Rosmary González, quien realizó la denuncia que posibilitó la imputación contra Enrique Ortuoste y Arivaldo Domínguez, directivos de la firma Empo que fueron procesados penalmente por producción de documentos no auténticos y estafa, solicitará a la jueza penal de Garantías que resuelva dar trámite de oposición al sobreseimiento definitivo de los dos imputados.
“Cuando se realice la audiencia y si me dejan participar de la misma me voy a oponer al sobreseimiento definitivo de los directivos de Empo”, señaló González. Agregó que “tengo confianza en la Justicia porque la jueza está actuando bien y espero que le dé trámite de oposición al blanqueamiento de los dos directivos de Empo”.
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Este viernes 29 de enero a las 12:00 se tendrá que realizar la audiencia preliminar para Ostuoste y Domínguez Queiroz. La mencionada diligencia judicial se desarrollará ante la jueza penal de Garantías Hilda Benítez, quien tendrá que definir si se opone al sobreseimiento definitivo de ambas personas o hace lugar al pedido del Ministerio Público.
Llamativamente, la Fiscalía no encontró ningún elemento contra los procesados y, por ende, solicitó desvincularlos del caso.
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Justicia otorga sobreseimiento definitivo al senador Hernán Rivas
La Cámara de Apelaciones hizo lugar el recurso planteado por la defensa del senador Hernán Rivas y dictó el sobreseimiento definitivo de la causa por presunta producción y uso de título falso. La acción fue planteada por los abogados Cristóbal Cáceres Frutos, Víctor Gulino y Álvaro Cáceres.
El tribunal decidió el sobreseimiento definitivo al legislador de conformidad al artículo 359 inciso 2 del Código Procesal Penal. Explica que dicho articulado menciona que corresponde el sobreseimiento definitivo cuando a pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba y sea imposible requerir fundadamente la apertura a juicio.
La camarista Bibiana Benítez (preopinante) señaló que ya en el A.I. N° 850 de fecha 10 de octubre del 2025, el juez de Garantía Miguel Palacios concluyó que el hecho punible estipulado en el artículo 251, inciso 1°, del Código Penal Paraguayo (producción mediata de documentos públicos de contenido falso) prescribió, incluso antes de la formulación del acta de imputación por parte del Ministerio Público, la cual ya había llegado tarde.
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Al análisis jurídico de la camarista se adhirió su colega Delio Vera, señalando que al declararse la prescripción del hecho de producción de títulos falso no puede ser juzgado por lo segundo, que es el supuesto “uso de documentos de contenido falso”, por lo que se declara su sobreseimiento definitivo de todo el proceso. José Fernández, el tercer integrante del tribunal, votó en disidencia.
Cabe señalar que con este fallo, a través del A.I. N° 102 dictado en la fecha, se rechaza la apelación de los fiscales Patricia Sánchez y Luz Guerrero en contra de la prescripción del delito de supuesta falsificación de parte de Rivas.
Posteriormente, mediante el A.I. N° 107 dictado igualmente en la fecha, el Tribunal de Apelación hizo lugar al recurso presentado por la defensa del senador, que anula la resolución del juez de Garantías Miguel Palacios, que el 10 de octubre del 2025 había elevado a juicio oral y público el proceso judicial por el que era investigado.
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Asesinato del militar Moral: jueza decretó la prisión del imputado
La jueza Penal de Garantía, Cynthia Lovera, decretó la prisión preventiva de Carlos Báez, alias “Lulu”, detenido por la muerte del militar Guillermo Moral, ocurrida frente la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) de Trinidad. La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas cautelares realizada vía telemática.
Días atrás, la Policía Nacional capturó a un hombre que estaría implicado en el crimen de Guillermo Moral, personal militar que fue asesinado frente a la Facultad de Derecho. Se presume que el detenido fue quien contrató a los sicarios y luego eliminó a uno de ellos. Según el reporte dado por los intervinientes, la aprehensión de Carlos Báez Guillén se logró en el barrio San Rafael de Ciudad del Este.
