El exsenador Dionisio Amari­lla había presentado el año pasado, una querella por difamación, calumnia e inju­ria contra el periodista del diario Abc Color, Juan Carlos Lezcano. La abogada del político liberal, Carolina Gorostiaga, explicó que la defensa había presentado una cuestión dilatoria, que fue el reclamo hecho al juez de la causa por haber señalado una providencia donde se intimaba al periodista a presentar pruebas de su acusación.

Hoy un Tribunal de Apelaciones se declaró competente para resolver un recurso de apelación interpuesto por la defensa del periodista del citado medio y confirmó la decisión del juez Penal de Sentencias, Arnaldo Fleitas Ortiz, quien el 24 de julio pasado había resuelto exigir al acusado que presente las pruebas que originaron el juicio.

“Ellos dijeron que no correspondía aún que la defensa presente las pruebas, entre otras cuestiones, todas de carácter dilatorio”, explicó la abogada de Dionisio Amarilla. Tras el rechazo de dicha solicitud por parte del Juez, la misma fue derivada a la Sala de Apelaciones y esta confirmó la decisión.

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“Él tiene que presentar las pruebas para poder ir a juicio oral y público, esa fue la decisión. Desde ahora el querellado tiene cinco días de tiempo a partir de que quede firme la resolución y vuelva al juzgado de origen, luego de la notificación”, explicó la abogada Gorostiaga.

Con respecto a la resolución de la aplicación de las costas a la parte perdidosa, como menciona la resolución, la profesional explicó: “Cada vez que se resuelve un incidente, también se resuelven las costas y es lo que se le impuso a este pedido, que resultó era meramente dilatorio y ahora supongo, además, que va a ir al juicio oral y público sin pruebas”.

Gorostiaga explicó que el proceso de acción privada tiene dos etapas, una de conciliación y explicó que aunque había un ánimo conciliatorio entre las partes, eso fue truncado y se pasó a la siguiente etapa que es la del juicio oral y público. en su momento, la abogada de Dionisio Amarilla Gorostiaga señaló a los medios de prensa que “la figura del soborno es inexis­tente porque estas cuestiones son del ámbito privado entre terceras personas; el sena­dor no hizo entrega de dinero ni mencionó ningún pago”.

Agregó que el legislador había solicitado que el comunicador se retractara en sus dichos, y que ade­más enviara las grabacio­nes al juzgado sin editar. “En los medios están las grabacio­nes editadas y las mismas no fueron obtenidas de manera legal”, aseguró la abogada.

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