El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Leticia de Gásperi, Óscar Rodríguez Massi y César Granada condenó a Pablino Delvalle a 10 años de cárcel, tras ser encontrado culpable por el delito de coacción sexual, violación y tenencia sin autorización de sustancias estupefacientes.
La fiscala del presente caso fue Yennifer Marchuk, quien logró demostrar la responsabilidad del acusado durante el desarrollo del juicio oral y público. Ahora la defensa del sentenciado tiene la posibilidad de apelar la presente resolución judicial. En caso de ser así, será un tribunal de apelación quien tendrá que resolver si corresponde confirmar la condena o disponer que se realice un nuevo juicio oral.
Antecedentes
Según los antecedentes del hecho, en fecha 10 de julio de 2017, a las 2:00 horas aproximadamente, el hoy condenado ingresó al domicilio de la víctima, ubicado en la ciudad de Ypacaraí, mientras la víctima se encontraba durmiendo. Luego, forcejeó con la misma, a quien atajó y abusó sexualmente. La víctima logró escapar y dar aviso a los vecinos y a la policía.
Posteriormente, los uniformados llegaron hasta el sitio y aprehendieron al autor del hecho. Igualmente, del poder del mismo fue encontrada hierba, cuyo análisis definitivo arrojó positivo a marihuana de 1.9 gramos.
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Imputan a adolescente por abuso sexual de su compañera en el colegio
Ciudad del Este. Agencia Regional.
El fiscal Carlos Antonio Almada, de la Unidad Penal N° 1 de Ciudad del Este, formuló imputación contra un adolescente de 16 años por los supuestos hechos punibles de coacción sexual y violación. El menor está sindicado de haber sometido sexualmente a una compañera de colegio, en el interior del sanitario de la institución educativa al que ambos asisten.
De acuerdo con la investigación preliminar, la agresión sexual habría ocurrido el pasado 4 de marzo de 2026, alrededor de las 14:30 en un colegio del Km 28 de Minga Guazú. En esa ocasión, la víctima, también de 16 años, se encontraba en el sanitario femenino, en el lavatorio de manos, cuando ingresó el ahora imputado en forma imprevista, según la denuncia y elementos colectados por la Fiscalía.
Acto seguido, el presunto agresor habría sujetado a la víctima por la cintura para arrastrarla hasta el último compartimento del baño. Una vez allí, mediante el uso de la fuerza y bajo amenazas, se habría producido el sometimiento sexual.
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Tras el hecho, el supuesto abusador se retiró del sanitario, mientras que la afectada regresó a su aula para recoger sus pertenencias y dirigirse a su domicilio, donde relató lo sucedido a su abuela y luego a su madre, de acuerdo al escrito de imputación del adolescente.
La medida del Ministerio Público tomó en cuenta la denuncia presenta por la madre de la víctima y la directora del colegio donde habría ocurrido el hecho, además del acta de procedimientos de la subcomisaría jurisdiccional y los informes técnicos de la Fiscalía. La declaración detallada del hecho por parte de la víctima y el diagnóstico médico fueron claves para la formulación fiscal.
Ante la gravedad del hecho y la complejidad de la causa, el representante del Ministerio Público solicitó un plazo de cuatro meses para la etapa de investigación, a fin de presentar el requerimiento conclusivo correspondiente. El imputado quedó a disposición del Juzgado Penal de Adolescencia.
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Hallan sin vida a un hombre dentro de una camioneta en Carayaó
Un hombre fue hallado sin vida en la mañana de este martes dentro de una camioneta en el distrito de Carayaó, departamento de Caaguazú, lo que motivó la intervención de agentes policiales y del Ministerio Público para iniciar las investigaciones correspondientes.
La víctima fue identificada como Wilder Roa Amarilla, de 39 años, conocido poblador de la zona. El hallazgo se produjo luego de que transeúntes alertaran a las autoridades al notar la presencia de una camioneta estacionada en una parada cercana a la entrada de la compañía Peguahó.
De acuerdo con los primeros reportes, el vehículo involucrado es una Toyota Hilux de color negro, que llamó la atención de quienes circulaban por el lugar debido a que permanecía detenido desde hacía un tiempo sin que se observara movimiento en su interior.
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Al llegar al sitio, los intervinientes verificaron que dentro del rodado se encontraba el cuerpo sin vida de un hombre en el asiento del conductor. Según los datos preliminares, la ventanilla del vehículo estaba abierta, el motor permanecía en marcha y las luces encendidas, circunstancias que generaron preocupación entre los testigos que dieron aviso a las autoridades.
Posteriormente se confirmó que la persona fallecida era Wilder Roa Amarilla, quien residía en la misma zona, lo que facilitó su identificación por parte de los intervinientes y de personas que acudieron al lugar tras conocerse el hecho.