En el momento de su detención, el hombre portaba un arma de fuego e intentó huir, pero finalmente se entregó a las autoridades.
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Detención
Báez Guillén ya fue derivado al Departamento de Homicidios de la Policía en la ciudad de Asunción, donde brindó declaración e indicó que él no tendría vinculación con el crimen. El hombre contaba con orden de captura internacional porque está acusado de matar a tres personas en Argentina. El personal militar fue asesinado en la tarde del 2 de octubre del año pasado.
Uno de los sicarios fue identificado como Rogelio Díaz Brítez, que sigue con paradero desconocido, en tanto que un adolescente de 17 años fue sindicado como el que realizó los disparos. Este último fue hallado muerto en el río Paraná días después y habría sido ultimado por el ahora detenido.
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Denuncian ante la Corte a jueza por irregularidades en juicios civiles
La abogada Gessy Ruiz Díaz presentó una denuncia ante el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia de Paraguay, solicitando una investigación sobre presuntas irregularidades cometidas por la jueza de Primera Instancia de Curuguaty, Sonia Medina Paredes. La denuncia se centra en el manejo de dos juicios de interdicto y la celeridad inusual con la que se resolvió uno de ellos.
Lo más llamativo del caso es que Ruiz Díaz promovió un juicio de interdicto para recobrar la posesión de un inmueble el pasado 2 de febrero, en representación de colonos de Nueva Durango. Sin embargo, un segundo expediente, caratulado “Abrahan Krahn contra Isaak Wall Schmidt y otros sobre interdicto de retener la posesión”, fue presentado ante la misma magistrada recién el 5 de febrero y recibió un tratamiento privilegiado.
La jueza Medina hizo lugar a una medida cautelar a favor del accionante del segundo juicio en un plazo extremadamente breve, dejando sin análisis el proceso presentado originalmente el 2 de febrero. Según la denuncia, esta “velocidad luz” en el despacho judicial levanta sospechas que deberían ser analizadas por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).”
“Verificamos que se ha dictado una medida cautelar de forma prácticamente ‘express’, a diferencia de lo ocurrido con la demanda que presentamos con anterioridad. Hemos analizado dos expedientes que tenían básicamente el mismo objeto procesal”, indicó Ruiz Díaz.
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Justicia garantiza continuidad de cosecha a productor de soja en Canindeyú
La jueza de Salto del Guairá, Ruth Contrera Martínez, garantizó que el productor de soja Leandro Aparecido Pereira di Camargo, pueda seguir cosechando en la propiedad de 16 mil hectáreas, ubicada en la zona de Pindoty Porã, departamento de Canindeyú. El mismo es legítimo ocupante de la propiedad y posee una sentencia firme de interdicto de retener la posesión, dictada por un juzgado competente.
La magistrada hizo lugar a una medida cautelar de urgencia de prohibición de innovar ante el posible atropello de terceras personas que pretenden evitar que el accionante siga trabajando en la propiedad mencionada.
En su resolución para otorgar la medida, la magistrada señaló que “se ha acreditado la verosimilitud del derecho invocado, justificado prima facie con los documentos agregados por los recurrentes” —representados por el abogado Aldo Gabilán—. Específicamente, se presentaron pruebas documentales consistentes en un contrato privado de reconocimiento y usufructo de la propiedad entre Leandro Pereira y Diego Troche, representante de la firma Americana Agropecuaria.
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Con la determinación adoptada por la jueza Contrera, ninguna persona ajena está autorizada a ingresar a la Estancia Americana. Asimismo, se estableció una contracautela como garantía de G. 600 millones y se libraron varios oficios al Ministerio del Interior, a la Comandancia de la Policía Nacional, a la Dirección de Policía del departamento de Canindeyú, a los efectos de resguardar el inmueble y evitar cualquier tipo de invasión. Del mismo modo, se envió un oficio al Ministerio Público para que tome conocimiento sobre cualquier situación irregular que se pueda generar.
Cualquier persona, distinta a Pereira di Camargo, que pretenda ingresar a la mencionada propiedad, estaría violando la determinación adoptada por la jueza.
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