Un tribunal de sentencia condenó a 25 años de cárcel a cuatro brasileros tras ser encontrados culpables por los delitos de tentativa y homicidio doloso. La fiscala Katia Uemura fue quien representó al Ministerio Público en el juicio oral arrimando las pruebas correspondientes contra cada uno de los acusados.
Los condenados son: Marcelo Ferucci Dos Santos, Kevin Alexandre de Oliveira, Mateus Ferreira Feitosa y Nelsón Simões Concąlves Junior. Los mismos seguirán cumplimiento sus condenas en la cárcel regional de Pedro Juan Caballero.
El tribunal colegiado sostuvo la condena debido a que mencionó que la fiscala pudo arrimar todos los elementos que responsabilizan a cada uno de los procesados en el grave hecho cometido y que fue juzgado durante el desarrollo del juicio oral y público.
De acuerdo a los antecedentes del hecho se registró el 19 de setiembre de 2017 en la Fracción Luz Bella del barrio San Blas de Amambay del cual resultó víctima colateral un vendedor ambulante identificado como Lautaro Escobar. Según los datos, el objetivo real del atentado a punta de arma de fuego de alto calibre fue un agente policial, quien en el momento del hecho estaba fuera de servicio y pudo refugiarse en un sitio.
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Condenan a 8 años de prisión a Hernán Rivas por producción y uso de documentos falsos
Luego de deliberar por más de tres horas, el Tribunal de Sentencia emitió su veredicto en el caso del exsenador Hernán Rivas, estableciendo una condena de 8 años de prisión. La Fiscalía había solicitado una condena de 12 años de cárcel, porque concluyó que su título de abogado es falso.
En la lectura de la sentencia, la presidenta del Tribunal, María Fernanda García de Zúñiga, argumentó que las evidencias expuestas por la Fiscalía demostraron que Rivas carecía de un historial académico de correspondencia y una condición profesional inexistente, según pudieron comprobar en el juicio oral.
Las juezas María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo votaron por 8 años de cárcel y el juez Juan Carlos Zárate votó en disidencia considerando que la pena en este caso debía ser de 14 años. En tanto se mantienen las medidas correspondientes a la libertad hasta tanto quede firme y ejecutoriada la condena.
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Los integrantes del tribunal de sentencia llegaron a la conclusión de que Hernán David Rivas es el responsable de los hechos punibles de producción y uso de documentos públicos de contenido falso, en su modalidad agravada.
Asimismo, sostuvo que durante el juicio oral quedó probado que no existe documentación académica que respalde el certificado de estudios y el título presentados por Rivas para acreditar su condición de abogado y obtener su matrícula ante la Corte Suprema de Justicia.
“Estamos ante lo que podemos denominar un alumno fantasma, una persona cuyo supuesto paso por la carrera de Derecho no dejó ni un solo rastro académico, administrativo o contable”, explicó la presidenta del Tribunal, María Fernanda García de Zúñiga.
Del mismo modo, los magistrados concluyeron, “más allá de toda duda razonable”, que Rivas no realizó ni aprobó el trabajo final requerido para obtener el título de abogado. Respecto a los testigos que afirmaron haberlo visto cursar la carrera en Ciudad del Este, señalaron que sus declaraciones fueron contradictorias.
“Una carrera universitaria no se hace en un papel, se cursa en un lugar durante años”, sostuvo García de Zúñiga, al referirse a la falta de elementos que acrediten que Rivas haya cursado efectivamente la carrera.
Para calificar los hechos como especialmente graves, el Tribunal remarcó que las consecuencias de la falsedad trascendieron la utilización de una condición de abogado que no le correspondía, ya que Rivas llegó a integrar un órgano constitucional encargado de juzgar a magistrados, fiscales y defensores públicos.
En sus alegatos finales, el Ministerio Público decidió avanzar con un proceso de investigación a siete personas que se presentaron como testigos de la defensa, incluidos la universidad que emitió el documento falso, por presuntas declaraciones falsas ante el tribunal.
