Gerardo Stadecker, acusado por el feminicidio de Sabryna Breuer, seguirá privado de su libertad. Así resolvió el Tribunal de Apelación integrado por Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín y Cristóbal Sánchez al confirmar la resolución del juez penal de Garantías Mirko Valinotti. Con la resolución adoptada por el tribunal de alzada, el procesado seguirá preso a la espera del desarrollo del proceso penal.
Los camaristas mencionaron que la resolución del magistrado Valinotti se halla debidamente fundamentada, por lo que corresponde confirmar la determinación adoptada por el juez de Garantías.
Audiencia preliminar
Ayer jueves 11 de marzo se suspendió nuevamente la audiencia preliminar para Gerardo Stadecker. La diligencia judicial se pospuso por la presentación de una nueva chicana de la defensa del procesado.
La diligencia judicial ya se suspendió en seis ocasiones, pero la Justicia no aplica ninguna sanción a los abogados que presentan incidentes al solo efecto de dilatar el proceso. Esta situación debe llamar la atención de los ministros de la máxima instancia judicial.
El entonces fiscal Yoan Paul López fue quien presentó acusación contra el principal sospechoso del crimen. El acta refiere que el hombre, supuestamente, le propinó un impacto de puño fuerte y seco en la zona del pecho, a la altura del corazón. Esto le produjo un taponamiento cardiaco, que tarda algunos minutos en producir la muerte. La mujer fue encontrada sin signos vitales en su residencia ubicada en el barrio Mburucuyá de Asunción, el 17 de diciembre del 2017.
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Director de Auditoria del MEC ratificó que inscripción de título de Rivas cumplió con requisitos legales
En una nueva jornada del juicio oral y público al exsenador Hernán David Rivas, procesado por tener título de abogado dudoso, declararon varios testigos. Entre ellos comparecieron el actual presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre; el director de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), Roy Rodgers; y Ana Coronil, exalumna de la Universidad Sudamericana.
Lo más relevante de la jornada fue la declaración de Roy Rodgers, quien explicó que el ministro de Educación, Luis Ramírez, solicitó mediante un memorando una auditoría interna para verificar si la Auditoría 026/2020 se había elaborado correctamente. “La revisión concluyó que se cumplieron los requisitos aplicables y que los auditores actuaron de forma adecuada”, afirmó el testigo en relación con el proceso de inscripción del título de Rivas. Este testimonio contradice la acusación del Ministerio Público.
Asimismo, Rodgers indicó que dicha revisión fue ordenada por el ministro Ramírez debido a los fuertes cuestionamientos mediáticos sobre la Auditoría 026/2020, la cual ya había determinado que se cumplió con toda la documentación para la inscripción del título de Rivas.
El testigo confirmó que el trabajo se ajustó a las normas vigentes y aclaró que el MEC aún no define oficialmente qué procedimiento aplicar a las carreras creadas bajo la Ley “Marcos”, que luego fueron cerradas y cuyos títulos se expidieron tiempo después, debido a los cambios normativos entre la finalización de los estudios y el registro del título.
Ante los criterios contrapuestos de la Dirección de Transparencia y la Dirección de Registro de Títulos, se recomendó solicitar a la Asesoría Jurídica del MEC una definición clara para casos como el de Hernán Rivas. Este pedido sigue pendiente de respuesta, manifestó el director.
Declaración del presidente de Diputados
Por su parte, Raúl Latorre, presidente de la Cámara de Diputados, señaló que Hernán Rivas manifestó en su momento la intención de representar a la institución ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y que la bancada de Honor Colorado respaldó su postulación. Indicó, además, que actualmente no existe un procedimiento interno para verificar o acreditar los requisitos exigidos para ejercer dicha representación, aunque existe un proyecto con media sanción para regularlo.
Pruebas documentales
Durante la audiencia también se introdujeron varias pruebas documentales. Entre ellas destacó un informe del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones), el cual estipula que las carreras habilitadas antes de la vigencia de la Ley 4995/2013 son legales, siempre que acrediten su implementación conforme a los requisitos de la Resolución 166/2015 del Cones. Finalmente, se constató que el MEC registró títulos de la carrera de Derecho de la Universidad Sudamericana hasta el año 2022.
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Hijo de Maduro confirma autenticidad de las fotografías de su padre en prisión
El hijo del depuesto mandatario Nicolás Maduro afirmó el martes que las fotografías que circularon el fin de semana de su padre fueron tomadas por personal de la prisión en Estados Unidos y enviadas luego por correo a la familia. La autenticidad de las dos imágenes de Maduro suscitó dudas. En las fotos aparece vestido con un chándal gris mostrando una clara pérdida de peso tras su captura en enero por fuerzas estadounidenses.
