La fiscala Esmilda Álvarez apeló la resolución del juez Gustavo Amarilla, quien declaró la prescripción de los hechos punibles de frustración de la persecución penal y alteración de datos para los imputados Olga María Paredes, Ramona Mabel Cantero, Fernando Cáceres, Stiben Patrón y Efraín Alegre Irún, procesados en el marco de la investigación por la contaminación de la escena del crimen registrado en la noche del 31 de marzo y 1 de abril del 2017, donde falleció el joven Rodrigo Quintana.

Ahora será un tribunal de apelación el que deberá analizar la presentación formulada por la representante del Ministerio Público y en caso de que se revoque, los citados más arriba seguirán imputados por los delitos mencionados.

Semanas atrás, el magistrado Amarilla declaró la prescripción de los delitos, alegando que “se hizo un aná­lisis y la imputación fiscal se presentó pasado el tiempo que tenía el Ministerio Público para ejercer la acción, porque son hechos punibles que tienen un marco penal de hasta 3 años, y la imputa­ción fue presentada 3 años y 4 meses después de la fecha de la supuesta comisión del hecho punible, con lo cual están prescriptos dos de los delitos”.

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Agregó además que “ahora solo nos queda continuar con el proceso por el hecho punible que no prescribió, que es sabotaje a sistemas informáticos contra los imputados Efraín Alegre Irún y Stiben Patrón”.

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Amarilla había resuelto que Efraín Alegre Irún, hijo del presidente del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) y Stiben Patrón sigan procesados por el delito de sabotaje del sistema informático.

En su acta de imputación, el Ministerio Público sostiene que “Patrón y Alegre Irún habrían intentado inutilizar varios datos almacenados magnéticamente en las CPU´s, con las cuales son visualizados en las imágenes del cir­cuito cerrado que, conforme al horario, habría ocurrido con posterioridad al fallecimiento de la víctima, a fin de impedir el acceso a la información contenida en las mis­mas”. La Fiscalía dice que ello constituye un hecho grave.

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