cabo en el Palacio de Justicia.
Actualmente, Gorostiaga cumple arresto domiciliario con el uso de tobillera electrónica, tras haber violado inicialmente dicha medida cautelar. Ahora se deberá sortear a los jueces de sentencia que tendrán a su cargo juzgar al acusado.
El Ministerio Público cuenta con suficientes elementos probatorios para debatir en el juicio oral y demostrar la responsabilidad del procesado en el grave suceso registrado. La misma posición sostiene la querella adhesiva, representada por el abogado Santiago Lovera.
Otro caso va a juicio oral
En otro tema, días atrás, la Cámara de Apelación Penal de la Adolescencia confirmó la resolución que elevó a juicio oral la causa contra un exalumno de un prestigioso colegio de Asunción, acusado por supuesto abuso sexual en personas indefensas.
En este caso particular, el joven está acusado de haber manoseado a una menor de 15 años que se encontraba bajo los efectos del alcohol.
El hecho habría ocurrido en el año 2023, en la habitación del hijo de un expresidente de la República. Asimismo, el acusado afronta un tercer proceso penal por abuso sexual.
La jueza civil y comercial de Asunción, Rossana Frutos, condenó al Estado Paraguayo a pagar una indemnización de G. 221.807.288 más intereses a Marcelo Manuel Romero, un peluquero que estuvo privado de libertad de forma ilegal durante 22 meses. Foto: Archivo
Justicia falla a favor de un peluquero que estuvo preso de forma ilegal durante 644 días
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La jueza civil y comercial de Asunción, Rossana Frutos, resolvió que la Justicia debe pagar una indemnización de G. 221.807.288 más intereses a Marcelo Manuel Romero, un peluquero que estuvo privado de libertad por 22 meses por un proceso penal en el que luego fue desvinculado.
Según los antecedentes, Romero fue imputado, acusado y enviado a juicio oral pese a que el hecho investigado ocurrió cuando se encontraba fuera del país. Posteriormente, el Ministerio Público retiró la acusación al inicio del juicio oral y el hombre fue sobreseído definitivamente.
La magistrada concluyó que, aunque la prisión preventiva fue dictada dentro de un proceso formalmente regular, el resultado final del caso evidenció la existencia de un error judicial que generó daños indemnizables. El fallo tuvo por acreditado que Romero estuvo privado de libertad durante 644 días, circunstancia considerada como el hecho dañoso principal.
En concepto de lucro cesante, el juzgado fijó una indemnización de G. 71.807.288. Si bien el afectado no logró demostrar plenamente sus ingresos, la jueza aplicó criterios legales para determinar el monto correspondiente al perjuicio patrimonial sufrido.
En relación al daño moral, la resolución consideró probado el perjuicio emocional a partir de las circunstancias del caso y de un informe psiquiátrico que diagnosticó estrés postraumático. Por ello, se estableció una reparación adicional de G. 150.000.000.
La sentencia dispone que el pago deberá realizarse dentro de los diez días posteriores a que la resolución quede firme. Además, se ordenó el pago de intereses desde la notificación de la demanda, calculados conforme a la tasa promedio vigente más un 2,5 % mensual, lo que podría elevar considerablemente el monto final de la indemnización.
Conductor de plataforma fue imputado por la muerte de su pasajero
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La Fiscalía formuló imputación contra el conductor de plataforma que agredió a un pasajero y provocó su muerte luego de que el mismo cayera al piso.
La fiscal Hermenegilda Cubilla imputó por homicidio doloso y omisión de auxilio a Cristian Narváez (37), presunto responsable de la muerte de su pasajero Arnaldo Grance (44), quien cayó al empedrado tras recibir un golpe en el rostro.
El chofer fue detenido luego de verse involucrado en una discusión que derivó en el posterior fallecimiento de un usuario de la plataforma de transporte, en el barrio Trinidad de la capital el viernes, 1 de mayo, en horas de la noche.
De acuerdo con los datos recabados por los investigadores, el imputado se enfrentó verbalmente con su pasajero, a quien propinó varios golpes en el rostro, supuestamente porque le reclamó el vuelto.
Al ser agredido físicamente, la víctima cayó al empedrado y sufrió una herida contundente en la zona de la cabeza, la cual acabó provocando su deceso, luego de perder una gran cantidad de sangre, según confirmación forense.
En ese sentido, el resultado de la autopsia practicada en la morgue judicial determinó que la causa de muerte fue un traumatismo severo del tipo craneoencefálico, que a su vez desencadenó en una hemorragia cerebral. La Fiscalía cuenta con elementos que sostienen la hipótesis de un homicidio doloso.
Entre las evidencias recabadas se encuentran imágenes de circuito cerrado en las que se observa que el presunto autor se retiró del lugar sin brindar asistencia al ahora fallecido. La representante del Ministerio Público solicitó al Juzgado Penal de Garantías la aplicación de la medida cautelar de prisión preventiva para el imputado.
Juez ratificó la prisión de Dalia López en Emboscada
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La empresaria volvió a solicitar la prisión domiciliaria, pero seguirá en el penal de mujeres.
El juez Francisco Acevedo ratificó ayer la prisión de Dalia López y ordenó que siga detenida en el Complejo para Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (Comple). La mujer está detenida en el proceso penal por producción de documento no auténtico y asociación criminal en el caso conocido como pasaportes para Ronaldinho.
Tras menos de 20 días de su captura y detención, la defensa de la empresaria, quien estuvo prófuga durante 6 años solicitó la revisión de su medida cautelar y solicitó el levantamiento de la prisión preventiva. Pidieron que esta sea reemplazada por arresto domiciliario con el uso de tobillera electrónica.
Durante la jornada de ayer, ante el juez de Garantías Francisco Acevedo, se llevó adelante la revisión de medidas de Dalia López y este llegó a la conclusión de que la procesada debe seguir presa. De esta manera, el juez ratificó la prisión de la empresaria en el penal de Emboscada.
El pedido de la defensa alegó problemas de salud y presentó un nuevo informe médico de José Martínez, quien constató que la procesada presenta palpitaciones, dolores de pecho, mareos e insomnio. Además, el examen reveló un cuadro de inestabilidad metabólica y una exacerbación cardíaca por estrés.