Un Tribunal de Sentencia, conformado por los magistrados Héctor Escobar, Wilfrido Peralta y Sandra Farías, condenó a Aníbal Vera a 18 años de cárcel; al expolicía Carlos Figueredo, a 13 años de pena privativa de libertad, y a 11 años a Héctor López, tras ser hallados culpables por el delito de narcotráfico.
El fiscal del presente caso fue Eduardo Royg, quien luego de un trabajo de inteligencia realizado por agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) logró la detención de los hoy condenados. Los mismos fueron detenidos cuando estaban trasladando una carga de 4.222 kilos de marihuana desde San Pedro a Itapúa.
La carga iba en un camión tipo tumba y una camioneta estaba actuando de “puntero o campana” para dar aviso en caso de que por el camino hubiera control policial o de la Senad. Sin embargo, en Moisés Bertoni se detuvo al citado camión. La droga estaba oculta debajo de la piedra triturada, pero gracias al trabajo de inteligencia se pudo detectar el cargamento.
Ahora la defensa de los condenados tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y, en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que tendrá la última palabra para decidir si ratifica la condena o anula y dispone que se realice un nuevo juicio oral y público.
Podés leer: Gobernación de Central: integran a dos fiscales al equipo de investigación
Dejanos tu comentario
Golpe al narcotráfico: detienen a dos personas y se incautan más de 72 kilos de marihuana premium
Este miércoles, agentes antinarcóticos de la Policía Nacional interceptaron un vehículo en Fernando de la Mora en el que llevaban varios kilos de marihuana premium y detuvieron a dos personas. La droga de alta pureza estaba fraccionada al vacío lista para la entrega, pero hasta el momento se desconoce qué destino tenía.
La incautación se desarrolló dentro del operativo Sumar por agentes antinarcóticos de la División Regional n.º 11 del departamento Central y bajo la coordinación del agente fiscal de la Unidad Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico, Ranulfo Venialgo, quien ordenó la detención de las personas.
El procedimiento se desarrolló sobre la avenida Mariscal Estigarribia en su intersección con Zavala Cué. Allí los agentes interceptaron este automóvil de la marca Toyota modelo Ractis de color gris que ya estaba siendo investigado. En el mismo iban el conductor en compañía de una mujer.
Lea también: Feria Palmear Edición Taiwán: calle Palma se llena de cultura y gastronomía
Los detenidos fueron identificados como Nidia Montserrath Ortiz Benítez, de 21 años, quien conducía el rodado y Primitivo Andrés González Barrios, de 56 años. Al ser inspeccionado encontraron bolsones que estaban cargados con 72 kilos de marihuana de alta pureza conocida como skunk, fraccionada al vacío, cuyo valor en el mercado local supera los G. 288 millones.
“Es una droga de muy alto valor y tenemos información de que tenía como destino la frontera con Brasil, para que otras personas puedan hacer pasar al vecino país. Ambas personas no cuentan con antecedentes penales”, confirmó el subcomisario Lelis Báez, en entrevista con la 1020 AM.
Dejanos tu comentario
Tía Chela: tribunal advierte a Miguel Prieto que será juzgado también por estafa y otros
El Tribunal de Sentencia de Delitos Económicos —integrado por Ana Rodríguez, Karina Cáceres y Yolanda Morel— advirtió al exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, y a otros diez acusados que deben preparar sus defensas ante la posibilidad de que los hechos investigados en el caso “Tía Chela” sean calificados también como estafa y producción de documentos no auténticos.
La acusación actual corresponde a los hechos punibles de lesión de confianza y asociación criminal. La advertencia fue realizada por el colegiado durante el juicio oral por el presunto negociado en la compra de kits de alimentos para familias vulnerables durante la pandemia de covid-19, causa en la que se investiga un perjuicio patrimonial de G. 2.130.036.016 a la Municipalidad de Ciudad del Este.
Con relación a Prieto, el Tribunal de Sentencia indicó que debe preparar su defensa ante una eventual calificación de estafa en calidad de coautor y producción de documentos no auténticos en la modalidad de uso. Para los demás procesados, la advertencia contempla los mismos hechos punibles, pero con distintos grados de participación.
En la fecha, la audiencia oral prosiguió con la lectura de las pruebas documentales ofrecidas por el Ministerio Público. Por el momento, no está prevista la declaración de testigos. La Fiscalía sostiene que probará que Prieto habría causado el millonario perjuicio al encabezar un supuesto esquema de desvío de recursos municipales en el que habrían participado funcionarios de su administración.
