La justicia de nuestro país hizo lugar a un juicio de restitución internacional de las niñas alemanas homologando el acuerdo arribado entre los padres y cuyo intermediario fue la República Federal de Alemania, por lo que las niñas viajarán a su país.
Igualmente se levantan todas las medidas cautelares que pesaban sobre las niñas, como la prohibición de salida del país, la búsqueda y localización inmediata, así como la publicación de los datos de las menores de edad.
Se dispone igualmente que para el cumplimiento efectivo de la resolución, la autoridad central en materia de restitución del Paraguay deberá arbitrar con su par alemán para el resguardo y acompañamiento efectivo durante el proceso de regreso de las niñas al citado país.
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Del mismo modo, la resolución también establece que las costas del juicio serán en el orden causado. La referida determinación lleva la firma de la jueza de la Niñez y la Adolescencia Alice González Delorenzi.
Las dos niñas alemanas desaparecidas durante seis meses fueron entregadas a las autoridades de la Defensoría de la Niñez del departamento de Itapúa. Se trata de los ciudadanos alemanes Andreas Rainer Egler, padre de Clara, de 10 años, y Anna Magdalena Blank, madre de Lara, de 11 años, quienes eran buscadas tras ser vistas por última vez en enero pasado. Las mismas llegaron a Paraguay el 27 de noviembre del 2021.
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Defensa de “El Abuelo” considera que la causa estaría desprovista de elementos probatorios
La defensa del ciudadano mexicano, detenido en Paraguay, Hernán Bermúdez Requena, alias “Comandante H” o “El Abuelo” explicó el motivo por el cual su defendido rechazó el proceso abreviado de extradición.
Afirmó que solicitó documentos formales respecto a la causa, ya que considera que estaría desprovista de elementos mínimos de estándar probatorio, y que incluso se encuentra con recurso de amparo en México.
El abogado Carlos Iván Rodríguez indicó en comunicación con La Nación/Nación Media, que junto con el equipo jurídico que ejerce la defensa en México están solicitando a la Justicia de ese país toda la información acerca de la acusación que pesa contra su defendido.
Explicó que actualmente se está llevando adelante el procedimiento cautelar de extradición, en atención al proceso principal que es una causa penal por supuesta extorsión y secuestro, en una modalidad que prevé la legislación penal mexicana de secuestro exprés. Esto, producto del cual, por la vía del exhorto, la justicia mexicana está requiriendo la extradición del ciudadano mexicano.
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El abogado confirmó que se somenten al proceso ordinario conforme al Tratado con México, de ley número 3027/2026; y o al simplificado, por una cuestión de estricto orden procesal y estratégico. Desde el momento de su detención está corriendo el plazo de 60 días para que se defina si se lo extradita o no a su país.
“Nos encontramos en contacto con el abogado en México, sobre la causa que se estaría sustanciando allá, sería una causa desprovista de elementos mínimos de estándar probatorio, en el cual se interpuso inclusive un recurso de amparo allá en México. Se encuentra sustanciando eso, y con la finalidad de recibir dentro del plazo regular de 60 días los documentos formales de allá, es que nos acogimos a ese trámite ordinario”, explicó
El abogado Rodríguez mencionó que en el informe solicitado a su colega que tiene intervención en México, se encuentra además el marco penal, para conocer a la eventual pena que se expone con la causa, situación del proceso. Señaló que de momento en la carpeta fiscal de Paraguay, no existe ninguna causa o proceso que se vincule al ciudadano mexicano.
Cabe recordar que el operativo de captura de Bermúdez Requena se logró gracias a una importante cooperación entre autoridades de investigación de Paraguay y México, a partir del intercambio de información que arrancó en marzo de 2025, cuando se obtuvieron indicios sólidos de la presencia irregular de Bermúdez en Paraguay. Su captura se realizó en la madrugada del pasado sábado 13 de setiembre en el barrio cerrado Surubi’i, de la ciudad de Mariano Roque Alonso, departamento Central.
Esposa fuera del proceso
Por otra parte, el abogado señaló que el señor Bermúdez Requena, vivía en el país junto con su esposa. Explicó que la misma no se encuentra decretada bajo ninguna medida cautelar restrictiva o personal, puesto que la justicia mexicana no realizó hasta el momento ningún requerimiento contra la mujer.
“El exhorto de extradición es solamente respecto al señor Hernán. No existe respecto a la señora de momento, porque como son situaciones procesales, esto va variando momento a momento, minuto a minuto van informando nuevos elementos, tanto allá en México como aquí, y hoy actualizada la información, no existe ningún pedido, ni ninguna causa formada respecto a la señora”, acotó.
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En cuanto a eventual pedido de asilo político por parte de Bermúdez Requeña, el abogado explicó que en honor a la estrategia procesal del equipo jurídico que se encarga de su defensa, no están contemplando todavía esas cuestiones.
