Los abogados defensores de Óscar González Daher, Raúl Fernández Lippmann y Carmelo Caballero apelaron la sentencia condenatoria y solicitaron al Tribunal de Apelación anular la condena y por determinación directa resolver la absolución de todos los procesados en el caso de los audios filtrados del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).
Asimismo, el Ministerio Público apeló la sentencia condenatoria de estas tres personas así como la absolución de Jorge Oviedo Matto. Ahora será un Tribunal de Apelación el que tendrá que dictar una resolución de segunda instancia.
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El pasado 28 de diciembre, un Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Juan Carlos Zárate, quien votó por la absolución de los acusados, y los jueces María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro, votó en mayoría por la condena de dos años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena para González Daher y Fernández Lipmmann, mientras que el abogado Carmelo Caballero fue sentenciado a 1 año y 8 meses de pena privativa de libertad con suspensión de la ejecución de la pena.
Igualmente, en dicho juicio oral se decidió la absolución de Oviedo Matto, quien fue juzgado por el supuesto hecho punible de tráfico de influencias, delito que el Ministerio Público no pudo probar durante el desarrollo de la audiencia oral.
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Nuevo Liberalismo apela fallo del TSJE que impide avance de internas
El gobernador de Central, Ricardo Estigarribia, informó que su movimiento Nuevo Liberalismo apeló la decisión del Tribunal Electoral de la capital y Central, primera sala, que suspende el adelantamiento de las elecciones internas partidarias del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) para el 17 de agosto.
“Nosotros apelamos, existen muchos antecedentes y jurisprudencia consistentes en que varios partidos políticos hicieron sus elecciones internas el pasado año mediante las papeletas. Nosotros planteamos hacer lo mismo, pero lastimosamente la Justicia Electoral sacó una medida cautelar y trancó todo el proceso”, indicó a la 1020 AM.
Estigarribia sostuvo que la medida cautelar surgió exclusivamente ante la imposibilidad del TSJE de proveer las máquinas de votación y no por el hecho de que hayan violado las leyes electorales, al decidir mediante una convención extraordinaria el desdoblamiento de los comicios internos de las elecciones municipales previstas para el 2026.
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“El PLRA es un partido grande con autonomía, pero nosotros como movimiento, iremos el próximo año a unas elecciones si es esto lo que desean. Las elecciones queríamos realizar para organizar al partido que está muy golpeado después de las últimas elecciones”, afirmó.
Antecedentes
La medida cautelar fue firmada por los jueces Lorena Rojas, Modesto Núñez y Hugo Alberto Oxilia Vera. En el documento se aclara que las medidas cautelares estarán vigentes “ínterin se sustancie la presente acción”, es decir, hasta que el conflicto sea resuelto en una instancia superior.
De esta forma, los jueces electorales hacen lugar a la solicitud de medida cautelar que prohíbe innovar en los cargos de miembros del directorio a nivel nacional, miembros de directorios departamentales, presidentes y miembros de comités, así como convencionales.
La decisión de desdoblar los comicios internos del PLRA de las elecciones municipales previstas para el 2026, fue tomada a través de una convención extraordinaria impulsada el 6 de octubre del 2024 por los sectores internos disidentes liderados principalmente por el movimiento Nuevo Liberalismo.
En la ocasión también se resolvió la reforma del estatuto del PLRA donde se exige que el titular de la agrupación opositora renuncie 6 meses antes si desea postularse para el cargo de presidente de la República.
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Condenan a 28 años de cárcel al acusado del homicidio del exfiscal Javier Ibarra
El tribunal de sentencia integrado por Gloria Garay, Leticia Frachi y Ana Carolina Silveira, condenó a 28 años de cárcel a Óscar Ariel Caballero Sahlmann luego de ser encontrado culpable por el homicidio del exfiscal Javier Ibarra. La determinación se dio a conocer luego del juicio oral y público.
El fiscal del caso fue Julio Ortiz, quien pudo demostrar la responsabilidad del acusado en el grave hecho registrado donde resulto víctima fatal el exrepresentante del Ministerio Público, Javier Ibarra.
Por su parte, la querella representada por el abogado Rodrigo Moreno señaló que “estamos conformes con la sentencia condenatoria donde se ha demostrado plenamente la responsabilidad del hoy condenado en el homicidio de Javier Ibarra”.
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Agregó que “el hecho se pudo demostrar con elementos de prueba contundentes, como ser las testificales de las personas que declararon en juicio, las pruebas periciales de Criminalística de la Policía Nacional, así como el circuito cerrado en las inmediaciones de la casa del exfiscal Ibarra y los informes de las telefonías celulares entre otros elementos de prueba”, indico el abogado Moreno.
Ahora la defensa del condenado tiene la posibilidad de apelar y en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que definirá si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o disponer que se haga un nuevo juicio oral y público.