Las autoridades realizaron las diligencias correspondientes en el lugar del hallazgo y continúan recabando información para esclarecer las circunstancias del caso, mientras se aguardan los resultados de los procedimientos forenses que permitan determinar las causas del fallecimiento.
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Tras fallo del Tribunal de Apelación, ordenan libertad de Carlos Granada
El Tribunal de Sentencia integrado por Laura Ocampos, Cándida Fleitas y Sonia Villalba ordenó la libertad de Carlos Granada, condenado a 10 años de cárcel por coacción sexual, coacción y violación, luego de que el Tribunal de Apelación anulara la resolución que mantuvo su prisión preventiva.
Con la determinación adoptada por los jueces de sentencia, Granada recupera su libertad hasta tanto quede firme la sentencia dictada en primera instancia.
Recordemos que el pasado 26 de noviembre, el comunicador fue condenado a 10 años de cárcel en el marco de un juicio oral y público. Durante la fundamentación de la sentencia, la jueza Fleitas incluso afirmó que Granada “quiso verificar si una de las víctimas estaba en su período menstrual, tocándola”.
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La magistrada detalló además el modus operandi del entonces gerente periodístico del Grupo Albavisión, mencionando que todos los hechos se desarrollaban en la oficina, hasta donde eran convocadas las trabajadoras supuestamente para recibir instrucciones laborales, pero en realidad era para sufrir acosos y manoseos.
Se reveló que les pedía que vengan vestidas con polleras y vestidos, detalló la jueza y agregó que tras cometer los hechos les amenazaba con que no conseguirían trabajo en otros medios, ya que tenía amigos en todos los canales de televisión.
Ratificación, en enero
En enero de este año, la Cámara de Apelación había confirmado la prisión preventiva de Granada. Los camaristas que votaron por ratificar la prisión son José Agustín Fernández y José Waldir Servín; mientras que el camarista Agustín Lovera Cañete votó por ordenar la libertad de Granada.
Los dos primeros sostuvieron que subsisten los presupuestos que motivaron la imposición de la prisión preventiva y apoyaron la posición del Tribunal de Sentencia en relación a que, en caso de una sentencia condenatoria, se da una prórroga excepcional de la prisión preventiva por el término adicional de tres meses en los casos de sentencia no firme.
Por su parte, Lovera Cañete sostuvo en su voto que el arresto domiciliario constituye privación de libertad y consideró que lo plasmado por el Tribunal de Sentencia, en cuanto a que el mismo constituye una privación de libertad ambulatoria, es incongruente.
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Erico Galeano solicita permiso al Senado, sin goce de dieta
El senador colorado Erico Galeano presentó en la fecha una nota remitida a la presidencia de la Cámara de Senadores, encabezada por Basilio Núñez, en la cual solicita a sus colegas la aprobación de un permiso sin goce de dietas, hasta tanto quede firme y ejecutoriada la sentencia definitiva respecto al proceso judicial en su contra por los hechos de asociación criminal y lavado de dinero.
En la nota que remitió a la presidencia de la Cámara Alta, el senador Galeano argumenta que el pedido de permiso que solicita lo hace en virtud a lo dispuesto en el artículo 30 del reglamento inteno de la Cámara de Senadores, amparándose de igual forma en el principio fundamental de la “presunción de inocencia”, el cual está garantizado en el artículo 17 de la Constitución Nacional.
Menciona además, que en el caso que sea aprobado por el plenario de la Cámara Alta, se tenga en cuenta las disposiciones contenidas en el artículo 191 de la Constitución de la República, en cuanto los derechos y prerrogativas al cargo del legislador, con relación a que ningún senador o diputado puede ser detenido o arrestado desde el día de su elección hasta el fin de su mandato.
El senador Galeano recuerda además, que existe jurisprudencia, en la Honorable Cámara de Senadores, ya que en el pasado ya se han otorgado permisos sin goce de dieta, por circunstancias personales contempladas en varias resoluciones a lo largo de varios periodos legislativos.
Cabe recordar que la semana pasada, el Tribunal de Sentencia, conformado por los jueces Pablino Barreto (presidente), Juan Dávalos e Inés Galarza, condenó a 13 años de prisión al senador Galeano por los hechos de asociación criminal y lavado de dinero.
Este tribunal especializado en Delitos Económicos y Anticorrupción encontró la vinculación del legislador con narcotraficantes en el marco de la investigación conocida como A Ultranza Py.
Sin embargo, el Tribunal de Sentencia le mantuvo las medidas alternativas a la prisión, manteniendo la prisión preventiva domiciliaria. Si bien, el Ministerio Público solicitó la pena máxima de 17 años, y la revocatoria de la medida preventiva, este tribunal dictó una pena de 13 años de cárcel. El juicio por este caso duró seis meses.
En caso de que el Senado apruebe este pedido de permiso, inmediatamene convocará a la suplente, que en este caso cae en la persona Guadalupe Aveiro.
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