Tres mujeres que están ocupando de forma irregular la estancia Pindó en Curuguaty, departamento de Canindeyú, enfrentarán un juicio oral y público tras ser acusadas por el delito de invasión de inmueble ajeno. Se trata de Ana María Santander, Rosana Mabel Bareiro Dávalos y Angélica Silva.
Mientras que Jorge Mercado Méndez, líder del asentamiento Primero de Marzo, ubicado dentro del establecimiento; Emilio González Martínez, Richard Escobar, Félix Irala Paredes, Anastasio Jara Franco y Reinaldo de Jesús Irala Paredes, principales acusados por la invasión al predio, siguen “prófugos” de la Justicia.
Todos ellos cuentan con orden de captura nacional, pero no son detenidos a pesar de que se encontrarían dentro del asentamiento levantado ilegalmente en la estancia Pindó.
Otros procesos
El Ministerio Público inició en el 2014 una investigación sobre hechos punibles contra el medioambiente y procedió a la imputación de varias personas, entre ellas Jorge Mercado Méndez.
En dicho proceso penal se ordenó la captura de Mercado, líder del asentamiento Primero de Marzo en Ybyrarovana, ubicado dentro de la reserva forestal. El sujeto también está siendo buscado por invadir la estancia Pindó.
Igualmente, tienen orden de captura Richard Escobar, Benigno Coronel González, Milciades Coronel Ortiz y Epifanio Giménez Coronel. El fiscal de la causa en ese entonces, Cristian Roig, había ordenado la detención de los citados en el caso Pindó.
Existen innumerables denuncias de quemas de retiros, tráfico ilegal de maderas, ataque a peones de la estancia, abigeato y contaminación de caudales hídricos, delitos vinculados a las acciones realizadas por estas personas que viven al margen de la ley dentro de una propiedad privada.
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Paraguay da paso clave con primer centro integral infantil
La próxima inauguración del primer CAIPI, en una nueva etapa en la política pública de atención a la primera infancia, con la proyección de replicar este modelo en distintos puntos del país es uno de los puntos más destacados durante la sesión de la Comisión Nacional de Primera Infancia (CONPI).
La primera Dama Leticia Ocampos resaltó que este espacio “refleja el compromiso real y sostenido de nuestro país con el desarrollo integral de nuestros niños y niñas”, recordando además que, hace casi un año, se estableció por decreto el 31 de marzo como el “Día Nacional de la Primera Infancia”, marcando un hito en la agenda social.
“El Paraguay se encuentra a un día de inaugurar el primer Centro de Atención Integral a la Primera Infancia en Capiatá, el primero de los 50 proyectados para este año”, destacó la primera Dama.
Agregó que es un trabajo articulado entre instituciones como clave para alcanzar estos resultados. “Este avance es posible gracias al trabajo coordinado, al diálogo constante y a la convicción compartida de que la primera infancia debe ser una prioridad nacional”, expresó.
Desde el Ministerio de Justicia destacaron que acompañan este proceso convencidos de que invertir en la primera infancia significa construir las bases de una sociedad más justa, inclusiva y con mayores oportunidades para todos.
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Trabajo coordinado
El ministro de la Niñez y la Adolescencia, Walter Gutiérrez, destacó el trabajo coordinado de las instituciones y el valor del equipo técnico involucrado en la implementación de las políticas públicas, “contamos con técnicos y profesionales muy valiosos que dedican su tiempo con amor y compromiso para avanzar en la misión de la Comisión Nacional de Primera Infancia”, expresó.
Asimismo, recordó que la CONPI cumple su primer año de creación en coincidencia con el Día Nacional de la Primera Infancia, señalando que esta fecha también marca la puesta en marcha de una política clave: “por decreto se crea el Programa Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia ‘Semillas del Futuro’”.
El ministro resaltó que la estrategia abarca el desarrollo infantil desde etapas tempranas: “desde la concepción hasta los 8 años, con especial énfasis en los primeros 1.000 días de vida, fundamentales para todo ser humano”.
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Sesión
Con el objetivo de coordinar y fortalecer las políticas públicas dirigidas a la niñez, la primera dama de la Nación, Leticia Ocampos encabezó la sesión de la Comisión Nacional de Primera Infancia (CONPI).
