Los abogados defensores de Óscar González Daher, Raúl Fernández Lippmann y Carmelo Caballero apelaron la sentencia condenatoria y solicitaron al Tribunal de Apelación anular la condena y por determinación directa resolver la absolución de todos los procesados en el caso de los audios filtrados del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).
Asimismo, el Ministerio Público apeló la sentencia condenatoria de estas tres personas así como la absolución de Jorge Oviedo Matto. Ahora será un Tribunal de Apelación el que tendrá que dictar una resolución de segunda instancia.
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El pasado 28 de diciembre, un Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Juan Carlos Zárate, quien votó por la absolución de los acusados, y los jueces María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro, votó en mayoría por la condena de dos años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena para González Daher y Fernández Lipmmann, mientras que el abogado Carmelo Caballero fue sentenciado a 1 año y 8 meses de pena privativa de libertad con suspensión de la ejecución de la pena.
Igualmente, en dicho juicio oral se decidió la absolución de Oviedo Matto, quien fue juzgado por el supuesto hecho punible de tráfico de influencias, delito que el Ministerio Público no pudo probar durante el desarrollo de la audiencia oral.
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A Ultranza Py: tribunal confirmó condenas para Joaquín Roa y Alberto Koube
La Cámara de Apelaciones, integrada por los magistrados Pablino Escobar, Mario Camilo Torres y Arnulfo Arias, confirmó la condena de ocho años de cárcel para el exministro abdista de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Joaquín Roa, en una causa vinculada con la investigación A Ultranza Py, de febrero de 2022.
El exfuncionario de Estado fue encontrado culpable por lavado de dinero, cohecho pasivo y asociación criminal en direccionar licitaciones en dicha dependencia estatal para su beneficio personal y el de terceros.
Además de la pena privativa de libertad, los magistrados dispusieron el comiso de un yate de USD 450.000 que obtuvo Roa como fruto de las licitaciones direccionadas y la prohibición de ejercer cargos públicos por 5 años.
Igualmente, fue confirmada la sentencia para el empresario Alberto Koube a seis años de prisión por soborno agravado en calidad de autor, administración en provecho propio, en calidad de instigador, lavado de dinero en calidad de coautor.
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La ejecución de la condena quedará supeditada hasta que el fallo quede firme. De acuerdo a la sentencia tanto Roa como Koube causaron un perjuicio patrimonial a la Secretaría de Emergencia Nacional de aproximadamente G. 16.000 millones, principalmente mediante contratos de alquiler de camiones y provisión de chapas.
De acuerdo al Ministerio Público entre los años 2018 y 2021, Roa quien se desempeñaba como ministro desde 2013, adjudicó millonarias licitaciones y contrataciones a favor de Koube con la finalidad de obtener beneficios económicos conjuntos a costa de fondos públicos, conformando de esa forma una asociación criminal.
Las adjudicaciones direccionadas se canalizaron mediante empresas vinculadas a Koube, como Grupo Tapyracuai S.A., y de un entramado de firmas y personas relacionadas, entre ellas JPA Logística, Noemacol, Sofimac, Joaquín Núñez y Katerine Ayala, entre otros.
Varios elementos probatorios fueron claves para el presente caso, entre ellos resaltan los mensajes intercambiados entre Roa y Koube en los que Roa solicitaba montos de dinero en concepto de “pan dulce” y “sidra” a cambio del direccionamiento de las licitaciones.
También se mencionó que Koube era el que manejaba las licitaciones y los desembolsos, presionando a Roa, a quien trataba de “Papacho” para que se puedan liberar los fondos.
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Erico Galeano solicita permiso al Senado, sin goce de dieta
El senador colorado Erico Galeano presentó en la fecha una nota remitida a la presidencia de la Cámara de Senadores, encabezada por Basilio Núñez, en la cual solicita a sus colegas la aprobación de un permiso sin goce de dietas, hasta tanto quede firme y ejecutoriada la sentencia definitiva respecto al proceso judicial en su contra por los hechos de asociación criminal y lavado de dinero.
En la nota que remitió a la presidencia de la Cámara Alta, el senador Galeano argumenta que el pedido de permiso que solicita lo hace en virtud a lo dispuesto en el artículo 30 del reglamento inteno de la Cámara de Senadores, amparándose de igual forma en el principio fundamental de la “presunción de inocencia”, el cual está garantizado en el artículo 17 de la Constitución Nacional.
Menciona además, que en el caso que sea aprobado por el plenario de la Cámara Alta, se tenga en cuenta las disposiciones contenidas en el artículo 191 de la Constitución de la República, en cuanto los derechos y prerrogativas al cargo del legislador, con relación a que ningún senador o diputado puede ser detenido o arrestado desde el día de su elección hasta el fin de su mandato.
