La agente fiscal Teresilde Fernández Álvarez obtuvo la condena de 15 años de prisión para Luis Alberto Colmán Martínez, quien fue encontrado culpable por un tribunal de sentencia por el delito de homicidio doloso. La sentencia condenatoria se dio a conocer tras terminar el juicio oral y público.
De acuerdo al fallo del colegiado, el Ministerio Público pudo arrimar todos los elementos de prueba que sindican al acusado como autor del hecho punible de homicidio doloso y es por ello que la pena justa es la de 15 años de pena privativa de libertad.
Los antecedentes de la investigación refieren que en fecha 23 de setiembre del 2018, Patricia Soledad Ramírez se encontraba con su pareja sentimental Claudio Guens compartiendo una cena. Seguidamente, al retirarse del mencionado evento, se les acerca Colmán, exmarido de la mujer, a bordo de una motocicleta, quien actuó de manera agresiva ante la situación y aplicó varias puñaladas a Guens.
La víctima fue derivada de manera inmediata a un hospital. Sin embargo, su deceso se dio rápidamente. Fueron varios los testigos de lo ocurrido, por lo que se pudo constatar de manera efectiva la culpabilidad del sindicado.
Por su parte, la defensa del sentenciado tiene la posibilidad de apelar la presente resolución judicial y, en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que tendrá la última palabra con relación a si ratifica la condena o la anula y ordena que se realice un nuevo juicio oral y público.
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CIDH declara cumplidas las medidas de reparación de Paraguay en el caso Yakye Axa
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró el cumplimiento total por parte del Estado paraguayo de las medidas de reparación relacionadas con la publicación y difusión de la sentencia en el caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay. El informe se dio a conocer a través de la Cancillería Nacional al Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación (Mitic).
Mediante la nota VMRE-UGDH Nº 941-2026, se informó que la Unidad General de Derechos Humanos de la Cancillería Nacional remitió al Mitic la resolución de fecha 9 de octubre de 2026, notificada mediante la nota CDH-12.313/640 del 21 de octubre de 2026, por la cual la CIDH declara el cumplimiento total de las medidas de reparación ordenadas en el punto resolutivo décimo segundo de la sentencia correspondiente al caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay.
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La decisión constituye un nuevo reconocimiento al compromiso del Estado paraguayo con el cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de las obligaciones internacionales asumidas en materia de derechos humanos, transparencia y acceso a la información, ejecutadas a través de la Comisión de Seguimiento de las Sentencias Internacionales, CICSI, liderada por el propio vicepresidente de la República Pedro Alliana.
El punto resolutivo décimo segundo de la sentencia dispuso la publicación de los hechos probados y de los puntos resolutivos del fallo en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional, además de la financiación de transmisiones radiales destinadas a difundir el contenido de la decisión judicial. Tras el proceso de supervisión realizado por la CIDH, estas medidas fueron consideradas plenamente cumplidas por el Estado paraguayo.
Prioridad en política comunicacional
Desde el Mitic señalan que el cumplimiento de estas disposiciones fue una prioridad dentro de la política de fortalecimiento de la comunicación pública y del respeto a los compromisos internacionales del Paraguay. En ese marco, informaron que se impulsaron acciones de difusión, campañas de comunicación, espacios radiales y materiales informativos orientados a garantizar que las medidas ordenadas por la Corte lleguen efectivamente a la ciudadanía y a las comunidades involucradas.
Asimismo, se promovieron espacios de visibilización y participación que permitieron amplificar la voz de los pueblos indígenas, contribuyendo a la difusión de sus derechos, su cultura y las decisiones adoptadas por los organismos internacionales de protección de los derechos humanos.
La comunicación remitida por la Cancillería reconoce el cumplimiento de estas medidas de difusión y publicación, que forman parte de las reparaciones ordenadas en favor de la Comunidad Indígena Yakye Axa y que constituyen herramientas fundamentales para garantizar la memoria, la transparencia y el acceso a la información pública.
Ratifica compromiso institucional
Desde la vicepresidencia resaltaron que con esta decisión, la CIDH reconoce el cumplimiento de las acciones de comunicación y difusión desarrolladas por el Estado paraguayo, fortaleciendo los mecanismos de acceso público a las decisiones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y reafirmando el compromiso institucional del Paraguay con la promoción, protección y garantía de los derechos humanos.
“La declaración de cumplimiento total constituye, además, una muestra del trabajo coordinado entre las instituciones del Estado para honrar los compromisos internacionales asumidos por el país y garantizar que las medidas de reparación ordenadas por los organismos internacionales sean conocidas por la ciudadanía y lleguen efectivamente a sus beneficiarios”, destaca el informe que brindaron dese la vicepresidencia.
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Dos internos se fugaron del Centro Penitenciario Martín Mendoza de Emboscada
Dos personas privadas de libertad del Centro Penitenciario Martín Mendoza de Emboscada se fugaron en la madrugada de este domingo, aproximadamente a las 01:00. Los fugados fueron identificados como Éver Alejandro Ozuna López y Robert Arsenio Merlo Villalba, quienes se encontraban alojados en el Módulo 7 de la referida penitenciaría; cabe precisar que dicho módulo no corresponde al sector de máxima seguridad del establecimiento.
El Ministerio de Justicia informó que, ante esta situación, se activaron los protocolos correspondientes y se llevan adelante tareas de búsqueda, rastreo y localización en la zona, en coordinación con la Policía Nacional, con el objetivo de dar con el paradero de ambas personas. Las acciones se desarrollan de manera articulada entre las instituciones intervinientes.