Participaron de la sesión el viceministro de Justicia, Rafael Caballero, en representación del Ministerio de Justicia y del ministro de la Niñez y la Adolescencia, Walter Gutiérrez,
En la sesión del CONPI, que se realizó en Mburuvicha Roga, se registraron avances significativos en la implementación del programa “Semillas del Futuro”, una iniciativa que busca garantizar mejores condiciones de desarrollo desde los primeros años de vida.
Durante el encuentro se presentaron los lineamientos generales del Modelo de Gestión, se aprobó el Manual de Gestión de los Centros de Atención a la Primera Infancia (CAIPI) y se concretó el traspaso de la coordinación del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia al Ministerio de Educación y Ciencias.
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Justicia otorga sobreseimiento definitivo al senador Hernán Rivas
La Cámara de Apelaciones hizo lugar el recurso planteado por la defensa del senador Hernán Rivas y dictó el sobreseimiento definitivo de la causa por presunta producción y uso de título falso. La acción fue planteada por los abogados Cristóbal Cáceres Frutos, Víctor Gulino y Álvaro Cáceres.
El tribunal decidió el sobreseimiento definitivo al legislador de conformidad al artículo 359 inciso 2 del Código Procesal Penal. Explica que dicho articulado menciona que corresponde el sobreseimiento definitivo cuando a pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba y sea imposible requerir fundadamente la apertura a juicio.
La camarista Bibiana Benítez (preopinante) señaló que ya en el A.I. N° 850 de fecha 10 de octubre del 2025, el juez de Garantía Miguel Palacios concluyó que el hecho punible estipulado en el artículo 251, inciso 1°, del Código Penal Paraguayo (producción mediata de documentos públicos de contenido falso) prescribió, incluso antes de la formulación del acta de imputación por parte del Ministerio Público, la cual ya había llegado tarde.
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Al análisis jurídico de la camarista se adhirió su colega Delio Vera, señalando que al declararse la prescripción del hecho de producción de títulos falso no puede ser juzgado por lo segundo, que es el supuesto “uso de documentos de contenido falso”, por lo que se declara su sobreseimiento definitivo de todo el proceso. José Fernández, el tercer integrante del tribunal, votó en disidencia.
Cabe señalar que con este fallo, a través del A.I. N° 102 dictado en la fecha, se rechaza la apelación de los fiscales Patricia Sánchez y Luz Guerrero en contra de la prescripción del delito de supuesta falsificación de parte de Rivas.
Posteriormente, mediante el A.I. N° 107 dictado igualmente en la fecha, el Tribunal de Apelación hizo lugar al recurso presentado por la defensa del senador, que anula la resolución del juez de Garantías Miguel Palacios, que el 10 de octubre del 2025 había elevado a juicio oral y público el proceso judicial por el que era investigado.
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Critican evento del Ministerio del Interior en estancia Pindó
A través de un comunicado la agroganadera manifestó su repudio a una jornada comunitaria dentro de colonia de ocupantes.
La empresa Estancia Pindó SA, legítima propietaria de un inmueble rural ubicado en el departamento de Canindeyú, comunicó a la opinión pública mediante un comunicado “su profunda preocupación y absoluto repudio ante los hechos ocurridos el 26 de marzo de 2026, fecha en la que autoridades del Ministerio del Interior de Paraguay llevaron adelante una jornada comunitaria dentro de la colonia Primero de Marzo, ubicada en la referida propiedad”.
La firma Pindó SA refiere que el inmueble en cuestión se encuentra ilegítimamente ocupado desde hace aproximadamente 13 años por grupos organizados que se autodenominan “campesinos sin tierra”. Esta situación ha sido oportunamente denunciada ante las autoridades competentes y las acciones legales correspondientes se encuentran actualmente en trámite, señalan los propietarios.
El comunicado enfatiza que “resulta particularmente grave que autoridades públicas hayan ingresado al inmueble sin conocimiento, autorización ni coordinación alguna con sus legítimos propietarios, desarrollando actividades institucionales dentro de una propiedad privada que se encuentra en conflicto jurídico”. Sostienen que el accionar del Ministerio del Interior contraviene principios fundamentales del Estado de derecho, tales como: el respeto al derecho de propiedad consagrado constitucionalmente. La obligación de neutralidad del Estado frente a conflictos entre particulares. El deber de las autoridades de actuar estrictamente dentro del marco de la legalidad.
