La sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inoficioso el estudio de la acción de inconstitucionalidad promovida por el exsenador colorado Óscar González Daher, quien recurrió a la máxima instancia judicial atacando de inconstitucional las resoluciones N° 1.892 de fecha 16 de diciembre de 2017 y N° 1.901 de fecha 22 de diciembre del mismo año dictadas por la Cámara de Senadores. Los ministros que firmaron la presente resolución son: Antonio Fretes, Alberto Martínez Simón y Eugenio Jiménez.
El voto del ministro Fretes expresa que “resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución".
Así también añade que "en ese sentido las resoluciones de la Cámara de Senadores atacadas de inconstitucional han dejado de afectar al accionante, en razón de que las citadas resoluciones corresponden al anterior periodo legislativo 2013-2018. En base a la presente consideración deviene inoficioso el estudio de la presente acción de inconstitucionalidad presentada por Óscar González Daher por haber desaparecido la causa que la motivó”.
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Analizan otras acciones
Igualmente la Corte Suprema de Justicia tiene varias acciones de inconstitucionalidad de exsenadores que accionaron ante la máxima instancia judicial por haber pérdido la investidura. Todas las acciones se están analizando y no se descarta que en los próximos días se resuelvan igualmente.
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La humanidad vive más años, pero también más tiempo enferma, revela un estudio
Aunque la esperanza de vida continúa aumentando en casi todo el planeta, ese avance trae consigo un desafío cada vez más preocupante: las personas no solo viven más, sino que también pasan una mayor cantidad de años enfrentando enfermedades o limitaciones físicas. Esa es la principal conclusión de un estudio difundido por la revista científica The Lancet y citado por la agencia RT.
La investigación determinó que la diferencia entre la esperanza de vida total y la esperanza de vida saludable se amplió de 8,8 años en 1990 a 10,7 años en 2023. En otras palabras, el incremento de la longevidad no estuvo acompañado por una mejora equivalente en la calidad de vida durante la vejez.
Los especialistas analizaron datos correspondientes a 203 de 204 países y territorios, encontrando que esta tendencia se repite prácticamente en todo el mundo. El trabajo advierte que los sistemas sanitarios deberán prepararse para atender a una población que vive más tiempo, pero que requiere una atención médica prolongada y cada vez más compleja.
Principales causas
Entre las principales causas de los años vividos con problemas de salud aparecen los trastornos musculoesqueléticos, como el dolor crónico de espalda y la artritis; los trastornos mentales, entre ellos la depresión y la ansiedad; y las enfermedades que afectan los órganos de los sentidos, como la pérdida de visión y audición. Los investigadores sostienen que fortalecer la prevención, promover estilos de vida saludables y mejorar el tratamiento de las enfermedades crónicas será determinante para reducir esa brecha en las próximas décadas.
La OMS
De acuerdo con datos oficiales de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la esperanza de vida global aumentó más de seis años entre 2000 y 2019, pasando de 66,8 a 73,1 años, antes del impacto temporal provocado por la pandemia de covid-19. El organismo considera que el gran desafío ya no consiste únicamente en prolongar la vida, sino en lograr que esos años adicionales transcurran con buena salud, autonomía y calidad de vida.
Otro dato llamativo es el de las denominadas “Zonas Azules”, regiones del mundo donde se concentra un número inusualmente elevado de personas centenarias. Lugares como:
- Okinawa (Japón)
- Cerdeña (Italia)
- Icaria (Grecia)
- Nicoya (Costa Rica)
- y Loma Linda (Estados Unidos)
han despertado el interés de la comunidad científica por compartir características como una alimentación equilibrada, actividad física cotidiana, fuertes vínculos sociales y bajos niveles de estrés, factores que podrían contribuir a una vida más larga y saludable, según investigaciones respaldadas por organismos internacionales y diversos estudios sobre envejecimiento.
El estudio publicado en The Lancet plantea así una paradoja cada vez más evidente: los avances de la medicina permiten extender la vida, pero el verdadero reto del siglo XXI será garantizar que esos años adicionales puedan vivirse con bienestar y no marcados por la enfermedad o la discapacidad.
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Comisarías de oro: piden a la Corte integrar la cámara de apelación en causa penal de Filizzola
La fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción, Silvia González, pidió a los integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que arbitren las medidas necesarias para la pronta integración del Tribunal de Apelación competente.
Los integrantes del tribunal de segunda instancia deberán estudiar si corresponde anular la prescripción del proceso penal por lesión de confianza que enfrenta el senador Rafael Filizzola en el caso conocido como “comisarías de oro”, donde la Fiscalía señaló un perjuicio de G. 1.200 millones contra el Estado paraguayo.
Los ministros Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Víctor Ríos deberán estudiar si corresponde confirmar a la camarista Adriana Giagni o a Camilo Torres para integrar el Tribunal de Apelación Penal, el cual tendrá que decidir si Filizzola seguirá procesado por lesión de confianza.
En su momento, el juez penal de garantías Yoan Paul López decidió hacer lugar a la prescripción del caso, determinación que fue apelada por el Ministerio Público.
