El artículo 21 del Código Penal de nuestro país que trata sobre la responsabilidad penal de los menores señala que está exenta de responsabilidad penal la persona que no haya cumplido catorce años de edad”. Esto significa que todo adolescente, desde los 14 años, ya puede ser pasible de una imputación fiscal si existe sospecha de la comisión de un hecho punible que puede ser perseguido e investigado por el Ministerio Público.
Con relación al caso de abuso sexual ocurrido en un colegio de Lambaré donde resultó víctima un niño de apenas 6 años edad y cuyos presuntos victimarios serían adolescentes de entre 14 y 15 años de edad, los mismos ya pueden ser imputados por el Ministerio Público.
En el presente caso ya tomó intervención el Ministerio Público, ordenó la detención e imputación de la directora de la institución, la coordinadora y la profesora del menor para que puedan declarar y brindar más datos sobre el grave hecho registrado en el centro educativo.
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La representante del Ministerio Público que inició la investigación fue Myriam Rodríguez, pero debido a la gravedad del caso se conformó un equipo de fiscales que seguirán con la presente investigación.
No se respetó el protocolo
La ministra de la Niñez y la Adolescencia, Teresa Martínez, conversó con Universo 970 AM y señaló que “existe un protocolo que tiene el Ministerio de Educación que había sido presentado con la Defensoría Pública y el Ministerio de la Niñez en febrero cuando iban a abrirse las escuelas; Sin embargo, dicho protocolo no se aplicó en este caso y eso es grave, expresó.
Agregó que en este caso el colegio en cuestión no hizo nada de lo que dice el protocolo, que es poner a conocimiento de las autoridades educativas y acompañar a la familia para las denuncias. “Acá se obstruyo. no se tomó las medidas precautorias”, cuestionó la ministra. Añadió que “hay una conducta omisiva y obstructiva, y eso es muy grave para esta situación”.
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Audiencia Pública: Diputados debaten reforma para sancionar uso abusivo del sistema judicial
La Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados, organizó una audiencia pública para debatir aspectos del proyecto de ley “Que modifica y amplía el artículo 289 de la Ley Nº 1160/97 - Código Penal Paraguayo”. La iniciativa busca fortalecer la protección de la administración de Justicia y prevenir el uso abusivo del sistema judicial.
Esta audiencia estuvo presidida por el titular de la comisión el diputado, Yamil Esgaib, junto con sus colegas Jorge Ávalos Mariño que preside la Comisión de Legislación y Codificación; y José Rodríguez, titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales.
Estuvieron presentes, a su vez, representantes de la Fiscalía General del Estado, el Ministerio de Justicia, el Poder Judicial, el Gremio de Abogados de Caaguazú, la Asociación de Defensores, entre otros estamentos.
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En el inicio de esta actividad, el legislador Esgaib destacó que, conforme al derecho comparado, diversos países como Brasil, México, España y, recientemente, Argentina, avanzan en reformas orientadas a sancionar con mayor severidad conductas vinculadas a denuncias falsas, especialmente en contextos de violencia.
“Debe ser un tema de interés legislativo, dada la necesidad de resguardar tanto a las personas falsamente acusadas como al sistema judicial frente a posibles abusos”, expresó.
En representación de la Fiscalía General del Estado, el Dr. Rubén Darío Riquelme indicó que el proyecto parte de una finalidad legítima: reforzar la protección de la administración de justicia ante el uso indebido de la denuncia penal, particularmente cuando una imputación falsa genera consecuencias gravosas para el denunciado.
Sostuvo que la técnica legislativa adecuada consiste en incorporar un nuevo inciso que contemple una agravante del hecho punible de denuncia falsa. Propuso que, cuando la denuncia derive en la imposición de una medida cautelar de prisión preventiva o en una condena firme para la víctima, la pena privativa de libertad pueda alcanzar hasta diez años.
Sobre el proyecto
Este proyecto de ley tiene como objetivo promover la implementación de mecanismos más rigurosos que garanticen investigaciones exhaustivas de las denuncias, protegiendo tanto a las víctimas reales como a las personas falsamente acusadas.
Cabe señalar que en países como Chile, Perú y Colombia también se desarrollan debates en torno al endurecimiento de las sanciones por denuncias falsas, aunque estas iniciativas enfrentan críticas relacionadas con el eventual riesgo de desalentar la formulación de denuncias legítimas.
