Se inició cuarto juicio contra exintendente de Lambaré por lesión de confianza
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Se inició un nuevo juicio oral y público contra el exintendente de Lambaré, Roberto Cárdenas, por la supuesta comisión del hecho punible de lesión de confianza en cuanto al manejo de pagos del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide) en la ejecución de obras y reparaciones de colegios.
El Ministerio Público así como la defensa de los acusados expusieron los alegatos iniciales ante el Tribunal de Sentencia. En ese sentido los fiscales Teresita Torres, Luis Said y Carina Sánchez acusaron a Cárdenas y otros funcionarios de la comuna de poner en peligro la vida de estudiantes secundarios que utilizarían las construcciones en cuestión.
El exjefe comunal afronta su cuarto juicio oral y público por hechos punibles que se les atribuyeron durante su administración en el municipio lambareño. Esta investigación fiscal se realizó a raíz del derrumbe de un techo del aula del Colegio Nacional de Lambaré, situación ya debatida en otro juicio oral, pero permitió identificar otros hechos nuevos.
También están acusados el exdirector administrativo Guido Salcedo, el exjefe de Obras de la municipalidad, Carlos Mendieta y el empresario del sector de la construcción, Alejandrino Duarte Centurión, en calidad de cómplice por lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción, quien había realizado obras en 4 centros educativos.
En dicho periodo, la Municipalidad de Lambaré había recibido fondos del Fonacide para ser utilizados en la mejora de la educación y en las mejoras edilicias de las instituciones de la comunidad, en el periodo comprendido entre diciembre del 2012 hasta diciembre del 2013.
En su carácter de intendente de Lambaré, Cárdenas realizó transferencias a 14 instituciones educativas y a la Supervisión de Control administrativa de la ciudad. Fueron realizadas de manera discrecional para ser beneficiadas aparentemente con los fondos.
Asimismo, las empresas constructoras fueron seleccionadas de manera discrecional por el intendente y por el director administrativo Guido Salcedo. Los mismos habrían violado toda la normativa existente justamente para desarrollar o autorizar estos fondos del Fonacide. Cabe decir que el pasado viernes 17 debía iniciarse el juicio oral, pero fue suspendida por el Tribunal de Sentencia a pedido de la defensa técnica.
El Ministerio Público pidió a la Cámara de Apelación que ratifique íntegramente la resolución judicial que elevo a juicio el caso de un padre acusado por abuso sexual. Foto: CMG/NM
Fiscalía pidió ratificar juicio oral contra hermano de una agente fiscal
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La fiscala Andrea Ríos Dos Santos solicitó al Tribunal de Apelación de San Lorenzo —integrado por Ana Orrego, Dionicio Nicolás Frutos y Gustavo Bóbeda— que ratifique íntegramente la resolución que elevó a juicio oral y público el proceso penal por abuso sexual en niños, cuyo presunto autor es el hermano de una representante del Ministerio Público.
Ríos Dos Santos contestó la apelación presentada por la defensa del acusado, la cual pretende introducir como prueba un test de credibilidad que ya fue rechazado en el Juzgado de Garantías y cuya exclusión ya fue confirmada por la Cámara de Apelación de Central.
El expediente se encuentra en manos de los camaristas desde hace dos meses sin que hasta el momento se haya dictado una resolución, lo que genera sospechas sobre presuntas maniobras para intentar favorecer al procesado. Ante esto, se espera que la justicia actúe conforme a derecho.
La Fiscalía sostiene que la prueba propuesta no es necesaria, debido a que el Tribunal de Sentencia está plenamente facultado para valorar de forma directa los elementos introducidos al juicio, escuchar a los profesionales intervinientes y resolver las objeciones planteadas por las partes.
Asimismo, argumenta que tampoco resulta útil una pericia cuyo objeto sea volver a valorar medios probatorios ya existentes, puesto que no aportaría un conocimiento técnico autónomo sobre un hecho determinado, sino una simple opinión sobre el mérito de otras pruebas.
Finalmente, el Ministerio Público sostiene que el pedido de la defensa es excesivo, ya que supone una nueva evaluación general de las actuaciones practicadas, sin delimitar concretamente qué aspecto científico requiere aclaración ni qué insuficiencia técnica pretende subsanar.
Por lo tanto, corresponde confirmar el auto de apertura a juicio oral y público, rechazando la pretensión de la defensa.
Acusación
El Ministerio Público presentó una contundente acusación contra el procesado, arrimando un total de 62 elementos probatorios recolectados durante la etapa investigativa. Asimismo, ofreció la declaración de 21 testigos para el juicio oral.