Las fotografías fueron compartidas el domingo en las redes sociales del depuesto mandatario, dos días después del anuncio de un histórico acuerdo energético que le otorga a Estados Unidos el manejo de la quinta parte de las reservas petroleras de Venezuela. “Esa foto fue tomada el día 25 de junio, un día después del doble terremoto” que han dejado 6.500 fallecidos, dijo Nicolás Maduro Guerra en un video publicado en X. La fecha coincide con la del registro de la cámara.
“Él (Maduro) nos cuenta que eran a eso de las 6 de la tarde, llegó la persona que tomó fotos y él estaba frente al televisor, estaba muy conmocionado, estaba muy afligido”, narró. Según Maduro Guerra, su padre, recluido en el Centro de Detención Metropolitano (MDC) en Brooklyn acusado de narcotráfico, “no tenía el ánimo de tomarse la foto”, pero “la persona que tomó la foto insistió” y le dijo que luego podía enviarla.
“Efectivamente la foto se la dan impresa, las dos fotos se la dan impresas, y él las envió por correo postal el 13 de julio y nos llegó a una dirección en los Estados Unidos el día martes 25 de agosto”, aclaró.
Maduro Guerra dijo que luego le “enviaron una foto de la foto” y el viernes su padre le dictó un mensaje desde la cárcel que publicó luego junto a las fotografías.
“Nosotros seguimos aquí trabajando en el nombre de Dios sacando el país adelante y luchando por la liberación pronto de Nicolás Maduro Moros y de Cilia Flores”, afirmó Maduro Guerra.
En prisión Maduro no tiene acceso a periódicos ni a internet, pero está autorizado a hablar por teléfono con su familia y sus abogados durante aproximadamente 300 minutos al mes, con un máximo de 15 minutos por llamada.
Fuente: AFP.
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Tía Chela: Miguel Prieto a juicio oral por corrupción con kits de alimentos que ocasionó millonario perjuicio a la comuna de CDE
Tras varias chicanas rechazadas en todas las instancias y nuevos intentos de seguir dilatando el inicio del juicio oral y público, este lunes el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, debe responder ante la Justicia por el supuesto mega negociado en la compra de kits de alimentos para familias vulnerables durante la pandemia del covid-19, en el caso conocido como “Tía Chela”. El perjuicio patrimonial sostenido por el Ministerio Público supera la millonaria suma de G. 2.130.036.016. La audiencia oral comenzará a las 08:00.
Además de Prieto —quien cuenta con otras dos acusaciones por negociados y centenares de denuncias en trámite—, deberán estar sentados en el banquillo de los acusados: Maggi Elizabeth Fariña Almada, coordinadora de la Unidad Operativa de Contrataciones; Sebastián Martínez Insfrán, director de Desarrollo Social; José Félix Cáceres Galeano, jefe de Desarrollo Comunitario.
La lista de acusados sigue con: Julián Benítez Gamarra, jefe de Almacenes; Francisco Arrúa Álvarez, director de Administración y Finanzas; Higinio Ramón Acuña, jefe de Adquisición y Suministros; Cirle Alcaraz Ramírez, encargado de Órdenes de Pago; Nelson Segovia Acevedo, tesorero; Fermín Ávalos Britos, propietario de Tía Chela SRL; y Emili Vanessa Florentín Páez, propietaria de la firma Vanemi SA.
El Tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo juzgar a Prieto y a los demás procesados está conformado por los jueces Ana Rodríguez, Karina Cáceres y Yolanda Morel. Por su parte, el fiscal del caso es Silvio Corbeta, quien tendrá que sostener la acusación. El representante del Ministerio Público cuenta con sobrados elementos probatorios para demostrar la gravísima responsabilidad de Prieto y de cada uno de los procesados en el presente caso.
En el juicio, la Fiscalía sostendrá la acusación en la cual se menciona que Prieto causó un perjuicio patrimonial de G. 2.130.036.016. Para el Ministerio Público, el exintendente encabezó un esquema de corrupción que se instaló en el municipio y estuvo conformado por funcionarios a su cargo, quienes habrían operado para el desvío de recursos municipales.
Esquema delictivo
El 25 de marzo del año 2020, en plena pandemia, el intendente opositor Miguel Prieto anunciaba con bombos y platillos en sus redes sociales que estaba distribuyendo víveres a las comunidades carenciadas. Según explicó a la Contraloría General de la República, estos víveres los adquirió a través de una contratación de urgencia a la firma Tía Chela SRL. El inconveniente es que, según los papeles, este contrato con la empresa de víveres se concretó recién el 27 de marzo del 2020, pero Miguel Prieto ya estaba publicando los videos jactándose de la entrega el 25 de marzo; es decir, dos días antes.