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En este proceso se investiga una supuesta lesión de confianza que involucra al exministro del Interior y actual senador Rafael Augusto Filizzola Serra.
La Fiscalía sostiene, con varios elementos probatorios, que existe un perjuicio patrimonial de aproximadamente G. 1.200 millones al Estado por la construcción de baños y celdas en 24 comisarías de Asunción, obras realizadas sin estudios técnicos ni requerimientos específicos de las dependencias policiales, y que además quedaron inconclusas.
Caso Helicópteros
Por otra parte, la jueza penal de garantías, Alicia Pedrozo, hizo lugar al pedido del fiscal Francisco Cabrera y ordenó el sobreseimiento definitivo de Rafael Filizzola, quien había sido acusado en su momento por la compra de helicópteros para la Policía Nacional, un caso que generó un perjuicio estimado de G. 50.000 millones.
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Caso María Fernanda: Pablo Lemir revela detalles de la autopsia ante el tribunal de sentencia
El médico forense Pablo Lemir prestó declaración testifical ante el Tribunal de Sentencia que tiene a su cargo juzgar a los acusados por el feminicidio de María Fernanda Benítez. El profesional brindó detalles sobre los resultados de la autopsia realizada al cuerpo de la joven y al feto, de aproximadamente 14 a 16 semanas de gestación.
Lemir indicó que la causa más probable de fallecimiento está relacionada con la exposición al fuego, aunque señaló que inicialmente no pudo descartarse de manera absoluta la posibilidad de una asfixia provocada por inhalación de humo.
Asimismo, señaló que esa hipótesis surgió a partir de ciertos cambios de coloración observados en partes visibles del cuerpo, con una tonalidad rojiza similar al “rojo cereza”, característica que puede presentarse en casos de intoxicación por monóxido de carbono.
Sin embargo, aclaró que no fue posible confirmar esta situación debido a limitaciones técnicas para realizar el estudio de carboxihemoglobinemia. Según explicó, el análisis requiere condiciones específicas que no pudieron concretarse en Paraguay para este caso.
Del mismo modo, el profesional sostuvo que encontró marcas de pinzamiento compatibles con una pinza de Pozzi o pinza ginecológica similar, instrumento utilizado en procedimientos médicos para sujetar el cuello uterino. “El único motivo racional para un pinzamiento del cuello uterino a esa edad gestacional es realizar algún tipo de maniobra tendiente al aborto”, manifestó Lemir.
Aclaró que no puede afirmar que se haya realizado un procedimiento abortivo ni que este haya llegado a consumarse. “No puedo dar fe de que se intentó un procedimiento abortivo; lo que puedo decir es que existió un elemento visible y objetivable de que fue pinzado ese cuello uterino”, manifestó el referido profesional.
Otro punto que Lemir señaló ante los jueces fue que la ubicación de las marcas, en la zona superior del cuello uterino, era compatible con una maniobra destinada a facilitar el acceso hacia el interior del útero. Según señaló, en una adolescente sin antecedentes de partos, las características anatómicas pueden dificultar ese procedimiento.
El profesional aclaró que las lesiones eran relativamente recientes, aunque evitó establecer una fecha exacta debido a las condiciones del cadáver y los procesos posteriores de descomposición y carbonización. Recordó que en su informe había establecido un periodo aproximado de 72 horas, aunque aclaró que existen múltiples factores que alteran la descomposición cadavérica, como el frío, el aislamiento del cuerpo y la acción del fuego.
Sobre el feto encontrado en el interior del cuerpo de María Fernanda, Lemir afirmó que se encontraba completo, sin lesiones visibles, y que sus características permitieron establecer una edad gestacional aproximada de entre 14 y 16 semanas.
Explicó que el fallecimiento del feto se produjo como consecuencia de la muerte de la madre y descartó la presencia de lesiones traumáticas visibles en el cráneo del bebé.
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Diputados estudió proyecto sobre cese automático de prestación alimentaria
La Cámara de Diputados analizó en sesión extraordinaria este lunes el proyecto de ley que plantea modificar el artículo 189 del Código de la Niñez y la Adolescencia, para establecer el cese automático de la prestación alimentaria al cumplir el beneficiario 18 años de edad.
Durante el tratamiento se presentaron posturas dispares sobre el punto e incluso se pidió la postergación del proyecto.
El planteamiento no prosperó, pero tampoco pudo concluir el estudio, ya que a la hora de la votación la plenaria quedó sin quórum legal.
Los proyectistas defienden que la modificación busca otorgar mayor seguridad jurídica y eficiencia procesal. Explicaron que actualmente el cese de la obligación alimentaria requiere una resolución judicial, aun cuando el beneficiario ya haya alcanzado la mayoría de edad.
Por ello, a criterio de los impulsores, la medida permitirá simplificar el procedimiento y contribuir a la descongestión del sistema de justicia.
En su intervención, los diputados proyectistas Jatar Fernández y Hugo Meza defendieron la iniciativa, argumentando que la modificación no vulnera los derechos de niños y adolescentes, sino que simplifica un trámite cuya obligación ya se extingue por mandato legal al alcanzar la mayoría de edad.
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