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Condenan a expresidente Humala a 15 años de prisión en Perú por caso Odebrecht
- Fuente: AFP
La justicia peruana condenó este martes a 15 años de prisión al expresidente Ollanta Humala tras hallarlo culpable de lavado de activos por recibir aportes ilegales de la constructora brasileña Odebrecht y del gobierno de Venezuela para sus campañas de 2011 y 2006, respectivamente.
Humala, de 62 años, fue detenido en la sala de audiencias al término de la lectura de su sentencia. Es el segundo exgobernante condenado por la justicia de su país de un total de cuatro expresidentes salpicados por la trama de corrupción de Odebrecht en Perú.
“Se impone al señor Ollanta Humala 15 años de pena privativa de libertad efectiva”, dijo la jueza Nayko Coronado del Tercer Juzgado de la Corte Superior, al leer el fallo de primera instancia que será apelado por la defensa del expresidente.
Odebrecht, cuyo escándalo de sobornos y corrupción salpicó a varios países de América Latina, reconoció en 2016 haber repartido decenas de millones de dólares en coimas y donaciones electorales ilegales en Perú desde inicios del siglo XXI.
El fallo puso fin a más de tres años de audiencias contra este exteniente coronel de centroizquierda que gobernó Perú entre 2011 y 2016. Según la fiscalía, el escándalo implicó también a Alan García (2006-2011), quien se suicidó en 2019 antes de ser detenido; Pedro Pablo Kuczynski (2016-2018), aún investigado; y Alejandro Toledo (2001-2006).
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Toledo fue condenado en 2024 a más de 20 años de prisión por recibir millonarios sobornos a cambio de obras en su gobierno.
Dictan prisión para su esposa
La esposa de Humala, Nadine Heredia, también fue condenada a 15 años de cárcel por lavado de activos. La jueza ordenó su captura ya que no asistió a la lectura de la sentencia.
La fiscalía los acusó de lavado de activos por supuestamente ocultar que recibieron 3 millones de dólares de Odebrecht para la campaña de 2011 que lo llevó a la presidencia, según declaró a fiscales peruanos el ex número uno de la empresa brasileña, Marcelo Odebrecht.
Según la acusación, en su fallida campaña de 2006 la pareja habría desviado también unos 200.000 dólares enviados por el entonces presidente de Venezuela, Hugo Chávez, a través de una empresa de ese país.
La fiscalía había pedido 20 años de prisión para Humala y 26 años para Heredia, a quien acusaba además de ocultamiento de fondos por “compras de bienes inmuebles con dinero de Odebrecht”. La pareja siempre negó durante el juicio haber recibido dinero de Chávez o de alguna empresa brasileña.
El fiscal Germán Juárez aseguró en el juicio que el dinero enviado por Odebrecht desde Brasil “era un pedido del Partido de los Trabajadores, porque existía una ideología afín entre Lula da Silva y Ollanta Humala”.
En el caso de Venezuela, la tesis fiscal es que el dinero lo envió “el ya fallecido expresidente Hugo Chávez a través de transferencias bancarias con la empresa de inversiones Kayzamak”.
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Condenan a dos personas a 10 años de cárcel por robar un camión Scania
Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a dos personas luego de ser encontrados culpables por robo agravado. Los condenados son Jorge Pavón Cohene y Cristhian Jara Coronel. La fiscala que probó la responsabilidad de los dos acusados fue Alejandra Vera. El colegiado sostuvo que el Ministerio Público pudo probar la responsabilidad de los dos acusados en el grave hecho registrado.
La investigación, llevada adelante por la representante del Ministerio Público, logró llegar hasta los responsables de un violento hecho ocurrido el 2 de agosto de 2021, cuando Adelio Giménez y Fernando Giménez se dirigieron a la compañía Curupicayty de la ciudad de Itá con la intención de mostrar y vender su camión Scania a un supuesto comprador. Una vez en el lugar, fueron interceptados por Pavón Cohene y Jara Coronel, quienes los redujeron con un arma de fuego, maniatando y amordazando a sus víctimas, manteniéndolas retenidas en la cabina del vehículo de gran porte.
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Luego fueron trasladados a otro sitio y obligados a abordar otro vehículo en compañía de personas hasta ese entonces no identificadas. Finalmente, Adelio y Fernando Giménez fueron abandonados en el Km 15, calle Quintana, de la compañía Takuara de la ciudad de Nueva Italia, y los ahora sentenciados se dieron a la fuga en el camión Scania.
Ahora la defensa de los dos condenados tiene la opción de apelar el presente fallo judicial y en caso de que sea así, un tribunal de apelación tendrá la última palabra sobre si confirma la sentencia de primera instancia o si se ordena la realización de nuevo juicio oral y púbico.
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