Los familiares del pequeño Renato, fallecido en el 2019 en un sanatorio privado de Asunción, esperan el inicio del juicio oral y público de la doctora Laura Sena por presunto homicidio culposo por el deceso del menor. También responsabilizan al sanatorio Migone por contratar a profesionales que no están preparados.
“Nosotros consideramos que hay muchas pruebas en la carpeta fiscal y estamos esperando que nos comuniquen. Pensamos que por la cantidad de pruebas esta audiencia tuvo muchas chicanas de la contraparte”, dijo este miércoles Rosa Angulo, abuela del menor, en comunicación con el programa “Tempranísimo”, emitido por canal GEN-Nación Media.
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Mencionó que por el momento no hay fecha para el juicio oral y público para la doctora Laura Sena por presunto homicidio culposo y esperan la comunicación oficial sobre el inicio, e insistió en que la Fiscalía tiene suficientes pruebas sobre lo ocurrido con el niño.
Angulo indicó que el sanatorio Migone también tiene responsabilidad en el hecho al contratar a la acusada, la doctora Laura Sena, quien en ese momento todavía no era pediatra y recibió la certificación un mes después del deceso del menor por un presunto caso de negligencia.
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“El sanatorio contrata como pediatra a la doctora Laura Sena cuando todavía no era. La responsabilidad claramente también la tiene el sanatorio Migone. También se ve en los videos que no había elementos para auxiliar a mi nieto, inclusive se ve a un licenciado que ni siquiera sabe dónde está el aspirador”, agregó la abuela.
El juez Yoan Paul López resolvió que la médica Laura Sena deberá enfrentar juicio oral y público por presunto homicidio culposo por la muerte del pequeño Renato, ocurrida el 20 de agosto del 2019 en el sanatorio Migone de Asunción, donde los familiares del niño acudieron para la atención médica correspondiente.
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Extracción de datos a Vinicius y testificales marcan la etapa final en el caso Giuzzio
La agente fiscal Verónica Valdez indicó que el juicio oral y público contra el exministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, acusado por cohecho pasivo agravado por su presunto vínculo con el capo narco brasileño Marcus Vinicius Espíndola Marqués de Padua, seguirá el próximo 3 de noviembre. Este lunes se realizó la presentación de evidencias que para el Ministerio Público no guardan relación con la causa judicial.
“Hoy se produjeron las evidencias que fueron incautadas de la casa de Giuzzio que estaban pendientes. El Ministerio Público no consideró hacer resaltos con respecto a estas evidencias y la defensa sí leyó la parte que le pareció pertinente”, indicó al canal GEN y Universo 970 AM. Valdez agregó que “fueron evidencias documentales encontradas y que la defensa consideró hacer resaltos. Son documentos que para el Ministerio Público no tienen vinculación con el hecho”.
Refirió que la próxima audiencia se encuentra fijada para el 3 de noviembre a partir de las 8:15, donde se procederá a escuchar las declaraciones de más testigos pendientes. “Por parte del Ministerio Público están pendientes a dar declaración seis testigos, pero nosotros vamos a evaluar si desistiremos de algunos y después faltan los testigos de la defensa”, comentó.
La agente mencionó también que otro paso fundamental en la etapa final del juicio público se centra en la extracción de datos pertenecientes a los dispositivos electrónicos de Marcus Vinicius. “Se tiene que producir la extracción de datos del señor Vinicius”, puntualizó.
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Antecedentes
La acusación contra Giuzzio fue presentada el 16 de agosto del 2023 por los fiscales anticorrupción Diego Arzamendia y Jorge Arce, quienes sostienen que el exfuncionario del gobierno de Mario Abdo Benítez tenía pleno conocimiento de las intenciones de Marcus Vinicius de obtener contratos con el Estado paraguayo, concretamente con el Ministerio del Interior, institución que Giuzzio lideraba hasta febrero del 2022.
La Fiscalía construyó su hipótesis conforme a supuestas conversaciones vía WhatsApp que fueron anexadas a la documentación de la causa, concluyendo que dichas evidencias exponen que hubo más de un encuentro entre Giuzzio y Marcus Vinicius. Entre las pruebas presentadas por los agentes fiscales se menciona también que el exsecretario de Estado usó una camioneta del capo narco para vacacionar en Brasil entre diciembre del 2021 y enero del 2022.
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Fiscalía inicia proceso contra camionero por homicidio culposo tras atropellar a adolescente
Ciudad del Este. Agencia Regional.
