La Cámara de Apelación de Central conformada por los jueces Óscar Rodríguez Kennedy, Nidia Fernández y Guillermo Zillich con voto en mayoría decretó la prescripción de la causa y se resolvió el sobreseimiento definitivo del sacerdote Silvestre Olmedo, quien fue condenado a un año de cárcel con suspensión a prueba en juicio tras ser encontrado culpable por un caso de acoso sexual cuando el religioso fue sacerdote en Limpio.
Ahora el Ministerio Público tiene la posibilidad de poder recurrir a la Corte Suprema de Justicia tratando de dejar sin efecto la resolución de segunda instancia. En su momento el Tribunal de Sentencia de Luque, integrado por los jueces Juan Carlos Rocholl, Julio López y Gladys Bernal, resolvió condenar al religioso a un año de pena privativa de libertad con suspensión a prueba en el marco del proceso penal por acoso sexual que sufrió la joven Alexa Torres.
De acuerdo al fallo dictado en primera instancia, quedó demostrado que el sacerdote Silvestre Olmedo ha cometido actos sexuales, toqueteos, que además había una posición de autoridad como sacerdote en relación a una mujer que iba a prestar servicios a la iglesia de Limpio como voluntaria. La joven Alexa era voluntaria en la parroquia San José de Limpio y en el 2018 denunció al sacerdote por acoso sexual.
Te puede interesar: Sicariato en el Chaco: piden condena de 30 años de cárcel para tres acusados
Dejanos tu comentario
Justicia prohíbe salir de Argentina al presidente de la AFA por supuesta evasión fiscal
La justicia argentina prohibió salir del país al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio Tapia, y lo citó a declarar en una causa por supuesta evasión fiscal, según la resolución del juez citada este jueves por la prensa local.
El “Chiqui” Tapia deberá comparecer el 5 de marzo próximo, un día antes de que lo haga el tesorero de la AFA, Pablo Toviggino, por la denuncia que impulsó el organismo de recaudación fiscal ARCA ante la sospecha de evasión impositiva y apropiación de recursos de la seguridad social.
La resolución judicial alcanza además a otros tres directivos de la poderosa federación argentina de fútbol, al mando de la vigente selección campeona del mundo.
“En atención a la gravedad de los hechos investigados (...) corresponde decretar la prohibición de salida del país de los nombrados”, reza la citación divulgada por medios locales.
El documento judicial, sin embargo, no especifica si la medida se extingue una vez que cumplan con el trámite de declaración.
Te puede interesar: Carnaval de Rio: homenaje a Lula quedó último en la competencia
La causa investiga si la entidad retuvo en forma indebida y luego no depositó dinero por impuestos y aportes jubilatorios entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.
El juez consideró que existen “motivos suficientes para sospechar la participación de los nombrados en los hechos investigados”.
Además de esta causa la AFA es investigada por posible lavado de dinero, un caso por el que la organización fue allanada en diciembre pasado para recabar documentación respecto a operaciones sospechosas con una financiera privada.
La AFA atribuyó entonces el caso a una “campaña de difamación” en medio de una disputa comercial con un empresario por la organización de partidos amistosos de la selección argentina.
Además señaló que el impulsor de esa denuncia “cuenta con la anuencia del gobierno nacional, más precisamente del ministro de Justicia (Mariano) Cúneo Libarona”.
La AFA rechaza con base en sus estatutos la conversión de los clubes de fútbol en sociedades anónimas deportivas, un modelo que apoya el presidente ultraliberal Javier Milei.
- Fuente: AFP
Lea más: Presidente de Argentina ofrece tropas a la Junta de Paz para Gaza
Dejanos tu comentario
Más protección y menos barreras, el desafío de garantizar justicia para personas mayores en Paraguay
La necesidad de asegurar una tutela efectiva de los derechos de las personas mayores vuelve a ocupar un lugar central en la agenda judicial paraguaya.