La Fiscalía sostiene que “la hipótesis fáctica se sostiene con todos los elementos colectados a lo largo de la investigación, los cuales se encuentran agregados al cuaderno de investigación fiscal”.
Entre estas pruebas se destacan declaraciones testificales, un diagnóstico médico, contención psicológica con relato del hecho, informes psicológicos, la Cámara Gesell, un informe fonoaudiológico, un informe psicopedagógico inicial y un perfil neurocognitivo.
Jueza impondrá medidas para fisioterapeuta imputado por supuesto abuso
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La jueza Lici Sánchez fijó para el mediodía de este martes 8 de setiembre la audiencia de imposición de medidas para el fisioterapeuta Santiago Luis Guillermo Capello, de 42 años, quien se presentó ayer alrededor de las 10:45 en compañía de sus abogados ante la Comisaría 4.ª de Lambaré, donde fue detenido, tras dictarse orden de su captura en la imputación por presunto abuso sexual en niños con discapacidad.
“Se apersonó hasta la oficina de guardia poniéndose a disposición. Al verificar su cédula de identidad, nos salta que el mismo cuenta con dos órdenes de detención, una de la Unidad Fiscal y otra del Juzgado Penal”, comentó la comisaria Alicia Fernández a NPY. Entre las supuestas víctimas del acusado se hallan tres menores de 10, 7 y 5 años, de acuerdo a la denuncia presentada ante la Fiscalía.
Sobre el acusado pesaban dos órdenes vigentes: una detención dictada por el Ministerio Público a fines de julio y una declaración de rebeldía emitida la semana pasada por el Juzgado Penal de Garantías. El 4 de septiembre, el Juzgado Penal de Garantías n.° 5 había resuelto no hacer lugar a la impugnación presentada por su defensa, confirmó la rebeldía y orden de captura en contra del hombre de 42 años.
Los presuntos abusos habrían ocurrido dentro de una clínica privada de Asunción durante sesiones de rehabilitación, aprovechándose de la indefensión de sus víctimas. A la par, desde el Ministerio de Salud confirmaron que la clínica donde prestaba servicios fue verificada y que los responsables iniciaron los trámites para desvincular al profesional de la institución.
El exgobernador de Central Hugo Javier González habría recibido una supuesta agresión física en el sanitario del Centro Nacional de Prevenidos en Tacumbú. Foto: Pánfilo Leguizamón
Caso Hugo Javier: Fiscalía revisará cámaras del baño tras grave episodio
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La Fiscalía revisará las cámaras de vigilancia para llegar a la verdad sobre lo acontecido en la cárcel donde se encuentra privado de libertad el exgobernador de Central, Hugo Javier González, quien habría sufrido una supuesta agresión física. El agente asignado a la investigación es el fiscal Luis Chamorro, quien informó que Hugo Javier fue encontrado ayer domingo en el baño alrededor de las 23:00.
Según explicó, el exgobernador habría ingresado al lugar con un compañero de celda y posteriormente fue hallado tendido en el piso. El representante del Ministerio Público señaló que analizarán las imágenes de seguridad para determinar qué ocurrió.
También mencionó que la luz del recinto estaba apagada. Del mismo modo, el fiscal indicó que convocará a los guardias de turno para que presten declaración sobre lo sucedido y añadió que aguarda un informe médico completo sobre el estado de salud del condenado.
En principio, el director del Hospital de Barrio Obrero, Adán Godoy, había dicho que Hugo Javier sufrió un accidente cerebrovascular (ACV); sin embargo, esa posibilidad fue desmentida por el médico forense.
Posteriormente, el juez de ejecución Carlos Mendoza ordenó una inspección médica en la unidad de terapia del Hospital Nacional de Itauguá, donde el exgobernador fue intervenido de urgencia debido a un traumatismo craneoencefálico.
De acuerdo con los reportes, la cirugía resultó exitosa, pero el condenado permanecerá en cuidados intensivos.
Igualmente, el doctor Miguel Ferreira del Hospital Nacional de Itaugua señaló que están queriendo precisar el origen del trauma, aunque no se descarta que haya sufrido un ACV, según dijo.
Este lunes se desarrolló una nueva jornada de juicio en contra de Miguel Prieto y sus excolaboradores por lesión de confianza y asociación criminal. Foto: Matias Amarilla
Tía Chela: tribunal desestima a titular de la DNCP y admite a testigos de la defensa
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El tribunal de Sentencia conformado por las juezas especializadas en Delitos Económicos, Ana Rodríguez Brozón, Karina Cáceres y Yolanda Morel, dio continuidad este lunes al juicio oral y público contra el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. El tribunal definió sobre los incidentes planteados tanto por el Ministerio Público, parte acusadora, como de la defensa de Prieto y los demás acusados en el caso conocido como Tía Chela.