Podes leer: Juez define si dispone prisión domiciliaria o no para Hugo Javier
Dejanos tu comentario
Condenan a 25 años de cárcel a la “Viuda Negra” de Curuguaty y a sus cómplices por sicariato
Un tribunal de sentencia condenó a 25 años de cárcel a María Liliana Velázquez Villasanti, considerada la “Viuda Negra”, tras ser encontrada culpable del homicidio de su cónyuge en calidad de autora intelectual.
En la fecha finalizó el juicio oral por el hecho de sicariato ocurrido en octubre de 2023 en Curuguaty, donde un hombre fue ultimado a tiros mientras realizaba una caminata junto a su esposa y su madre.
La investigación fiscal demostró que la propia esposa planificó y financió la muerte de su marido con la ayuda de su amante. Ante esto, el Tribunal determinó condenar a 25 años de cárcel a los tres procesados en el caso.
El suceso conmocionó a todo el departamento de Canindeyú, ya que la víctima, Alfredo Jara, era un conocido taxista y comerciante, además de hermano del presidente de la Junta Municipal de Curuguaty. El crimen se habría originado por la ambición de la mujer de quedarse con todos los bienes para luego unirse a su amante.
Asimismo, los jueces de sentencia condenaron a Rubén Darío Benítez Gómez a 25 años de pena privativa de libertad en calidad de autor material del hecho punible de sicariato; a María Liliana Velázquez Villasanti a 25 años en calidad de instigadora; y a Rubén Rodas Portillo también a 25 años por su participación como intermediario en la planificación y ejecución del delito.
Durante el juicio, el Ministerio Público acreditó que, una semana antes del crimen, Rubén Rodas Portillo contactó desde la penitenciaría a Rubén Darío Benítez Gómez para proponerle el asesinato por encargo. El 13 de octubre de 2023 se reunieron en Curuguaty y, posteriormente, mantuvieron un encuentro con María Liliana Velázquez Villasanti, quien encargó la muerte de su pareja por la suma de G. 25.000.000.
Al día siguiente, Velázquez Villasanti entregó a Benítez Gómez un adelanto de G. 10.000.000 y un chip telefónico que sería utilizado para coordinar el momento y el lugar del ataque. El 17 de octubre de 2023, alrededor de las 06:40, Benítez Gómez se trasladó hasta el lugar acordado y efectuó varios disparos contra la víctima, provocándole la muerte. Posteriormente, huyó del sitio y entregó el arma utilizada junto a otras evidencias a Rodas Portillo.
Tras la valoración de las pruebas producidas durante el juicio oral, el Tribunal de Sentencia declaró la responsabilidad penal de los tres acusados e impuso las penas de 25 años de privación de libertad.
Dejanos tu comentario
Condenan a 19 años de cárcel a un hombre encontrado culpable por abuso sexual en niños
Un tribunal de sentencia dictó la condena de 19 años de pena privativa de libertad contra un hombre hallado culpable del hecho punible de abuso sexual en niños, cuyas víctimas fueron dos menores de edad.
Durante la audiencia oral y pública, la acusación del Ministerio Público fue sostenida de manera firme por el agente fiscal Fidel Walter Castro Bogarín, de la sede fiscal de María Auxiliadora, en el departamento de Itapúa.
Durante el desarrollo del juicio oral, la representación fiscal presentó y produjo un sólido caudal probatorio compuesto por testimonios claves, informes psicológicos especializados y otros elementos científicos y periciales que permitieron acreditar de forma fehaciente tanto la existencia del hecho punible como la plena responsabilidad penal del acusado.
De acuerdo con los antecedentes recopilados en la carpeta de investigación, los abusos se perpetraron en reiteradas ocasiones a lo largo del año 2022.
La rigurosidad en la recolección de evidencias y el trabajo articulado con profesionales del área psicológica fueron determinantes para esclarecer el caso ante el órgano judicial, logrando finalmente que el Tribunal de Sentencia imponga una condena ejemplar en resguardo de los derechos de la niñez y la adolescencia.
Igualmente, la defensa del condenado tiene la posibilidad de poder apelar el fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien definirá si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o dispone que se realice un nuevo juicio oral.
Podes leer: Balística confirma: arma usada en Eusebio Ayala es del asalto en San Pedro del Paraná