El gerente de la empresa ESSA (Eventos y Servicios SA), Silvio Álvaro Alfaro Bertolo, primo del senador colorado Rodolfo Friedman, procesado por lavado de dinero, provecho propio y asociación criminal, seguirá con prisión domiciliaria. Así resolvió el juez de Delitos Económicos José Delmás al rechazar la revocatoria de prisión solicitada por la defensa del imputado.
La defensa del imputado solicitó la libertad ambulatoria, pero la Justicia decidió confirmar la medida para el pariente del legislador, quien tendrá que seguir recluido en su domicilio. La defensa de Alfaro Bertolo puede apelar el fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien tendrá que analizar si corresponde confirmar la resolución del magistrado Delmás o revocar la misma.
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En este caso está imputado el actual legislador Rodolfo Friedmann, así como su esposa Marly Figueredo, y la contadora de la firma Essa (Eventos y Servicios SA), Lourdes González de Melgarejo.
Según el Ministerio Público, las imputaciones se formularon en el marco de un caso que data de la época en la que Friedmann fue gobernador del departamento de Guairá entre los años 2013-2018. Específicamente, en la causa que la firma Eventos y Servicios SA proveyó almuerzo escolar a la gobernación administrada en ese entonces por el senador entre el 2017 y 2018, y que tenía por socios al legislador imputado y a Hugo Alexander Torales.
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Controversia en EE. UU.: juez prohíbe exhibir los Diez Mandamientos en las escuelas
Un juez federal de Estados Unidos falló en contra de una ley en Texas que ordenaba a los colegios públicos exhibir los Diez Mandamientos en todas las salas de clase.
El juez Fred Biery ordenó una restricción preliminar de la implementación de la ley, que entraría en vigencia a partir del 1 de septiembre y que fue cuestionada ante la justicia por familias de diversos credos con hijos en escuelas públicas.
La ley del estado de Texas, conocida como el Proyecto de Ley 10 del Senado, es inconstitucional y “toma posición, de manera inadmisible, en asuntos teológicos y favorece oficialmente a creencias cristianas por encima de otras”, escribió Biery en el fallo de 55 páginas.
“Es probable que la exposición envíe un mensaje de exclusión y de carga espiritual a los hijos de los demandantes que no suscriban la versión aprobada de los Diez Mandamientos, que los considerarían que ‘no pertenecen a su comunidad escolar’”, afirmó.
El rabí Mara Nathan, uno de los demandantes, sostuvo la decisión.
“Las creencias religiosas de niños y niñas deben ser promovidas por sus padres y por sus comunidades, no por políticos y colegios públicos”, declaró Nathan.
Rachel Laser, presidenta de la asociación Americanos Unidos para la Separación Iglesia-Estado, también aplaudió la decisión de enviar un “fuerte mensaje que resonará en todo el país sobre la libertad de credo de cada estudiante en nuestras escuelas públicas”.
Otro juez federal bloqueó en noviembre de 2024 una ley en Luisiana que requería la exposición de los Diez Mandamientos en todas las aulas de escuelas públicas de ese estado conservador del sur de Estados Unidos.
El juez John deGravelles aseguró que la norma es inconstitucional porque violar la Primera Enmienda.
La separación de iglesia y Estado es un principio fundacional de Estados Unidos y la Constitución prohíbe que se establezca una religión nacional o se dé preferencia a una creencia por encima de otras.
En un caso similar, en 1980, la Corte Suprema decidió que la exposición de los Diez Mandamientos en los colegios de Kentucky era inconstitucional.
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En Oklahoma, la máxima autoridad educativa de ese estado conservador ordenó recientemente que se enseñe la Biblia en escuelas públicas, una decisión que también enfrenta desafíos legales.
Fuente: AFP
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Juez presentó su obra jurídica sobre garantías constitucionales en el proceso paraguayo
En el Salón Auditorio “Doctora Serafina Dávalos” del Palacio de Justicia de Asunción se realizó la presentación de la obra jurídica “Garantías Constitucionales en el Proceso Paraguayo”, del juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de Lambaré, Guillermo Manuel Delmás, que aborda el debido proceso desde un enfoque garantista y comparativo.
La actividad contó con la presencia del presidente de la Corte Suprema de Justicia, así como de referentes del ámbito jurídico nacional César Diesel Junghanns, y de los ministros Luis María Benítez Riera, Alberto Joaquín Martínez Simón y Gustavo Santander Dans.
La obra constituye un aporte al análisis de las garantías constitucionales aplicadas al proceso judicial civil, con énfasis en el derecho a la defensa, la igualdad procesal y la imparcialidad del juzgador. Durante la actividad, el ministro Alberto Martínez Simón valoró el contenido de la obra como una exposición estructurada de pensamiento jurídico que enriquece el debate académico e institucional.
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La obra presenta una revisión crítica de las facultades ordenatorias e instructorias del juez, a la luz del artículo 18 del Código Procesal Civil, desde una visión garantista y con referencias a sistemas jurídicos comparados.
La publicación está estructurada en cuatro capítulos, además de anexos que incluyen jurisprudencia y acuerdos relevantes. En el primer capítulo, se expone el objeto de investigación y el método adoptado. El segundo capítulo, el más extenso, desarrolla el marco teórico, analiza antecedentes nacionales y extranjeros, y reflexiona sobre principios procesales y medidas como las de mejor proveer.