Asimismo, el Ministerio de Justicia dispondrá la apertura de una investigación administrativa para esclarecer las circunstancias en las que se produjo el hecho, determinar las posibles causas y establecer las responsabilidades pertinentes.
La institución aseguró que actuará con firmeza ante cualquier irregularidad que pudiera comprobarse: en caso de confirmarse la complicidad de funcionarios penitenciarios, se aplicarán las máximas sanciones previstas en la normativa vigente, sin perjuicio de las responsabilidades penales correspondientes.
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Ande firma contrato de suministro de energía eléctrica por 15 años
La Administración Nacional de Electricidad (Ande) acordó un contrato de suministro de energía eléctrica por 15 años, con una demanda que aumentará gradualmente hasta alcanzar los 286 megavatios (MW). El convenio establece tarifas diferenciadas según el nivel de tensión y contempla obras de infraestructura para garantizar la conexión del suministro.
El presidente de la Ande, Miguel Báez, informó que la provisión de energía comenzará el 1 de diciembre de 2026, con una potencia inicial de 6 MW. El consumo crecerá progresivamente hasta llegar a los 286 MW en abril de 2029, de acuerdo con el cronograma previsto.
En materia tarifaria, la Resolución P/N.º 52552/2026 establece precios promedio de USD 56,39 por megavatio hora (MWh) para el suministro en 23 kV y de USD 48,91/MWh para conexiones en 220 kV. El esquema contempla actualizaciones anuales de las tarifas y revisiones de los costos de generación cada dos años.
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El acuerdo también prevé trabajos de conexión en la Subestación Yguazú para responder a los requerimientos de potencia establecidos. Estas obras forman parte de la infraestructura necesaria para acompañar el incremento gradual de la demanda eléctrica durante la vigencia del contrato.
Para el sector empresarial, la disponibilidad de energía eléctrica a largo plazo puede facilitar la planificación de inversiones, la ampliación de instalaciones y la incorporación de nuevas tecnologías. Asimismo, contar con condiciones tarifarias definidas permite proyectar costos operativos y evaluar oportunidades de crecimiento, especialmente en industrias con alto consumo energético.
KUNTUR S.A. es la empresa privada con la que la Ande suscribió el contrato y que asumirá íntegramente el financiamiento de las obras de conexión en la Subestación Yguazú.
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Plantean hasta 20 años de cárcel para quienes alteren la identidad biológica de niños
Un grupo de senadores acudió este miércoles a la Plaza de Armas para recepcionar la iniciativa popular que propone hasta 20 años de cárcel para los adultos que interfieran, alteren o dañen la percepción natural del niño acerca de la sexualidad o su identidad biológica.
El proyecto denominado “La ideología de género es abuso infantil” ya tuvo entrada oficial y fue girado a la Comisión de Legislación de la Cámara para su dictamen correspondiente. El mismo es impulsado por sectores conservadores y religiosos.
Los impulsores buscan modificar el artículo 135 de la ley 6002&/17 que modifica la ley 1160/97 del Código Penal, modificado por el artículo 1 de la ley 3440/08 que modifica varias disposiciones de la ley 1160/97del Código Penal.
El documento en su artículo 135, inciso A, referente al abuso sexual en niños detalla en su artículo 1 que “el que realizara actos sexuales con un niño, o lo indujera a realizarlo en sí mismo o a terceros, será castigado con pena privativa de libertad de cuatro a quince años. Con la misma pena será castigado el que realizara actos sexuales manifiestamente relevantes ante un niño y dirigidos a él, o lo indujera a realizarlos ante sí o ante terceros.
En su artículo 2 menciona que en los casos señalados en el inciso anterior la pena privativa de libertad será de diez a quince años cuando el autor al realizar el hecho haya maltratado físicamente a la víctima, haya abusado de la víctima en diversas ocasiones; o haya cometido el hecho con un niño que sea su hijo biológico, adoptivo o hijastro, o con un niño o niña cuya educación o tutela o guarda este a su cargo.
Agrega que cuando concurra más de una circunstancia de las señaladas en el inciso 2, el autor será castigado con pena privativa de libertad de quince a veinte años. En los casos señalados en el inciso 1, la pena privativa de libertad no será menor de 15 años cuando el autor haya realizado el coito con la víctima. En caso de que la víctima sea menor de diez años, la pena no será menor de veinte años. Menciona que se entenderá por niño, a los efectos de este capítulo, la persona que no haya cumplido catorce años de edad.
En su artículo 135, inciso b referente al abuso por medios tecnológicos, el proyecto de ley argumenta que “el que por medio de publicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, solicite o exija de cualquier modo a un niño o niña que realice actos sexuales o que le envíe imágenes de sí misma con contenido sexual, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años. Será castigada también la tentativa”.
Mientras que en su artículo 135, inciso C hace referencia al abuso bajo otras formas el cual expresa que “el que elaborara, distribuyera, comercializara, promocionara, difundiera, publicara materiales impresos o realizara actos que pudieran interferir, alterar o dañar la percepción natural del niño acerca de la sexualidad, el ejercicio de ella o su identidad biológica, será castigado con pena privativa de libertad ah de cuatro a diez años”.
Si el hecho fuere cometido por un funcionario público o autoridad electa, será castigado con pena privativa de libertad de diez a quince años. En el caso señalado en el inciso anterior la pena privativa de libertad será de 15 a 20 años cuando el funcionario o autoridad haya autorizado o aprobado tales materiales o actos.