Curiosamente, el 27 de marzo de 2020, el mismo día que la municipalidad firmaba el contrato con Tía Chela SRL, se producía la primera entrega de 15.000 kits de los 25.000 que debían proveerse, y se elaboraba la factura de crédito. Es decir, la licitación se encontraba apenas en proceso, pero dos días antes, Miguel Prieto ya estaba haciendo pública la entrega de alimentos, exhibiendo incluso canastas en sus videos.
El Ministerio Público llegó a la conclusión de que Miguel Prieto se aprovechó de su cargo de ordenador de gastos para hacer uso y abuso de los recursos, comprando kits de alimentos que, en realidad, no fueron proveídos por Tía Chela SRL.
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Otros casos de Prieto
Prieto deberá enfrentar otro juicio oral por lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, tras un perjuicio patrimonial estimado en más de 300 millones de guaraníes. Así lo resolvió en su momento el juez Penal de Garantías, Humberto Otazú, quien elevó a juicio oral y público el “Caso Tajy”.
Igualmente, el exjefe comunal de Ciudad del Este, Miguel Prieto, soporta un tercer caso penal junto a otras 10 personas por la presunta comisión del hecho punible de lesión de confianza, en una investigación vinculada al uso de fondos municipales destinados a obras en el Hospital Regional de la capital de Alto Paraná.
En el presente proceso penal, siete de los once imputados ya admitieron los hechos de corrupción cometidos por Prieto y otros, lo que robustece la teoría del Ministerio Público en la causa contra el exintendente de Ciudad del Este. El perjuicio patrimonial en este tercer proceso sería de G. 757 millones, en el marco de trabajos que no se realizaron correctamente en el Hospital Regional de Ciudad del Este entre diciembre de 2019 y agosto de 2022.
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Declaración forense: María Fernanda tuvo una muerte violenta y hubo rastros de un intento de aborto
En el sexto día del juicio reservado que se desarrolla contra el principal sospechoso del crimen de María Fernanda en Coronel Oviedo, departamento de Caaguazú, el médico forense, Pablo Lemir, confirmó que la joven sufrió un muerte violenta y que existió evidencia de un intento de aborto vía vaginal. El perfil psicológico del acusado también indica que fue víctima de violencia familiar.
Ante el Juzgado Penal de la Niñez y Adolescencia, Lemir declaró que María Fernanda Benítez estaba embarazada de 14 a 16 semanas, además, que durante la autopsia se pudo constatar que había marcas de pinzas ginecológicas y que ante su edad gestacional evidencia que pudo haber un intento de aborto.
Afirmó que la joven tuvo una muerte violenta provocada por un traumatismo de cráneo que fue causado por un objeto contuso romo que le provocó una hemorragia cerebral, pero como el cuerpo fue quemado no se pudo determinar si falleció inmediatamente o por ese golpe. “De lo que sí tenemos evidenciada es del traumatismo craneoencefálico y fue la herida principal constatada”, aseguró.
Así también, resaltó que el desprendimiento de las extremidades se registró por calcinamiento y que no fue provocado por otro objeto previo a que se le prendiera fuego como se pensaba antes de realizar la autopsia. El informe de Lemir aclara que el fallecimiento de la joven se registró tres a cinco días antes del hallazgo del cuerpo.
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Perfil psicológico
El principal sospecho del crimen de María Fernanda fue entrevistado por psicólogos para lograr determinar un perfil, los resultados revelan que presenta rasgos de egocentrismo y baja empatía hacia los otras personas.
“Dios perdona y sé que en un futuro puedo ser una mejor persona”, fue lo que expresó el joven, al momento de ser entrevistado por los profesionales en el proceso de investigación que se realizó tras ser acusado como el principal sospechoso del feminicidio de Mafe.
Unicanal accedió a la conclusión del Test Apercepción Temático (TAT) aplicado al imputado que detalla que se trata de una persona con buena estabilidad emocional e introspección, pero revela rasgos de egocentrismo agudo, muy baja empatía, conductas rudas o defensivas y una historia personal adversa que influye en sus trastornos de conducta.
Además, detectaron antecedentes de traumas severos y que el joven habría indicado que fue sometido a violencia física durante su infancia y llegó a intervenir físicamente para intentar detener las agresiones que supuestamente su papá tenía contra su madre, ciclo habría moldeado la conducta criminal.
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Antecedentes
El feminicidio de María Fernanda Benítez Martínez, de 17 años, se reportó el 27 de mayo del 2025 en la ciudad de Coronel Oviedo, departamento de Caaguazú, pero el hallazgo del cuerpo de la joven se reportó recién el 31 de mayo de ese mismo año, este estaba enterrado y totalmente calcinado en un patio baldío del barrio Villa del Maestro.
El presunto autor material del crimen al ser menor de edad al momento del hecho se enfrenta a un juicio en paralelo bajo el régimen penal adolescente con un pedido de pena máxima de 8 años.
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