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“Tía Chela”: Prieto afronta juicio este lunes mientras avanza otro proceso en su contra
El Tribunal de Sentencia conformado por las juezas especializadas en Delitos Económicos: Ana Rodríguez Brozón, Karina Cáceres y Yolanda Morel, dará continuidad este lunes 7 de septiembre al juicio oral y público contra el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Mañana se deberán definir los planteamientos de las partes antes de avanzar con la producción de pruebas en el caso conocido como Tía Chela. La Fiscalía contestará los incidentes de las defensas, en una jornada que podría marcar el rumbo del juicio contra Prieto.
El exjefe comunal esteño enfrenta juicio oral y público por lesión de confianza y asociación criminal tras el presunto desvío de G. 2.949.650.000 de las arcas municipales. Este proceso representa un paso crucial para el Ministerio Público, que busca una sentencia condenatoria ejemplar ante la gravedad de un hecho que golpeó directamente los recursos de los ciudadanos del Este.
La semana pasada, se había retomado el juicio oral luego de incidentes presentados por la Fiscalía y la defensa. Ahora el Ministerio Público tendrá que contestar los incidentes presentados por la defensa de Prieto y los demás acusados. Una vez contestados, el Tribunal de Sentencia deberá resolver los pedidos de la defensa, por lo que el juicio continuará mañana desde las 08:00.
La semana pasada, el fiscal Silvio Corbeta planteó cuatro incidentes probatorios al inicio del juicio; el primero tiene que ver con la incorporación de información sobre el cambio de marcas de los productos que habían sido licitados para los kits de alimentos. También solicitó incorporar como testigo al director de la DNCP, Agustín Encina, para que explique la nota presentada por la empresa Tía Chela y las cuestiones relacionadas con el procedimiento de contratación.
Por otra parte, solicitó un informe a la Contraloría General de la República para determinar si la nota recibida por Prieto fue presentada y analizada cuando se elaboró el dictamen técnico sobre la contratación. Así como solicitó un informe a la DNIT sobre la trazabilidad de las facturas y mercaderías y si la empresa comunicó el cambio de marcas de los productos.
En tanto que, por parte de la defensa, el abogado Martín Prieto, representante del acusado Julián Benítez Gamarra, uno de los 10 imputados en esta causa, pidió la suspensión del juicio al alegar que no había tenido acceso a la investigación. En este caso, el tribunal ya rechazó el planteamiento y dispuso además una sanción disciplinaria contra el abogado.
Caso Tajy
El proceso judicial en el caso Tía Chela no es el único juicio oral que deberá enfrentar el exintendente Miguel Prieto, teniendo en cuenta que el pasado 3 de agosto la Fiscalía ratificó la acusación en su contra por el denominado caso Tajy junto a otros presuntos cómplices. Al día siguiente, juez penal de Garantías de Delitos Económicos, Humberto Otazú, elevó la causa a juicio oral y público.
En este caso, la Fiscalía acusó al exintendente por lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, por el daño patrimonial que supera los G. 306 millones.
El Ministerio Público refiere que, el 11 de junio del 2020, la administración de Prieto efectuó el pago irregular de G. 306.188.500 a favor de la empresa proveedora Tajy por mercaderías que no fueron entregadas, constituyéndose en un hecho de corrupción y perjuicio a las arcas del municipio.
También se encuentran acusados en esta causa: Sebastián Martínez Insfrán, Robert Osmar Florentín Silvero, Alex Yamal Samhat González, Francisco Raimundo Arrúa Álvarez, Emili Vanessa Florentín Páez, Higinio Ramón Acuña, Nelson Alexis Segovia Acevedo, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Buena Ventura Morínigo, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez. A la vez, los fiscales solicitaron el sobreseimiento definitivo de Richard Ayala y provisional para Sabino Peralta.
Consejo de Salud
A la par que se desarrolla el juicio oral y público, del caso Tía Chela, la Fiscalía presentó una nueva acusación contra el exintendente Prieto, y otras tres personas por el hecho punible de lesión de confianza por un presunto perjuicio patrimonial de G. 757 millones a la comuna esteña. El daño se habría ocasionado a través del pago por obras inexistentes financiadas por el Consejo Local de Salud de la comuna de Alto Paraná.