Desde la Dirección de Derechos Humanos de la Corte Suprema de Justicia se subraya la relevancia de aplicar de manera concreta la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en todos los procesos en los que este grupo esté involucrado.
Paraguay dispone de un entramado constitucional y legal que apunta a resguardar de forma integral a este sector de la población, con base en los principios de dignidad, igualdad y no discriminación.
Te puee interesar: Destruyen casi mil kilos de droga en Ñeembucú bajo supervisión judicial
La propia Constitución Nacional establece que el Estado debe adoptar medidas específicas para amparar a los grupos en situación de vulnerabilidad, entre ellos las personas mayores, con el propósito de garantizar el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales.
Paso fundamental
En el plano internacional, el Paraguay dio un paso significativo al ratificar la Convención Interamericana mediante la Ley N.º 7600/2025. Con su entrada en vigencia, el instrumento adquiere carácter obligatorio para el Estado paraguayo.
“La normativa reconoce a las personas mayores como titulares plenos de derechos y fija estándares claros en aspectos como autonomía, salud, seguridad social, participación activa en la comunidad, vivienda digna y acceso real a la justicia”, argumentaron.
A nivel interno, leyes como la N.º 1885/2002 “De las Personas Adultas” y la N.º 7322/2024, que crea la Pensión Universal para las Personas Mayores, junto con otras disposiciones complementarias, refuerzan el compromiso estatal con el bienestar y la protección de este grupo, especialmente de quienes atraviesan situaciones de mayor fragilidad social o económica.
Dentro del Poder Judicial, la Corte Suprema también adoptó medidas orientadas a eliminar obstáculos en el acceso a la justicia. Entre ellas se encuentran la Acordada N.º 633/2010, que incorpora las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad, y la Acordada N.º 1024/2015, que promueve atención prioritaria, mayor rapidez en los procesos, uso de lenguaje claro y ajustes razonables en los procedimientos.
Leé también: Ratifican condena por tortura contra Walter Bower y otras dos personas
El desafío ahora no solo radica en contar con normas avanzadas, sino en traducirlas en prácticas efectivas que aseguren que las personas mayores encuentren en la justicia un espacio accesible, ágil y respetuoso de sus derechos.
Dejanos tu comentario
Justicia argentina acusa por corrupción a exfuncionario de Milei
La justicia argentina acusó al exfuncionario del presidente Javier Milei que dirigía la agencia para la atención de personas con discapacidad y a otras 18 personas de haber cobrado sobornos y desviado fondos del organismo, según documentos judiciales publicados el lunes.
La Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) fue disuelta en diciembre tras denuncias de corrupción que salpicaron a la hermana del presidente, Karina Milei.
Según una resolución a la que accedió la AFP, un juez federal acusó al exdirector de la Andis, Diego Spagnuolo, por presunto cobro de sobornos, fraude al Estado y asociación ilícita entre 2023 y 2025. También dispuso el procesamiento de otras 18 personas, entre ellas funcionarios de Andis y privados. A todos les embargó los bienes.
“Se acreditó la existencia de una organización criminal integrada por funcionarios públicos dentro de la Andis y actores privados del sector salud”, indicó la resolución, y agregó que “dicha organización se dedicó a desviar recursos públicos a través de compras direccionadas y sobreprecios”.
Te puede interesar: El 19 de febrero será la reunión inaugural de “Junta de Paz” en Washington
El caso estalló en agosto tras la difusión de audios atribuidos a Spagnuolo en los que aseguraba que Karina Milei, secretaria general de la presidencia, recibía un 3 % del monto pagado por la agencia para la compra de medicamentos.
Spagnuolo renunció a su cargo días después. El presidente dijo primero que mentía en los audios, aunque luego Spagnuolo arguyó ante la Justicia que los audios fueron manipulados. Sin embargo, la fiscalía mantuvo la acusación en base a otras pruebas.
Los audios no fueron usados como prueba por el fiscal ni por el juez, y no son mencionados en la resolución, que se basa en documentación recabada en allanamientos y declaraciones indagatorias.