La fiscal Cinthia Leiva Cardozo, de la Unidad Penal N.º 2 de Ciudad del Este, inició un proceso penal contra un camionero por el supuesto hecho punible de homicidio culposo, tras un accidente de tránsito en el que falleció un adolescente de 17 años.
Se trata de Carlos Mendoza Duarte, de 67 años, quien estaba al mando de un camión de gran porte, marca Volvo, semirremolque, chapa BCV 378.
El hecho ocurrió el 17 de octubre, alrededor de las 09:20, sobre la calle Cristhopher Quintana, en el sector Kuwait del barrio San Miguel, en Ciudad del Este.
De acuerdo al hecho de investigación, en la fecha citada, el conductor perdió aparentemente el control del tracto-camión al producirse un aparente desperfecto en el freno de aire que no dio la suficiente presión y el camión se encontraba en una pendiente por la que circuló sin control hasta embestir contra todo lo que encontraba en su camino.
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El adolescente de 17 años que caminaba por la vía pública fue una víctima fatal del camionero, cuyo vehículo también embistió a una motocicleta y tres automóviles estacionados en el sitio hasta terminar incrustado por una vivienda, según el escrito de imputación al camionero.
La médica forense, doctora Tania Morínigo, determinó que el menor falleció a causa de un traumatismo craneoencefálico severo. Por su parte, la prueba de alcotest practicada al conductor arrojó resultado negativo.
Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público figuran el informe policial, las actas del procedimiento y del levantamiento del cuerpo, el certificado de defunción y el resultado del alcotest.
La fiscal solicitó la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva para el conductor, sujetas al cumplimiento de reglas de conducta, como la comparecencia periódica ante el Juzgado Penal de Garantías, la prohibición de salir del país y el pago de una caución.
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Juzgado admite acusación y eleva a juicio oral el caso de invasión de la Estancia Pindó
Tras catorce años de investigación, el juez penal de Garantías, Marcos Giménez Rivas, de Curuguaty, resolvió elevar a juicio oral y público la causa contra Jorge Mercado Méndez, por la invasión de inmuebles de la Estancia de la Agroganadera Pindó S.A., en Canindeyú. El magistrado también rechazó los cinco planteamientos de la defensa y dispuso mantener la prisión preventiva del acusado.
Mediante el Auto Interlocutorio N.º 720, de fecha 14 de octubre de 2026, el magistrado resolvió elevar a juicio oral y público la causa seguida contra Mercado Méndez, identificado en la investigación como uno de los principales dirigentes del asentamiento Joaju – Primero de Marzo, instalado dentro de las propiedades de Estancia Pindó.
La decisión fue adoptada luego de la audiencia preliminar donde el Ministerio Público y la querella adhesiva ratificaron sus respectivas acusaciones y solicitaron que los hechos fueran sometidos al juzgamiento de un Tribunal de Sentencia.
Juzgarán tres hechos punibles
De acuerdo a la resolución judicial, se admitió íntegramente el Requerimiento de Acusación Fiscal N.º 108/2026, presentado el 12 de agosto de 2026 por el agente fiscal Juan Daniel Benítez Miranda, así como la acusación promovida por Agroganadera Pindó S.A., representada por su abogada querellante, Eva Margarita Colmán Adorno.
En consecuencia, Jorge Mercado Méndez deberá afrontar el juicio por la presunta comisión, en carácter de autor, de los siguientes hechos punibles:
- Invasión de inmueble ajeno, artículo 142 del Código Penal, modificado por la Ley N.º 6830/2021.
- Asociación criminal, artículo 239 del Código Penal.
- Detentación ilegal de arma de fuego, artículo 260 de la Ley N.º 7411/2024.
La admisión de estas acusaciones significa que los tres hechos punibles serán objeto de debate ante el Tribunal de Sentencia, sin que ello implique todavía una declaración de culpabilidad.
Rechazos para la defensa
Uno de los aspectos más relevantes de la resolución judicial es el rechazo de la totalidad de los planteamientos formulados por los abogados defensores de Mercado Méndez, quienes pretendían cuestionar distintos aspectos de la acusación e impedir o limitar su elevación a juicio.
El juzgado rechazó la excepción de incompetencia territorial, el cuestionamiento sobre la aplicación temporal de la Ley N.º 6830/2021, la objeción contra la acusación por asociación criminal, el planteamiento relativo a la detentación ilegal de arma de fuego y las observaciones sobre la identificación de los inmuebles afectados.