El tercero aborda un análisis doctrinal y comparativo con experiencias de otras jurisdicciones. En tanto que el cuarto capítulo presenta conclusiones y recomendaciones, orientadas a fortalecer la formación jurídica con enfoque de garantías. El libro fue prologado por el jurista argentino Adolfo Alvarado Velloso, referente internacional del derecho procesal.
Igualmente, el evento contó con la participación de:
- la vicepresidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Alicia Beatriz Pucheta Vda. de Correa,
- la exministra de la Corte Suprema de Justicia, Miriam Peña
- el profesor doctor Oscar Alejandro Amaya (Universidad de Bolonia, Italia)
- el presidente de la Asociación de Jueces del Paraguay, doctor Delio Vera Navarro
- autoridades de tribunales
- universidades
- gremios jurídicos
- operadores del sistema de justicia
La presentación fue transmitida a través de la plataforma Google Meet, y concluyó con una entrega simbólica de reconocimiento al autor por parte de sus colegas, destacando el valor académico de su contribución a la doctrina jurídica nacional.
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Corte ratifica condena para acusado por incautación de billetes venezolanos
La sala penal de la Corte ratificó la condena de 3 años y 6 meses de prisión para Bruno José Da Costa Amaral, quien fue encontrado culpable por lavado de dinero debido a la tenencia de billetes venezolanos que pretendían ser vendidos en el mercado negro. En febrero del año 2017 fueron encontradas más de 500 bolsas llenas de bolívares venezolanos de diversos valores en una residencia de la conocida familia Da Costa Amaral, de Salto del Guairá.
La defensa del condenado recurrió a la Corte buscando dejar sin efectos las sentencias de primera y segunda instancia.
La ministra Carolina Llanes sostuvo que el escrito de la defensa del condenado carece de la debida argumentación jurídica y de la exposición concreta de los agravios, tal como exige el artículo 478 del Código Procesal Penal.
En el mismo sentido votó el ministro Luis María Benítez Riera, quien se adhirió a la postura de Llanes, señalando que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación crítica y precisa, lo que lo tornaba inadmisible.
En disidencia, el ministro Ramírez Candia consideró que el recurso debía admitirse, pues la defensa había planteado cuestionamientos sobre la supuesta orfandad argumentativa de la sentencia, la violación del principio de congruencia y la valoración probatoria.
Finalmente, por mayoría de votos, la sala penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar el recurso y declarar inadmisible la casación, quedando firme la sentencia condenatoria dictada contra Da Costa Amaral en el marco de la investigación por presunto lavado de dinero.
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Senador repudia respaldo opositor a Prieto pese a hechos de corrupción constatados
El presidente del Congreso Nacional, el senador Basilio Núñez, lamentó la férrea defensa que sigue ejerciendo la oposición al destituido intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. El líder del movimiento Yo Creo fue apartado ayer del cargo mediante una amplia mayoría en la Cámara de Diputados, tras graves irregularidades confirmadas por una intervención.
“Los opositores que quieren ser gobierno defendieron hechos de corrupción que fueron verificados, constatados; en vez de llevar en alto la bandera de la transparencia. La ciudadanía con todo esto sacará sus conclusiones. Con esto se ve la incoherencia de estas personas“, sostuvo Núñez en una entrevista con el programa “La caja negra”, emitido por Unicanal.
Entre los principales hechos de corrupción que motivaron la destitución de Prieto figuran el uso de comisiones vecinales para saquear el dinero de la comuna, las cuales, según el interventor Ramón Ramírez, eran “simples fachadas”. Otro de los puntos guarda relación sobre el uso de los recursos canalizados mediante el Consejo Local de Salud, entre el 2019 y 2022, que alcanzaron más de G. 10.500 millones, que demuestran serios incumplimientos a las normativas vigentes.
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“Robos asquerosos"
Asimismo, el senador comentó que “un total de 50 denuncias tiene Miguel Prieto. Ojalá la Fiscalía General de Estado y el Poder Judicial no se presten a las chicanas. En su gestión hubo robos asquerosos con protección de un gran sector mediático“.
“La caída de Prieto ya era algo anunciado, él cometió varios tipos de corrupción, esto iba a llegar más temprano que tarde. Yo celebró porque no debemos olvidar que fue un intendente corrupto que robó durante la pandemia mediante la compra de víveres”, repudió Núñez.
En el informe final de la intervención, a cargo del economista Ramón Ramírez, se refiere que G. 6.000 millones se destinaron a obras y refacciones que fueron ejecutadas sin ningún tipo de control técnico ni administrativo, lo que impide determinar si esas inversiones realmente se realizaron como figuran en las facturas presentadas, o siquiera si se hicieron.
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Entre las irregularidades detectadas durante la gestión de Prieto se encuentra una presunta malversación por G. 29.000 millones. El desfalco guarda relación con dinero que debía destinarse en obras y bienes de capital, pero habría sido desviado para cubrir gastos corrientes, transferencias y pago de deudas, según reveló el economista Ramírez.
Prieto contaba con una partida presupuestaria equivalente a G. 83.000 millones, que estaba asignada al financiamiento de gastos de capital. Ramírez también presentó una denuncia penal ante el Ministerio Público, luego de detectar la presunta existencia de una caja paralela, cuyos recursos fueron recaudados por diferentes impuestos, sin embargo, no ingresaron finalmente a las arcas de la comuna. Señaló que existiría un daño patrimonial de unos G. 75 millones que no registraron entrada a Tesorería.