La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por una persona que profesa la religión de los testigos de Jehová, que no permite la transfusión de sangre y quien había recurrido a la máxima instancia judicial para anular los fallos judiciales de primera y segunda instancia que habían ordenado que la esposa del accionante sea sometida a una transfusión de sangre.
Los ministros César Diesel, Gladys Bareiro de Módica y Eugenio Jiménez decidieron rechazar la acción planteada por la persona. Los altos magistrados concluyeron que la acción no corresponde debido a que ya se extinguió el agravio con el fallecimiento de la mujer, por lo que no se puede analizar el fondo de la cuestión.
La acción fue promovida por un hombre en representación de su esposa, en contra de la sentencia dictada el 1 de octubre del 2017, en un juicio de amparo presentado por la Facultad de Ciencias Médicas de la UNA ante el juez en lo Civil y Comercial. Este fallo fue ratificado por un tribunal de apelación del departamento Central.
El Hospital de Clínicas de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) había presentado un amparo judicial para realizar una transfusión de sangre a una mujer, quien ingresó con un cuadro grave de salud al citado centro asistencial. La mujer se negó, por lo que los médicos recurrieron a la Justicia, obteniendo una decisión favorable.
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Corte determinará si rechaza o admite acción de inconstitucionalidad sobre el caso Ypytá
La acción de inconstitucionalidad en el juicio caratulado “Ypytá Inmobiliaria Agroganadera sobre quiebras” está siendo estudiada por los ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, César Diesel, Víctor Ríos y Gustavo Santander. De acuerdo a los representantes legales de Ypytá la venta, vía juicio de quiebre, de una valiosa propiedad ubicada en Pedro Juan Caballero no reúne los requisitos legales para su admisión.
Aparentemente, los ministros Víctor Ríos y César Diesel estarían con la intención de dar trámite a la acción de inconstitucionalidad a favor de Braga Denis, quien habría adquirido de forma irregular la costosa propiedad ubicada en la capital del departamento de Amambay, y en violación de la Ley de Quiebras.
Teniendo en cuenta los propios antecedentes de la Corte, la acción planteada por Ronaldo Braga Dinis debería ser rechazada in limine, puesto que no cumple con las exigencias de admisibilidad. Cabe destacar que el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de la Capital, ya dejó sin efecto la venta irregular aprobada en primera instancia y dispuso que la propiedad sea devuelta a la firma Ypytá.
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La propiedad en litigio está ubicada en Pedro Juan Caballero y el hoy condenado exsíndico de quiebra, Blas Velázquez, regaló a precio irrisorio la propiedad, a pesar que el inmueble tiene un costo de G. 8.000 millones aproximadamente. Actualmente, en la propiedad funciona la Universidad San Sebastián.
De acuerdo a los antecedentes a este caso, el exsíndico Blas Velázquez, en su momento, fue denunciado penalmente por la firma Ypytá por la venta a costo irrisorio generando un daño patrimonial a la agroganadera. Igualmente en el Tribunal de Apelación Civil y Comercial decidió revocar las ventas ilegales y ordenó la devolución de las propiedades a Ypytá.
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Decreto que permite apoyo militar en seguridad interna es constitucional, afirma exministra
La exministra de Defensa, María Liz García, afirmó que el decreto firmado por el presidente de la República, Santiago Peña, en su carácter de comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, es legal y legítimo dentro del marco constitucional.
En una entrevista radial, en la 780 AM, indicó que ante situaciones de extrema gravedad en las que el sistema de seguridad interna resulte insuficiente, el mandatario puede disponer el empleo transitorio de elementos de combate de las Fuerzas Armadas para apoyar tareas de seguridad.
En ese sentido, destacó que uno de los aspectos más importantes del decreto es que el despliegue militar debe realizarse en un área territorial claramente delimitada y por el tiempo estrictamente necesario. Posteriormente, añadió, la Policía Nacional debe retomar el control exclusivo de la situación una vez superada la contingencia.
“Puedo decir que el decreto está conteste a esta Ley 5036 del año 2013, y un decreto del Poder Ejecutivo, en aquel entonces, el decreto 103; cuando yo en aquel tiempo estaba todavía en ejercicio ministerial; se había modificado la Ley 1337, de Defensa Nacional y Seguridad Interna”, recordó.
Explicó que hasta aquel momento, para poder movilizar a las tropas militares, el presidente de la República, que es el comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, no podía hacerlo si no era con pedido y autorización del Poder Legislativo.
La exministra García señaló que debido a las difíciles situaciones que se estaban generando, en diferentes países y también en Paraguay, con la presencia del EPP se vio que ya era insuficiente esa capacidad de reacción para poder tomar medidas correctivas, en situaciones que comprometía la vida, la liberdad, los derechos de las personas y la defensa nacional.
Señaló que con la modificación que se realizó vía decreto en el 2013, permitió al presidente de la República y comandante en Jefe en ejercicio, hacer frente a situaciones como ser un Estado de excepción, aclarando que no es nuestra condición actual, o frente a situaciones de extrema gravedad en el que el sistema de seguridad interna resulte insuficiente insisto.
Por tanto, señaló que esta modificación de la ley permitió al presidente Peña decidir el empleo de los elementos de combate de las Fuerzas Armadas, pero de manera transitoria; hasta que la Policía Nacional o en su efecto la Prefectura General Naval, puedan estar nuevamente en condiciones de hacerse cargo por sí solos de esa situación.