En ese contexto, la propuesta en estudio busca equilibrar la necesidad de sancionar el uso abusivo del sistema judicial con la protección efectiva de quienes recurren a él en busca de justicia, en un marco de equidad y seguridad jurídica.
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Acuerdo Mercosur-UE establece normas exigibles entre ambos bloques, afirma Loizaga
El excanciller paraguayo Eladio Loizaga aseguró que el acuerdo UE-Mercosur, que se firma este sábado en Asunción, establece las normas que siempre se han buscado para tener un comercio internacional libre. El exministro llegó a tener un rol importante en todo el proceso de negociación e integración entre los bloques de Europa y el Cono Sur.
Durante una entrevista en el programa especial transmitido por canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media, desde el Banco Central, Loizaga indicó que este tratado establece normas que regirán en los países de ambos bloques y que, ante cualquier incumplimiento, se pueda reclamar dentro de una multilateralidad.
Destacó el artículo primero se fija claramente que este documento se rige por las normas establecidas por la Organización Mundial de Comercio (OMC), de la cual forman parte los Estados miembros del Mercosur como de la Unión Europea.
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“Hablamos aquí mucho de la salvaguarda, y de las preocupaciones. Salvaguardas tenemos en el Mercosur, se tiene en la OMC y se tiene en la Unión Europea; y es de doble vía. Es decir, que también nosotros podemos aplicar. Si vemos que nuestro comercio, en algún momento algún producto está siendo afectado, también se puede aplicar salvaguardias, quizás aplicando nuevos aranceles, o solicitar autorizaciones previas para la importación. Es de doble vía, no es que solo se aplica de un lado”, precisó.
El excanciller remarcó que no considera de preocupación el tema de las salvaguardas, ya que Paraguay incluso tiene un trato especial y diferenciado, expresamente establecido en el propio acuerdo con relación al desarrollo y las asimetrías que existen.
“Creo que no debería ser de preocupación, además, una cuestión que hemos defendido mucho en ese periodo y entiendo que en las últimas instancias, también los países del Mercosur volvieron a poner sobre la mesa que cualquier tipo de medida en aplicación de las salvaguardas debe de contar con un contenido científico. Por ejemplo, si dicen que la carne paraguaya tiene hormonas, se debe de comprobar científicamente que es así o no”, precisó.
Conforme con el acuerdo
Loizaga mencionó que en lo personal se siente muy conforme con esta firma, ya que en el 2015 le había tocado, bajo la presidencia pro tempore de Paraguay en Mercosur, entonces, convocar a los cancilleres con el apoyo total del entonces presidente Horacio Cartes. “Recuerdo que reunidos, en Asunción, les dije que de este despacho no se salía hasta logar una propuesta, que aunque sea la mas modesta, pero si lograr una oferta de acuerdo. Efectivamente esa noche se sacó una propuesta que luego me tocó presentar en Bruselas”, comentó.
Indicó que lo que hoy se está concretando es poner al día, donde se establecen nuevos agregados, como el tema del medio ambiente. Además, en el acuerdo se establece un sistema de solución de diferencias, el cual también se tiene que compatibilizar con el Tribunal Permanente de Revisión del Mercosur, porque será la instancia al que se recurrirá para la interpretación del acuerdo para saber si se están aplicando de la forma correcta o respecto a las diferencias que pudieran darse.
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Milei plantea endurecer penas de prisión en reforma del código penal
El presidente argentino Javier Milei presentó el jueves un proyecto de reforma del Código Penal bajo el lema “Tolerancia Cero”, que prevé un endurecimiento generalizado de las penas, la baja de la edad de imputabilidad y la aceleración de los procesos judiciales. La presentación de la iniciativa, desde el complejo penitenciario de Ezeiza, en el sur de Buenos Aires, ocurre en la recta final antes de las elecciones legislativas de medio término el 26 de octubre.
Los comicios serán cruciales para el mandatario ultraliberal, que atraviesa una etapa política difícil y busca aumentar su escasa base parlamentaria. “El orden es una precondición para tener tolerancia cero, el que las hace las paga”, declaró Milei en un breve discurso con tono de campaña, junto a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y al ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.
