El Tribunal de Apelación integrado por los camaristas José Agustín Fernández, Arnulfo Arias y Gustavo Auadre hizo lugar a la extinción de la acción penal contra el exsenador colorado Óscar González Daher debido a que el mismo falleció. El presente fallo es en el marco de la condena de dos años con suspensión de la ejecución de la pena por la filtración de audios en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Asimismo, el colegiado anuló parcialmente el fallo dictado en primera instancia y dispuso que el exsecretario del JEM y el abogado Carmelo Caballero enfrenten nuevamente un juicio oral y público por los hechos punibles de tráfico de influencias y asociación criminal. También se ratificó la absolución de culpa y pena del exsenador Jorge Oviedo Matto.
Te puede interesar: Ratifican competencia del juez Humberto Otazú en el proceso penal de Hugo Javier
Ahora la defensa de Caballero puede recurrir a la Corte Suprema de Justicia buscando anular las sentencias de primera y segunda instancia, respectivamente.
El tribunal de sentencia en mayoría conformado por los jueces Juan Carlos Zárate, María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro habían sentenciado a dos años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena a González Daher, mientras que el abogado Caballero fue sentenciado a 1 año y 8 meses con suspensión de la ejecución de la pena y Raúl Fernández Lippman fue condenado a dos años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena.
Podés leer: Ratifican condena para supuestos caseros del diputado Tomás Rivas
Dejanos tu comentario
Cámara confirma condena a tres expolicías por torturas
Un Tribunal de Apelación de Asunción confirmó las sentencias condenatorias de tres expolicías del régimen de Alfredo Stroessner, hallados culpables de someter a torturas físicas y psicológicas a Domingo Rolón, quien estuvo preso por motivos políticos entre 1976 y 1978. Eusebio Torres y Fortunato Laspina fueron condenados a 25 años de prisión, mientras que Manuel Alcaraz recibió una pena de 20 años.
La Cámara de Apelación consideró que las penas son proporcionales a la gravedad de los hechos y al grado de reprochabilidad de los autores. Asimismo, sostuvo que los condenados eran funcionarios públicos encargados de la seguridad y que las sanciones responden a criterios de prevención. Además, señaló que no existen elementos de desproporcionalidad o arbitrariedad en la sentencia de primera instancia.
Te puede interesar: Santa Rosa del Monday: candidato a concejal sufre violento asalto domiciliario
Respecto a la tortura y su imprescriptibilidad, la resolución señala que el Estado tiene la obligación de investigar crímenes atroces y evitar que queden impunes. La Cámara sostuvo que aplicar este criterio no constituye una aplicación retroactiva en perjuicio de los acusados
Durante el juicio se tuvo por probado que los tres participaron en las torturas sufridas por Rolón en el Departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital. La víctima, fallecida en 2024, fue sometida a golpes con garrote, látigo y otros objetos. Entre las pruebas valoradas se destacó el testimonio de Carlos Casco, quien también fue torturado y señaló a los tres condenados como responsables
Según el tribunal, los métodos de tortura fueron utilizados para obtener información sobre las Ligas Agrarias y otras organizaciones políticas críticas al régimen de Alfredo Stroessner. Domingo Rolón fue detenido tras ser traído desde Formosa por portar documentos no auténticos. Llegó a Asunción en el baúl de un vehículo y permaneció como preso político hasta 1977; posteriormente, fue trasladado a Emboscada, donde permaneció hasta 1978.
Podes leer: Familiares exigen justicia tras brutal golpiza a un pescador con discapacidad
Dejanos tu comentario
Defensa de Óscar Boidanich solicitó ratificar su absolución
La defensa del extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, solicitó al Tribunal de Apelación ratificar íntegramente su absolución de culpa y pena. Boidanich había sido juzgado por el supuesto delito de frustración de la persecución penal en el caso del empresario Dario Messer. Los abogados defensores, Claudio Lovera y César Alfonso, contestaron la apelación presentada por los agentes fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Verónica Mayor y Fernando Meyer, quienes habían recurrido ante el tribunal de alzada la determinación adoptada inicialmente por un Tribunal de Sentencia.
La defensa de Boidanich sostiene que la decisión de primera instancia debe ser confirmada porque nunca se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados en nuestro país y a eso se le agrega que dicho fallo ya está firme en la Corte.
Del mismo modo, la defensa de Boidanich sostiene que el Ministerio Público pretende de manera irregular que la Cámara de Apelación revalore pruebas testimoniales y documentales, algo prohibido por la norma y más en segunda instancia.
Te puede: Detienen a mujer armada que intentó entrar a la fuerza a Urgencias ver a Hugo Javier
Absolución de culpa
Un Tribunal de Sentencia absolvió de forma unánime de culpa y pena al extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, quien fue juzgado por frustración de la persecución y ejecución penal en el caso del empresario Darío Messer.
Los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos concluyeron que las acciones atribuidas por la Fiscalía no se adecuan a ningún hecho punible. Asimismo, el colegiado señaló que el Ministerio Público no logró demostrar que la actuación del acusado impidiera la investigación contra Messer o frustrara el comiso de sus bienes. Por el contrario, ambos resultados se concretaron: el empresario fue imputado y sus activos fueron incautados.