Asimismo, indican que “la presencia de instituciones públicas en el lugar, en tales condiciones, genera un mensaje equívoco y peligroso que puede interpretarse como una legitimación de ocupaciones irregulares, debilitando la seguridad jurídica y la confianza en las instituciones”. Finalmente, Estancia Pindo SA reafirma su pleno respeto por el diálogo social y la paz, siempre dentro del marco de la ley.
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Justicia de EE. UU. declara responsables a Meta y YouTube por adicción a redes sociales
Un jurado de Los Ángeles declaró el miércoles a Meta y YouTube responsables de haber perjudicado a una joven mediante el diseño adictivo de sus plataformas de redes sociales, y ordenó a las empresas pagar 3 millones de dólares en daños.
La decisión abre la puerta a posibles indemnizaciones mucho mayores.
El jurado respondió afirmativamente a las siete preguntas que se le plantearon sobre ambas compañías, y concluyó que Meta y YouTube fueron negligentes en el diseño y funcionamiento de sus plataformas y que esa negligencia fue un factor central en el daño causado a la demandante.
Los jurados también determinaron que ambas empresas sabían o deberían haber sabido que sus servicios representaban un peligro para los menores, que no advirtieron adecuadamente a los usuarios de ese peligro y que un operador razonable de una plataforma sí lo habría hecho.
“La hora de rendir cuentas ha llegado”, dijeron los abogados de la demandante en un comunicado.
Un portavoz de Meta señaló que la empresa “respetuosamente discrepa” con el veredicto.
El panel atribuyó a Meta el 70 % de la responsabilidad por el daño sufrido por la demandante -una parte de 2,1 millones de dólares de la indemnización compensatoria- y a YouTube el 30 % restante, es decir, 900.000 dólares.
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“Tres millones de dólares es un tirón de orejas para empresas como Meta y YouTube, que son dos de los mayores vendedores de publicidad del mundo”, dijo Jasmine Engberg, de Scalable, que hace un seguimiento de la industria de las redes sociales.
“Pero si estas empresas se ven obligadas a rediseñar sus productos, eso supone una amenaza existencial para sus modelos de negocio”, enfatizó.
El jurado determinó que ambas compañías actuaron con malicia, conducta abusiva o fraude, una conclusión que abona el terreno para una fase separada de daños punitivos.
Legalmente responsables
La demandante, identificada en los documentos judiciales por sus iniciales K.G.M. y presentada solo como Kaley en el juicio, es la figura central de un caso modelo que podría determinar si las empresas de redes sociales pueden ser consideradas legalmente responsables de perjudicar la salud mental de los menores.
Kaley comenzó a usar YouTube a los seis años, descargando la aplicación en su iPod Touch para ver videos sobre brillo labial y un juego infantil en línea.
Se unió a Instagram a los nueve, burlando un bloqueo que su madre había implementado para mantenerla fuera de la plataforma.
Declaró ante el jurado que su uso casi constante de las redes sociales “realmente afectó (su) autoestima”, y afirmó que las aplicaciones la llevaron a abandonar aficiones, tener dificultades para hacer amigos y compararse constantemente con los demás.
En los alegatos finales, el abogado de la demandante, Mark Lanier, presentó el caso como una historia de codicia corporativa.
Sostuvo que funciones como el desplazamiento infinito (scrolling), la reproducción automática de videos, las notificaciones y los contadores de “me gusta” fueron diseñados para fomentar un uso compulsivo entre los jóvenes.
Meta y YouTube sostuvieron en todo momento que los problemas de salud mental de Kaley no tenían nada que ver con sus plataformas.
El abogado de Meta, Paul Schmidt, destacó la conflictiva relación de Kaley con su madre y puso a los jurados una grabación en la que aparentemente se escucha a la madre gritarle e insultarla.
YouTube cuestionó cuánto tiempo pasaba realmente Kaley en su plataforma; su abogado dijo al tribunal que los registros de uso mostraban que ella promediaba poco más de un minuto al día en las mismas funciones que sus abogados calificaron de adictivas.
El jurado rechazó los argumentos de la defensa en las siete preguntas de cada formulario de veredicto que les fue entregado.
Un jurado diferente de Nuevo México determinó el martes que Meta era responsable de poner en peligro a los niños al hacerlos vulnerables a depredadores en sus plataformas, y a otros riesgos.
La fiscalía había solicitado la indemnización máxima de 2.200 millones de dólares, pero el jurado otorgó una cantidad menor, de 375 millones de dólares.
Fuente: AFP