La acusación es por lesión de confianza y asociación criminal tras el presunto desvío de G. 2.949.650.000 de las arcas municipales con la distribución de kits de alimentos en época de la pandemia, por parte de la Municipalidad de Ciudad del Este, cuando Prieto era intendente.
Incidentes planteados por el Ministerio Público
Uno de los incidentes planteados por la Fiscalía es una nota del 28 de marzo del 2020, que ya se encontraba en la carpeta fiscal, en este caso se presentó el pedido de solicitar informes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), la Contraloría General de la República (CGR) y la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (Dnit), sobre el cambio de productos incluidos en el kit de alimentos.
“El tribunal, al haber constatado la existencia de la referida nota, que ya obraba en la carpeta fiscal, no se configura en la circunstancia de hecho nuevo invocado por el Ministerio Público como fundamento de su petición. En consecuencia corresponde rechazar la inclusión de los informes solicitados”, fue la respuesta del tribunal.
Agrega que, “no obstante, si en el transcurso del debate el Tribunal considera necesario de contar con algunos de los dichos informes, pueda disponer la solicitud de los mismos conforme a las facultades que le confiere el artículo 394 del Código Procesal Penal, como medida de mejor proveer”.
El Tribunal de Sentencia resolvió sobre los incidentes presentados por la Fiscalía y la defensa. Foto: Matias Amarilla
Declaración testimonial de Agustín Encina
El tribunal también se expidió sobre el pedido de incluir la declaración testifical del director de la DNCP, Agustín Encina. “Debe señalarse que la prueba testimonial tiene por objeto incorporar al juicio el conocimiento que una persona posee respecto a hechos o circunstancias que ha percibido y que guarda relación con el objeto del proceso. Este tribunal advierte que el Ministerio Público no señaló concretamente hecho u objeto del presente juicio había conocido el señor Agustín Encina, ni que el mismo haya tenido intervención directa en las circunstancias fácticas contenidas de la acusación”, mencionan.
Mientras tanto, el tribunal señala que “al fundamentar su pedido el Ministerio Público sostuvo que su declaración resulta necesaria por tratarse de un testigo calificado y experto que podría responder consultas sobre la pertinencia de la nota del 28 de marzo del 2020 sobre su regularidad o irregularidad y explicar si resulta factible ese tipo de procedimientos en materia de contrataciones públicas. Se rechaza dicha incidencia”.
Incidentes planteados por la defensa
Sobre la inclusión probatoria de 28 enlaces o links correspondientes a publicaciones realizadas en redes sociales que habían sido ofrecidas durante la audiencia preliminar y que no habían sido admitidas por el juzgado penal de Garantías, correspondientes a publicaciones y registros audiovisuales vinculados, entre otros aspectos con la adquisición, preparación y entrega de los kits de alimentos y publicaciones de medios periodísticos, el tribunal considera que corresponde diferir sobre su resolución.
Miguel Prieto y sus excolaboradores están acusados por lesión de confianza y asociación criminal. Foto: Matias Amarilla
Inclusión de testigos
La defensa dividió la solicitud en dos grupos, el primer grupo cuatro personas, “se sustentó en hechos nuevos señalando que dichas personas fueron localizadas pocos días antes del inicio del juicio, las mismas se encuentran individualizadas entre las 25 personas mencionadas en el informe y sus declaraciones permitirían establecer si se recibieron los kits de alimentos, si las firmas obrantes en las planillas les pertenece, y dónde residía al momento de los hechos, así como confrontar tales circunstancias con el contenido del informe”.
Por lo que el tribunal definió que “sus testimonios pueden resultar útiles para el esclarecimiento de los hechos y para la elaboración del elemento probatorio, razón por la cual corresponde admitirlos”. De igual manera admitió los 56 testigos, ofrecidos por la defensa en un segundo grupo, que no fueron admitidos por el juzgado penal de Garantías, fueron seleccionados de una nómina de 126 personas, afectadas a la preparación y distribución y entrega de los kits de alimentos en distintos.
“Será durante el debate del juicio cuando podrá determinarse si resulta necesaria la declaración de los testigos admitidos, pudiendo prescindirse de aquellos cuyos testimonios resulten repetitivos o sobreabundante”, definió el tribunal.
Por otra parte, el tribunal resolvió no hacer lugar al pedido de la defensa, de utilizar las redes sociales del exintendente para la transmisión del juicio, argumentando que los canales institucionales de la Corte y los diferentes medios de comunicación ya están transmitiendo cumpliendo el principio de publicidad.