Los magistrados explicaron que, al tratarse de un hecho punible de resultado, la Fiscalía debía probar que la conducta de Boidanich evitó de forma directa el proceso penal o el comiso. Al no suceder esto, la acusación quedó sin sustento y sin argumento. Los jueces de sentencia evidenciaron las falencias del Ministerio Público. Estos argumentos de los jueces evidenciaron que la acusación respondió a una estrategia mediática de ciertos medios de comunicación para perjudicar al Boidanich.
Durante el juicio oral, funcionarios de la Seprelad declararon que Boidanich nunca ordenó retener ningún reporte; por el contrario, se le dio la celeridad correspondiente. Finalmente, se demostró que el informe de la institución fue entregado al Ministerio Público, que lo utilizó como base para sustentar la imputación contra Darío Messer, garantizando además que el documento nunca se filtrara.
Podes leer: CDE: incautan 25 minadoras de criptomonedas en la zona ribereña del río Paraná
Dejanos tu comentario
Ratifican juicio oral para Thiago Gorostiaga por coacción sexual y violación
El Tribunal de Apelación, integrado por los camaristas Paublino Escobar, Arnulfo Arias y Arnaldo Fleitas, ratificó que Thiago Gorostiaga, exalumno de un prestigioso colegio de Asunción, enfrentará un juicio oral por los delitos de coacción sexual y violación. De esta manera, se confirma la determinación adoptada por el juez penal de Garantías, Raúl Florentín. Los integrantes del Tribunal de Alzada decidieron ratificar la resolución del magistrado, quien primero rechazó varios incidentes, como el cambio de calificación, y luego elevó a juicio el presente proceso penal.
Ahora se deberá sortear a los integrantes del Tribunal de Sentencia que tendrán a su cargo juzgar los graves delitos imputados a Gorostiaga. Actualmente, el acusado cumple arresto domiciliario con el uso de tobillera electrónica, tras haber violado inicialmente dicha medida cautelar. El Ministerio Público cuenta con suficientes elementos probatorios para debatir en el juicio oral y demostrar la responsabilidad del procesado en el suceso registrado. La misma posición sostiene la querella adhesiva, representada por el abogado Santiago Lovera.
Te puede interesar: San Lorenzo: abren sumario e investigan a PMT por presunta coacción a una joven
Alegatos finales en el primer juicio oral
Este martes continuará el juicio oral contra el exalumno del prestigioso colegio de Asunción, quien está sentado en el banquillo de los acusados por supuesto abuso sexual en personas indefensas. Durante la jornada, la Fiscalía presentará sus alegatos finales, es decir, solicitará los años de cárcel para el procesado.
Del mismo modo, la querella adhesiva, representada por el abogado Ricardo Preda, presentará sus alegatos finales, al igual que la defensa del acusado. Luego, el Tribunal de Sentencia, integrado por Lourdes Garcete, Juan Ortiz y Manuel Aguirre, ingresará a deliberar lo que será la sentencia de primera instancia.
Tercer caso
Igualmente, el exalumno enfrenta un tercer proceso penal por abuso sexual tras supuestamente haber manoseado a una víctima, caso cuyo juicio oral y público ya fue fijado para el próximo año.
Podes leer: Fiscalía y Policía desbaratan un supuesto aguantadero con arsenal en Presidente Franco
Dejanos tu comentario
Tribunal autorizó allanamiento de reserva natural Pikyry por supuesto delito ambiental
Ciudad del Este. Agencia Regional.
La Cámara de Apelaciones de Alto Paraná revocó el rechazo de una orden de allanamiento dictada por el Juzgado Penal de Garantías de Hernandarias, en el marco de una causa por supuesto hecho punible contra el medio ambiente, previsto en la Ley 716/96. Se trata de la reserva natural Pykyry, de Itaipú Binacional, ubicada en el distrito de Santa Fe del Paraná.
En el inmueble habrían ingresado personas ajenas a la entidad binacional y cometido supuestos delitos ambientales. La apelación había sido presentada por la fiscal de Medio Ambiente, Zunilda Ocampos.
El Tribunal de Apelación, Primera Sala, declaró admisible el recurso de apelación general presentado por la Fiscalía contra el auto interlocutorio N.º 170, del 17 de febrero de 2026, y resolvió revocar dicha decisión, autorizando el allanamiento en un inmueble ubicado en el distrito de Santa Fe del Paraná.
Puede interesarle: Niño vivió con miedo durante 5 años: pediatra descubrió violencia de su niñera
La resolución judicial está sustentada en la existencia de presuntas intervenciones de gran magnitud dentro de una zona declarada reserva natural. Entre los hechos denunciados figuran la eliminación total de la cobertura vegetal, la remoción del suelo y la apertura de caminos internos en el área protegida.
La medida judicial permite el allanamiento de forma limitada al inmueble identificado, con el objetivo de posibilitar las diligencias investigativas y la eventual recolección de evidencias vinculadas al presunto daño ambiental.
La decisión fue adoptada por mayoría de votos de los camaristas Nilda Estela Cáceres Díaz y Alba Angelina Meza Ávalos, mientras que el magistrado Raúl Insaurralde votó en disidencia. Finalmente, el Tribunal dispuso la devolución del expediente al juzgado de origen para la prosecución de las diligencias correspondientes dentro del proceso investigativo.