El senador Galeano recuerda además, que existe jurisprudencia, en la Honorable Cámara de Senadores, ya que en el pasado ya se han otorgado permisos sin goce de dieta, por circunstancias personales contempladas en varias resoluciones a lo largo de varios periodos legislativos.
Cabe recordar que la semana pasada, el Tribunal de Sentencia, conformado por los jueces Pablino Barreto (presidente), Juan Dávalos e Inés Galarza, condenó a 13 años de prisión al senador Galeano por los hechos de asociación criminal y lavado de dinero.
Este tribunal especializado en Delitos Económicos y Anticorrupción encontró la vinculación del legislador con narcotraficantes en el marco de la investigación conocida como A Ultranza Py.
Sin embargo, el Tribunal de Sentencia le mantuvo las medidas alternativas a la prisión, manteniendo la prisión preventiva domiciliaria. Si bien, el Ministerio Público solicitó la pena máxima de 17 años, y la revocatoria de la medida preventiva, este tribunal dictó una pena de 13 años de cárcel. El juicio por este caso duró seis meses.
En caso de que el Senado apruebe este pedido de permiso, inmediatamene convocará a la suplente, que en este caso cae en la persona Guadalupe Aveiro.
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Presentan candidaturas para Tribunal del Derecho del Mar y UIT
La Cancillería Nacional confirmó que ayer fue presentada oficialmente la postulación del embajador Óscar Cabello Sarubbi, para su reelección como juez del Tribunal Internacional del Derecho del Mar.
Es para un mandato de nueve años. Paraguay también tiene candidato para el Consejo de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), para el período 2027-2030.
El acto se llevó a cabo en el Ministerio de Relaciones Exteriores y contó con la participación del cuerpo diplomático y consular acreditado ante el Gobierno de la República del Paraguay.
El viceministro de Administración y Asuntos Técnicos, Miguel Aranda, destacó que estas postulaciones constituyen prioridades de la política exterior del gobierno del presidente Santiago Peña, y reflejan una inserción internacional cada vez más activa, coherente y comprometida con el multilateralismo.
Dijo que el Paraguay mantiene una firme adhesión al derecho internacional y a la consolidación de las instituciones multilaterales, convencido de que el diálogo, el equilibrio y la construcción de consensos son herramientas esenciales para afrontar los desafíos globales.
En ese marco, afirmó que la reelección del embajador Cabello Sarubbi se sustenta en su reconocida solvencia jurídica, su experiencia en derecho del mar y la importancia de preservar la continuidad y la memoria institucional del Tribunal, especialmente en un contexto de renovación significativa de sus miembros.
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Ratifican condena por tortura contra Walter Bower y otras dos personas
El Tribunal de Apelación ratificó la condena de 15 años de cárcel para Walter Bower, exminstro del Interior, sentenciado por tortura. Igualmente se confirmó la sentencia de 12 años de cárcel para Merardo Palacios y 6 años de Osvaldo Vera. Todos fueron sentenciados por hechos de tortura ante el intento de golpe de Estado contra el gobierno de Luis Ángel González Macchi.
Los camaristas que confirmaron el fallo judicial son Paublino Escobar, Jesús María Riera Manzoni y Lourdes Cardozo. Los mismos rechazaron que el juicio fuera nulo por las interrupciones y recesos, señalando que las pausas se debieron principalmente a incidentes y recusaciones planteadas por las propias defensas, y que no se demostró un perjuicio real al derecho de defensa.
Ahora la defensa de los condenados puede recurrir a la Corte Suprema de Justicia y en caso de ser así, los integrantes de la máxima instancia judicial deberán definir si corresponde confirmar la sentencia condenatoria.
Antecedentes
El 2000 fue un año crítico para Paraguay, marcado por la tensión política y las crisis institucionales. En medio de un clima de desconfianza hacia el gobierno de González Macchi, varios sectores dentro de las fuerzas de seguridad fueron acusados de conspirar contra el gobierno.
La detención de los supuestos implicados en el golpe de Estado se vio acompañada de denuncias sobre torturas durante los interrogatorios, hechos que luego fueron elevados a juicio.
La acusación principal recayó sobre Bower, quien en su rol de ministro del Interior habría sido responsable directo de las operaciones de detención e interrogatorio de los implicados. Durante el juicio, se presentó evidencia de que las torturas fueron sistemáticas y tenían como objetivo obtener información que confirmara las supuestas conspiraciones.
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