“Esto ya guardaría relación con el fondo de la cuestión. Esta defensa recién se está encargando de las cuestiones primarias, es decir, los elementos del allanamiento, todas las cuestiones de índole probatorio y de antecedentes, para luego ver, una vez revisados los antecedentes de México, analizar el planteamiento que corresponda en función a mi defendido”, precisó.
Finalmente, recordó que Bermúdez Requena es un hombre de 72 años, y señaló que dicha situación tiene un trámite especial en el Código Procesal Penal paraguayo. Pero en lo que respecta a la decisión de su actual lugar de resguardo de prisión preventiva, que es la sede la Secretaría Nacional Antidrogas, obedece más a la cuestión de estricta política criminal en atención al perfil del ciudadano mexicano y una cuestión de seguridad.
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Condenan a 24 años y 9 meses de cárcel a Marcelo Piloto, por el crimen de Lidia Meza
La justicia brasilera encontró culpable a Marcelo Pinheiro Veiga, alias “Piloto”, por el crimen de la joven Lidia Meza y lo condenaron a 24 años de cárcel. Piloto fue juzgado en Brasil, donde fue extraditado por tener otras altas condenas que seguirá cumpliendo.
El terrible suceso se registro en el año 2018, en una celda de la Agrupación Especializada de la Policía Nacional, cuando Marcelo Piloto citó a una dama y aprovechó tal situación para asesinarla y así evitar su extradición.
Por su parte, la agente fiscal del presente caso, María Irene Álvarez, mencionó estar contenta por el trabajo enorme que se hizo durante la tapa investigativa y por sobre todo porque se pudo demostrar la responsabilidad del acusado en el hecho acusado.
Es uno de los pocos casos en los que un brasileño es condenado en su país por hechos que sucedieron en Paraguay.
El homicidio
El 17 de noviembre del 2018 falleció Lidia Meza Burgos, una joven de 18 años que recibió 16 puñaladas durante su visita a la celda del capo del grupo criminal brasileño Comando Vermelho, Marcelo Fernando Pinheiro Veiga, alias “Marcelo Piloto” o “Piloto”, alojado en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional.
Con este crimen a sangre fría a esta desafortunada víctima, el líder narco hizo una última jugada desesperada tratando de evitar su extradición a Brasil.
La víctima era de la zona de General Resquín, del departamento de San Pedro, quien fue atacada por Piloto con un objeto punzante cerca de las 14:00. El crimen generó inmediatamente la indignación generalizada de la ciudadanía, atendiendo que sucedió dentro de una sede policial de máxima seguridad. Luego de ser derivada hasta el Hospital de Barrio Obrero para su atención, la joven no respondió y falleció.
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Tras largas chicanas, Justicia retoma proceso contra Prieto
El fiscal Silvio Corbeta describió que, desde la imputación del destituido intendente esteño Miguel Prieto, su defensa técnica presentó varios incidentes, se intentó desprestigiar la labor del Ministerio Público pese a las pruebas institucionales, y se buscó mover el expediente a Ciudad del Este, fuera de la competencia especializada. El 20 de agosto, la Corte destrabó el caso Tía Chela y se habilitó al juez Humberto Otazú para fijar fecha para la audiencia preliminar en que se resolverá si los acusados van a juicio oral y público.
“Cuando el Ministerio Público formuló la imputación (el 19 de julio de 2023), la defensa de Prieto realizó numerosas declaraciones diciendo y señalando que hubo dictámenes favorables de la Contraloría acerca de esta licitación en particular, pero hoy en día se sostiene totalmente lo contrario. Constantemente se intenta desprestigiar el trabajo que hemos realizado, señalando una suerte de persecución política, judicial, siendo que todas las informaciones se basan en elementos de administraciones anteriores, incluso, cuando él fue procesado, ni siquiera este gobierno asumió y no tiene sentido sostenerlo”, afirmó ayer Corbeta, en una entrevista con el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
El fiscal de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción detalló que, para la formulación de la imputación, el equipo fiscal tuvo a consideración los dictámenes emitidos por la Contraloría General de la República (CGR), la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), que evidenciaron graves inconsistencias en el proceso de la compra de 25.000 cestas de alimentos, durante la pandemia, a través de la firma proveedora Tía Chela SRL, estimando un perjuicio patrimonial de G. 1.769.790.000 para la Municipalidad de Ciudad del Este.
“La causa judicial se encontraba paralizada, pero eso no respondía a una cuestión aleatoria, sino a cuestiones dilatorias que fueron presentadas en su momento. En este sentido, la primera situación
que nunca se pudo concretar en la investigación es la apli-cación de medidas cautelares, entonces, uno difícilmente pueda solicitar u obligar a los procesados a ser sometidos a las prerrogativas del caso. Lo primero que se realizó fue evi-tar la aplicación de medidas cautelares que fueron solici-tadas con la imputación del Ministerio Público en julio de 2023”, recordó Corbeta.