El magistrado consideró que los argumentos expuestos no constituían impedimentos procesales suficientes para excluir los hechos de la acusación ni para impedir la prosecución de la causa. Asimismo, estableció que las controversias relativas a la conducta atribuida, la valoración de las pruebas y la determinación de la responsabilidad penal deberán ser examinadas durante el juicio oral y público.
Presunto liderazgo en el asentamiento
Cabe recordar que la investigación inició tras las denuncias presentadas por representantes de Agroganadera Pindó S.A., por la ocupación de sus propiedades rurales. Según informes policiales, en los inmuebles se habrían establecido asentamientos permanentes, con estructuras de vigilancia y mecanismos de control de acceso que presuntamente impedían el ingreso de autoridades y representantes de los propietarios.
La Fiscalía atribuye a Jorge Mercado Méndez funciones de dirección, liderazgo y coordinación dentro del asentamiento Joaju–Primero de Marzo, cuya comisión directiva habría presidido desde abril de 2014. Un relevamiento de la Policía Nacional realizado en septiembre de 2025, registró aproximadamente 450 viviendas en los asentamientos investigados.
Actualmente, el acusado continuará recluido en el Centro Penitenciario de Reinserción Social Martín Mendoza, de Emboscada, quedando a disposición del Tribunal de Sentencia de Saltos del Guairá; conforme a lo dispuesto por el juez penal de Garantías, Marcos Giménez Rivas.
Al respecto, la abogada Margarita Colmán señaló que para la Agroganadera Pindó S.A., la decisión judicial constituye un avance significativo después de más de catorce años de actuaciones vinculadas con la ocupación de sus propiedades. Durante este prolongado proceso, la empresa sostuvo sus denuncias y ejerció las acciones judiciales correspondientes para obtener el esclarecimiento de los hechos y la determinación de las responsabilidades penales.
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El uso de pantallas cambia después de los 5 años: cuándo y dónde poner límites
El pediatra Ricardo Iramain recomienda establecer límites claros para el uso recreativo de dispositivos entre los 6 y 12 años y pone especial énfasis en evitar celulares y tablets en el dormitorio antes de dormir.
A medida que los niños crecen, la discusión sobre el uso de pantallas deja de centrarse únicamente en cuánto tiempo pasan frente a ellas. Después de los 5 años, también adquieren importancia el momento y el lugar en que se utilizan, especialmente durante la noche.
El también docente y conferencista, con más de 30 años de experiencia, señala que entre los 6 y 12 años una referencia general es limitar a unas dos horas diarias el uso recreativo de dispositivos, siempre acompañado de reglas claras.
Dentro de este grupo etario, el especialista pone el foco en la preadolescencia, particularmente en los niños de 8, 9 y 10 años, una etapa que, según explica, actualmente comienza cada vez más temprano.
El problema de llevar el celular a la habitación
Uno de los principales llamados de atención de Iramain está relacionado con el uso de pantallas antes de dormir. Según explica, estudios en los que se compararon grupos de niños que llevaban dispositivos a sus habitaciones con otros que no lo hacían encontraron una mayor frecuencia de dificultades para dormir entre quienes tenían acceso a las pantallas durante la noche.
El especialista sostiene que la exposición a la luz de las pantallas puede retrasar el inicio del sueño profundo hasta 40 minutos, y por eso plantea una regla concreta para las familias: las pantallas deben quedar fuera del dormitorio y desconectarse al menos una hora antes de ir a dormir.
La recomendación no se limita al celular. También abarca tablets y otros dispositivos que puedan convertirse en parte de la rutina nocturna de los niños. “El sueño es el motor, es el combustible de las actividades del día a día”, señala Iramain, al remarcar la importancia de proteger el descanso durante esta etapa del desarrollo.
Con adolescentes, conversar antes que imponer
Para los adolescentes, el especialista plantea un enfoque diferente. En lugar de centrar la relación con la tecnología únicamente en prohibiciones, recomienda persuadir en lugar de imponer y mantener una conversación cotidiana con ellos.
La participación de los padres también resulta fundamental para establecer hábitos saludables. En ese sentido, las reglas sobre el uso de dispositivos requieren acompañamiento y coherencia dentro del hogar.
El objetivo, según la mirada del pediatra, no es solamente controlar el tiempo frente a una pantalla, sino evitar que su uso interfiera con una actividad esencial para los niños: dormir adecuadamente y llegar descansados a las actividades del día siguiente.