Karina Milei no está entre los acusados. Sin embargo, para el juez, las pruebas sugieren que el mecanismo de corrupción en Andis “no se trató de algo encapsulado” y “podría tener otro nivel de complicidades” que debe ser investigado.
“La causa Andis confirma punto por punto lo que denunciamos”, señaló a la AFP el abogado Gregorio Dalbón, que fue quien denunció penalmente los presuntos hechos de corrupción en agosto.
“El Gobierno nacional, y en particular quienes tienen responsabilidad política sobre el área, deben dar explicaciones urgentes”, añadió Dalbón, que es uno de los abogados de la líder opositora y expresidenta Cristina Kirchner (2007-2015) en otras causas. El gobierno disolvió en diciembre la Andis y delegó las funciones de asistencia del organismo al ministerio de Salud.
Desde que asumió Milei, en diciembre de 2023, la Andis ha estado bajo una auditoría que ha permitido detectar decenas de miles de beneficiarios irregulares.
El proceso provocó interrupciones en las prestaciones y quejas de beneficiarios, que protagonizaron numerosas protestas callejeras en reclamo de más fondos para la entidad en el marco de un severo ajuste presupuestario.
- Fuente: AFP
Lea más: Cuba suspende el suministro de combustible de aviación por un me
Dejanos tu comentario
Crónica del primer “crimen por placer” condenado en el país
En la madrugada de este 8 de febrero se cumplen 12 años de un suceso que nadie imaginó que podría ocurrir en nuestro país: el asesinato de un ser humano por el “mero placer de matar”. El terrible crimen se registró en el barrio San Cristóbal de Asunción y captó la atención de toda la nación, alcanzando incluso repercusión internacional.
La víctima fue el locutor radial Agustín Emmanuel Bogado Quintana, de 32 años, quien fue asesinado en su propia vivienda con una manopla de hierro. Los responsables del horrendo hecho fueron la pareja conformada por Isaías Raúl Torres y Gissella Eliana Milea Otto, posteriormente condenados a 40 años de cárcel tras ser hallados culpables.
Te puede interesar: Juez ratifica prisión preventiva para exgerente de Copaco por millonario desvío
Durante el juicio oral, el Tribunal de Sentencia —presidido por la jueza Mesalina Fernández e integrado por Gloria Hermosa y Alba González— explicó que este fue el primer caso de “crimen por placer” en recibir una condena en Paraguay. Los acusados, que en aquel entonces tenían 27 años, recibieron una pena de 30 años de cárcel más 10 años como medida de seguridad, totalizando 40 años de privación de libertad.
Elementos de prueba
Según las pruebas debatidas en el juicio, Torres (de nacionalidad argentina) y Otto ofrecían favores sexuales desde 2013 a través de un perfil falso en redes sociales para seleccionar a sus potenciales víctimas. Fue así como la mujer sedujo al comunicador entre un total de 37 “candidatos”. A través de unos 4.000 mensajes de texto recuperados por el Ministerio Público, se demostró cómo planearon el crimen con saña y alevosía, confirmando que el móvil fue estrictamente el placer de quitar una vida.
Final trágico para la condenada
El 27 de noviembre de 2018, Gissella Eliana Milea Otto se quitó la vida en el penal del Buen Pastor. Su cuerpo fue hallado en su celda; utilizó una soga para colgarse de una viga mientras las demás reclusas se encontraban en el área común.
Blas Martínez, quien se desempeñaba como director de Institutos Penales en ese momento, confirmó el hallazgo de una nota dirigida a su madre: “Yo ya estaba planeando esto desde hace rato y quiero que me perdones, mamá”. El funcionario resaltó que la mujer atravesaba un cuadro de depresión severa y se encontraba bajo tratamiento psicológico al momento del suicidio.
Podes leer: Imputan a docente por omisión ante caso de bullying que derivó en suicidio de un alumno