La acusación formal fue presentada por los fiscales Silvio Corbeta, Yeimy Adle Monges, María Verónica Valdéz ante el juzgado penal de Garantías de Delitos Económicos 1° turno, cuya investigación reveló que Prieto habría ordenenado transferencias a favor del Consejo Local de Salud del Hospital Regional de Ciudad del Este. Una parte importante de estos recursos se habría destinado supuestamente a la inversión física y edilicia dentro del mencionado centro médico.
Los otros dos imputados en la misma causa son Sebastián Martínez Insfrán y Valeria Romero, ambos por participar en la comisión de un hecho punible de lesión de confianza en calidad de cómplices. En este tercer proceso penal, siete de los once imputados ya admitieron los hechos de corrupción presuntamente cometidos por Prieto y su entorno.
Ahora se aguarda la fecha para el desarrollo de la audiencia preliminar, en la que se definirá si Prieto enfrentará su tercer juicio oral y público, atendiendo a que el primer juicio ya se inició, el segundo debe comenzar en los próximos meses y, en la tercera causa, ya se acusó y se pidió que el proceso se eleve a juicio.
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Fiscal adjunta de San Pedro definirá si acusa a hombre que intentó asesinar a su hermano
La fiscal adjunta de San Pedro, Alicia Sapriza, deberá definir si acusa y pide juicio oral para Ignacio Benítez Duarte, procesado penalmente por tentativa de homicidio doloso tras procurar asesinar a su propio hermano. En el presente caso, llamativamente, el fiscal Walter Javier Melo solicitó el sobreseimiento provisional al juzgado, a pesar de contar con elementos de prueba contundentes para acusar al imputado.
Durante la audiencia preliminar realizada por el juez Penal de Garantías, Óscar Segovia, el fiscal interino Pedro Nelson Acuña se ratificó en dicho sobreseimiento provisional. El magistrado, ante las pruebas que obran en la carpeta fiscal, decidió dar trámite de oposición, dejando en manos de la fiscala adjunta el estudio de los motivos por los cuales se pidió la desvinculación parcial del procesado.
En la diligencia judicial, la víctima del caso, Luis Miguel Benítez, manifestó el temor por su vida y la de su padre de 99 años de edad, advirtiendo que si el acusado recupera su libertad, los va a asesinar. Asimismo, la víctima indicó que esta ya es la tercera denuncia contra el imputado y que hasta el momento la Justicia no ha hecho su trabajo, por lo que exige que se actúe conforme a derecho y se presente la acusación.
Por su parte, la querella adhesiva sostiene que existen suficientes elementos de prueba —como declaraciones de testigos y varios videos donde se observa claramente lo sucedido— para formalizar la acusación.
Llamativo pedido fiscal
El fiscal Walter Melo justificó el pedido de sobreseimiento provisional alegando que falta realizar algunas diligencias. Sin embargo, estas son consideradas básicas e incluso podrían diligenciarse durante el desarrollo del juicio oral y público. Este actuar debería llamar la atención de los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), dada la gravedad del caso investigado.
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Condenan a 15 años de cárcel a un hombre por abuso sexual en niños
El Tribunal de Sentencia, integrado por Olga Ruiz, Sonia Sánchez y Celia Salinas, condenó a 15 años de pena privativa de libertad a un hombre hallado culpable del hecho punible de abuso sexual en niños, cuya víctima fue una niña. El agente fiscal Giovanni Grisetti logró demostrar la responsabilidad del acusado en el grave hecho registrado.
Durante el desarrollo del juicio oral, el representante del Ministerio Público presentó varios elementos probatorios que permitieron acreditar la responsabilidad penal del hoy condenado. El colegiado valoró las pruebas presentadas por la Fiscalía y, con base en ellas, decidió imponer la pena mencionada. Asimismo, la identidad del agresor será incorporada al Registro Nacional de Agresores Sexuales (RAS), conforme a las disposiciones legales vigentes.
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Según los antecedentes de la causa, los hechos ocurrieron en junio de 2025 en el barrio Ricardo Brugada de Asunción. El condenado, allegado a la familia de la víctima, aprovechó un momento en que se encontraba a solas con la niña para realizar tocamientos indebidos.
En resguardo de los derechos de la víctima, los datos que pudieran permitir su identificación permanecen bajo reserva, conforme a lo establecido en el artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia y el artículo 147 del Código Penal.
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