“MONTÓN DE INCIDENCIAS”
El agente fiscal mencionó que “cuando el Ministerio Público acusa, allá por junio de 2024, inmediatamente se presen-taron acciones de inconstitucionalidad para detener el proceso. La Corte Suprema de Justicia nunca otorgó ningún tipo de medida cautelar para suspender el curso del pro-ceso y, lógicamente, por una simple presentación de una acción no es motivo suficiente para suspender las resultas del proceso”.
TRES CANDIDATOS
La estrategia de Miguel Prieto y de sus adherentes es conservar el poder por medio de las alianzas logradas durante su gestión. Al menos tres nombres surgen para que un aliado se mantenga durante tres meses al frente de la administración comunal esteña. Dos de ellos son muy allegados al destituido jefe comunal.
Se trata de Sebastián Martínez (Yo Creo), actual presidente de la Junta Municipal; y la segunda incondicional es Valeria Romero, concejala y actual pareja de Prieto. La que podría romper este “consenso” y la mayoría coyuntural es la liberal María Portillo (PLRA), hermana del exdiputado Carlos Portillo.
La concejala quiere pugnar por la intendencia y no tendría inconvenientes de pasar a negociar con los ediles disidentes, que responden al Partido Colorado. Hoy, la mayoría de 7 concejales contra 5 está a favor de Prieto.
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Sala Penal destraba chicana de Prieto en caso Tía Chela
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió declarar inadmisible el recurso de apelación general que interpuso la defensa del destituido intendente esteño Miguel Prieto Vallejos, en la causa relacionada a los kits de alimentos a través de la firma proveedora Tía Chela SRL. El fallo, emitido este 20 de agosto con firma de los ministros Eugenio Jiménez Rolón, Manuel Ramírez Candia y César Garay Zuccolillo, permite al juez Humberto Otazú volver a fijar fecha para la audiencia preliminar en que se resolverá si los acusados van o no a juicio oral y público.
En la causa caratulada “Miguel Prieto Vallejos y otros s/lesión de confianza (Ley n.° 6379) superior a 5.500 jornales”, expediente n.° 4.524 del año 2020, los abogados Gilda María Portillo Vera y Andrés Casati Caballero, representantes legales de Prieto, habían presentado esta chicana, el 6 de agosto de 2024, contra el Auto Interlocutorio n.° 158 de fecha 2 de agosto de 2024, dictado por la Cámara Especializada de Delitos Económicos, que dispuso no hacer lugar a la recusación contra el juez Humberto Otazú, del Juzgado Penal de Garantías de Delitos Económicos del Primer Turno.
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El 18 de julio de 2023, los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y Rodrigo Estigarribia imputaron a Miguel Prieto, y a otros diez implicados, por una supuesta compra fraudulenta de unas 25.000 cestas de alimentos durante la pandemia, estimando un perjuicio patrimonial de G. 1.769.790.000 para la Municipalidad de Ciudad del Este por la compra efectuada en 2020 mediante una licitación convocada por la vía de la excepción y adjudicada a la firma Tía Chela SRL, supuestamente para familias de escasos recursos.
Los procesados son Miguel Prieto Vallejos y Francisco Raimundo Arrúa Álvarez, en calidad de autores. En tanto, Buenaventura Morínigo, Emili Vanessa Florentín Páez, Robert Osmar Florentín Silvero, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Sebastián Martínez Insfrán, Alex Samhat, Higinio Acuña, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez y Nelson Alexis Segovia Acevedo están sindicados por el hecho de lesión de confianza, administración en provecho propio, en calidad de cómplices y de asociación criminal, en calidad de coautor.
La decisión de la Corte ratifica lo resuelto por el tribunal de apelación, manteniendo la validez de las actuaciones procesales dentro de la causa que investiga presuntas irregularidades en la contratación para la adquisición y distribución de los kits de alimentos durante la pandemia, operación realizada a través de la firma proveedora Tía Chela SRL.
Unas 50 denuncias
Este fallo se suma a otro proceso que enfrenta Prieto, quien cuenta con 50 denuncias formuladas contra el ahora ya destituido intendente de Ciudad del Este; y constituye un precedente relevante dentro del expediente, ya que limita las posibilidades de la defensa de revertir las resoluciones judiciales en instancias superiores.
Hay que resaltar que la intervención municipal, que estuvo a cargo del economista Ramón Ramírez, la cual culminó la semana pasada, ha revelado la forma en la que operaba el esquema que organizó el destituido intendente Miguel Prieto para concretar su maquiavélica gran estafa, con el objetivo de embolsillarse millonarias sumas pertenecientes a las arcas públicas.
El resultado de esta intervención, se presentó a la Cámara de Diputados que resolvió ayer martes la destitución del jefe comunal debido las graves irregularidades denunciadas por la Contraloría General de la República y que fueron corroboradas por el interventor.