“Este es el documento que le ampara a esta disposición y decreto 5524 del 24 de febrero del 2026, que fue lo que dispuso el presidente de la República y comandante en jefe Santiago Peña. Absolutamente no tiene nada irregular el documento firmado, así hasta el momento lo dispuesto, yo me refirí a lo que dice con claridad el artículo 56, específicamente de la Ley 5036. En cuanto a esta disposición del presidente Peña, es legal y es legítima, siempre y cuando no se salga de lo estrictamente dispuesto”, sentenció.
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Centro Educativo de Itauguá: presentan proyecto para separar adolescentes prevenidos y sancionados
Se realizó una reunión en la Corte Suprema de Justicia entre autoridades judiciales y del Ministerio de Justicia, a los efectos de debatir sobre la adecuación de la infraestructura del Centro Educativo de Itauguá para garantizar la separación efectiva entre adolescentes prevenidos y sancionados, conforme a la normativa vigente y con el objetivo de fortalecer el sistema penal adolescente.
Del encuentro participaron el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, el vicepresidente primero y titular de la Sala Penal, Luis María Benítez Riera; el ministro, Eugenio Jiménez Rolón y la ministra, María Carolina Llanes Ocampos, quienes se interiorizaron del proyecto presentado por el ministro de Justicia, Rodrigo Nicora.
Durante la reunión interinstitucional, Nicora presentó el proyecto denominado “Nuevo Modelo de Gestión: separación sancionados–prevenidos”, impulsado por la cartera a su cargo para el sistema de adolescentes en conflicto con la ley penal.
La iniciativa contempla adecuaciones en la infraestructura del Centro Educativo de Itauguá, con el objetivo de segmentar a adolescentes según su situación procesal, diferenciando a quienes cuentan con prisión preventiva de aquellos que ya cumplen una sanción firme. Según lo expuesto, la implementación del nuevo esquema se realizará en articulación con las disposiciones judiciales vigentes.
Nicora explicó que el proyecto se encuentra en ejecución, con financiamiento asegurado y empresas adjudicadas para llevar adelante las obras previstas. La expectativa institucional es culminar las adecuaciones y poner en funcionamiento el nuevo modelo en el transcurso del mes de mayo.
Asimismo, señaló que la separación entre prevenidos y sancionados permitirá organizar de manera más adecuada el funcionamiento del sistema, facilitar la aplicación de programas diferenciados y optimizar el trabajo coordinado con la Corte Suprema de Justicia y los jueces especializados.
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Por el Ministerio de Justicia participaron además el viceministro de Justicia, Rafael Caballero; el director de la Unidad Especializada de Seguimiento Procesal del Viceministerio de Política Criminal, Gustavo Ferriol y la directora general de Obras, arquitecta Stella Azuaga.
También estuvieron presentes la directora general de Gabinete, Fátima Cabrera Brambilla, la directora del Servicio Nacional de Atención al Adolescente Infractor (SENAAI), Mabel Colmán y los magistrados Camilo Torres, coordinador de la Oficina Técnica Penal Juvenil, Víctor Benítez y Nunila González.
El proyecto se desarrolla en coordinación entre el Ministerio de Justicia y la Oficina Técnica Penal Juvenil de la Corte Suprema de Justicia, que tiene como ministra enlace a María Carolina Llanes Ocampos y es coordinada por el magistrado Camilo Torres.
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La Corte recicló 88.835 kg de papel desde el 2020 al 2025
Durante el período 2020-2025 se recicló un total de 88.835 kg de papel y cartón, de acuerdo a los resultados del programa de reciclaje de la Corte Suprema de Justicia.
En el marco de la acordada N° 783/12, “Por la cual se aprueba el Código de Buen Gobierno del Poder Judicial de la República del Paraguay”, la Dirección de Derecho Ambiental de la Corte Suprema de Justicia remitió el “Informe de Sostenibilidad 2020-2025”.
Con este programa de reciclaje se evita la tala de 1.244 árboles para la producción de nuevo papel, se ahorran 1.776.700 litros de agua en el proceso productivo, se evita la emisión de 79.952 kg de CO₂ a la atmósfera y la utilización de 178 m³ de suelo para la disposición final de residuos en vertederos. Vale mencionar que el ministro enlace de la citada dependencia es Víctor Ríos Ojeda.
Mediante el documento emitido por el titular de la Dirección de Derecho Ambiental, abogado Gerardo Morales, se ponen a conocimiento las acciones de gestión ambiental institucional desarrolladas en el Palacio de Justicia de Asunción, que abarcan dependencias jurisdiccionales, sedes administrativas y registrales.
La iniciativa contempla la eliminación sostenible de residuos sólidos valorizados, tales como papel, cartón, plástico y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos generados en el Poder Judicial. Asimismo, se informa que estas acciones contribuyen a la optimización de espacios y a la organización interna, en el marco del compromiso institucional con la comunidad.
El informe destaca además que esta iniciativa representa un ahorro institucional mediante la reducción del uso de papel, así como su retiro y reutilización.
Las oficinas con mayor participación en la iniciativa fueron las dependencias administrativas, con 34,2 %; seguidas de los Registros Públicos y Automotor, con 30,6 %; y las salas de la CSJ, gabinetes de ministros, juzgados y tribunales de los diferentes fueros, conforme a las constancias de actas de entrega obrantes en el Archivo de la Dirección de Derecho Ambiental.
El presente informe desglosa el reciclaje realizado durante el quinquenio y por cada gabinete de los ministros de la CSJ.
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