El juez en lo Civil y Comercial de Asunción, Alfredo Barrios, rechazó in limine el amparo de acceso a la información pública que presentó el abogado Daniel Lobo Corbeta contra el titular de la Corte y los demás integrantes de la máxima instancia judicial. El referido profesional del derecho pretendía que se le brinde los nombres de los ministros que sacaron un comunicado sobre la denuncia que realizó el Colegio de Abogados del Paraguay sobre las escuchas telefónicas irregulares al citado profesional del derecho.

El accionante tiene la posibilidad de poder apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien tendrá que estudiar y resolver si revoca la resolución judicial de primera instancia.

El magistrado Barrios argumentó su resolución señalando que los requisitos no se dan para la procedencia del amparo por no ser la vía procesal adecuada a través de la cual los recurrentes puedan ejercer acciones en salvaguardar sus derechos.

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Antecedentes

En su momento, el Colegio de Abogados del Paraguay presentó una nota a la máxima instancia judicial denunciando que se realizaron escuchas telefónicas de forma irregular al abogado Marciano Daniel Lobo Corbeta. Esta nota generó un comunicado de la máxima instancia judicial cuyos firmantes no aparecen en la publicación realizada por la propia página web del Poder Judicial.

Refiere el accionante que no tuvo respuesta de las autoridades judiciales y es por ello que se ve obligado a presentar el amparo de acceso a la información pública donde el juez en lo civil y comercial de Asunción, Alfredo Barrios, tendrá que decidir si tramita el amparo contra el titular de la máxima instancia judicial Antonio Fretes y los demás ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia, César Diesel, Carolina Llanes, Alberto Martínez Simón, César Garay y Eugenio Jiménez.

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