Según el proyecto, el robo se castigaría con un mínimo de un año de prisión en lugar de un mes, y la pena máxima se incrementaría de dos a tres años, y de seis a ocho años en casos de robo con uso de la fuerza. El homicidio simple conllevaría una pena de prisión de entre 10 y 30 años, en lugar de los ocho a 25 actuales. La cadena perpetua ya es posible para el homicidio agravado.
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La pena máxima por posesión de pornografía infantil con fines de distribución aumentaría de dos a 12 años de prisión. La pena máxima por agresiones durante manifestaciones se incrementaría a cinco años en lugar de los dos actuales, y hasta nueve años si el ataque se dirige contra un miembro de las fuerzas de seguridad.
Por otra parte, la edad de imputabilidad se reduciría de los 16 a los 13 años.
El proyecto también prevé la eliminación de la prescripción para los delitos más graves, como el homicidio, los delitos sexuales, la trata de personas y el tráfico de drogas. Actualmente, la imprescriptibilidad solo aplica para los crímenes de lesa humanidad. “Que este grupo de reformas se implementen o no depende del Congreso de la Nación”, dijo Milei.
“Depende de que quienes estén sentados en las butacas del Poder Legislativo tengan la vocación de ponerse del lado de las víctimas y no del de los delincuentes”, concluyó. El Congreso, donde el partido de Milei es minoría, le asestó un revés al mandatario el jueves, al revertir dos vetos presidenciales y dejar firmes las leyes que amplían fondos para universidades y hospitales pediátricos.
Fuente: AFP.
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Poder Ejecutivo evalúa la posibilidad de implementar la prisión preventiva revisable
El ministro de la Niñez y Adolescencia, Walter Gutiérrez, anunció que el Poder Ejecutivo se encuentran analizando la posibilidad de implementar dentro del sistema penal paraguayo la prisión permanente revisable, una alternativa que sí permite la Constitución y que difiere sustancialmente de propuestas que se encuentran actualmente dentro del Congreso.
“Estoy de acuerdo con que se puede incorporar la prisión permanente revisable, y lo estamos debatiendo en el Poder Ejecutivo, incluso en este debate está participando una eminencia del derecho como es la exministra de la Corte Suprema de Justicia, Alicia Pucheta, estamos hablando y viendo que si se hace bien, se puede. La prisión permanente revisable no es cadena perpetua, porque la cadena perpetua es inconstitucional en el Paraguay”, explicó.
En este sentido, el secretario de Estado detalló las diferencias entre ambas figuras. Cuando se habla de cadena perpetua, no hay posibilidad de que el individuo pueda reintegrarse a la sociedad, en cambio, con la prisión permanente revisable sí es posible, pero está sujeto a constantes análisis que determinen si realmente la persona está en condiciones de reinsertarse o si es mejor que continúe privado de su libertad.
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“Por ejemplo, si se le condena a una persona por 30 años en el marco de la prisión permanente revisable, cuando se cumplan los 30 años, lo que va a suceder es que un equipo especializado va a hacer un análisis profundo desde lo psicológico, psiquiátrico, socioambiental y otras aristas, verá si al momento del cumplimiento se encuentra en condiciones de ser reinsertado, si no es un peligro, recién ahí se le inserta”, añadió.
Gutiérrez señaló que esto no va en contra de lo que establece la Constitución, que en su artículo n.° 20 sobre el objeto de las penas habla de dos puntos, de la reinserción de la persona privada de libertad, pero también de la protección a la sociedad. “Acá uno no cae en una contradicción porque le estás dando la posibilidad de que pueda ser reinsertado, pero ponés como condicionante que le tenés que proteger a la sociedad, es equilibrar los dos pilares que están dentro de la Constitución”, sostuvo.
Esta propuesta en análisis difiere del proyecto presentado por el diputado Rubén Rubin, que estipula la posibilidad de elevar penas, llegando incluso a superar los 90 años. El ministro fue enfático ante la 1020 AM que la iniciativa del legislador, si bien fue presentada como una prisión permanente revisable, no lo es.
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“No lo digo solamente como ministro ni parte del Poder Ejecutivo, sino como profesional del derecho, tengo un doctorado y soy del área constitucional. Así como está planteada la propuesta, es inconstitucional. A lo que se presentó se le dio el nombre de prisión permanente revisable, pero no es, no se compadece de esa figura, es como querer llamarle gato al caballo”, aseveró.