La defensa de Alexandra María Isabel Torres González presentó esta mañana la apelación contra la sentencia y exige la nulidad de la misma y que el caso vuelva a juicio oral. El sacerdote Silvestre Olmedo fue absuelto del delito de acoso, pese a que el juzgado determinó que efectivamente manoseó a la denunciante.
El recurso presentado está dirigido a miembros del Tribunal de Sentencia: Sonia von Lepel Acosta y Mirtha Moragas Mereles, sobre el caso de abuso sexual, donde la defensa manifiesta su desacuerdo en cuanto al dictamen del tribunal. En la ocasión el colegiado estuvo integrado por los magistrados Letizia de Gásperi, Dina Marchuk y Hugo Segovia.
Este tribunal dispuso declarar no probado en juicio la existencia del hecho punible del que acusaban a Olmedo. también declaró no probada la participación del acusado en calidad de autor material del acoso sexual. Finalmente este tribunal decidió absolver de reproche y pena al religioso, así como impuso el pago de costas a la querella adhesiva.
El petitorio es que el caso vuelva a juicio oral y público y se tengan en cuenta todas las consideraciones planteadas por la defensa. “Previo trámite de rigor, dicten resolución, admitiendo el recurso de apelación especial de la sentencia de primera instancia, anule los puntos de la sentencia recurrida y disponga la nulidad de la sentencia recurrida y el reenvió para un nuevo juicio oral y público”, reza el petitorio de la apelación.
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Condenan a 10 años de cárcel a esposa de Alejandro Ramos
Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a Lourdes Ramírez de Ramos, esposa de Alejandro Ramos, con quien fundó el Ejército de Mariscal López y exmiembro del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al ser hallada culpable de apología del delito, atentado contra la existencia del Estado y atentado contra el orden constitucional.
De acuerdo con los antecedentes del caso, la ahora sentenciada apareció en un video difundido en enero de 2014, en el cual el grupo criminal reivindicaba la lucha de clases como único medio para acceder al poder e instaurar un gobierno de los pobres. En dicho material audiovisual también se emitían expresiones contra las autoridades nacionales legítimamente constituidas, hechos que sustentaron la condena impuesta.
Durante el juicio oral y público, el fiscal Federico Delfino acreditó la participación de la acusada mediante las pruebas producidas durante el desarrollo de la audiencia oral.
Ahora, la defensa de la condenada tendrá la posibilidad de apelar el fallo judicial, en cuyo caso un tribunal de apelación deberá resolver si corresponde confirmar la sentencia dictada en primera instancia.
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Paraguay hará reconocimiento público de responsabilidad del caso Santiago Leguizamón
La Vicepresidencia de la República reafirma su compromiso con los derechos humanos y el cumplimiento de sentencias internacionales.
En ese marco extiende una invitación al Acto Público de Reconocimiento de Responsabilidad Internacional en memoria del periodista Santiago Leguizamón Zaván y otros vs. el Estado paraguayo.
Al respecto, la directora general de Derechos Humanos de la Vicepresidencia de la República, María Teresa Peralta, informó en comunicación con La Nación/Nación Media, que este acto se llevará a cabo el próximo lunes 27 de julio a las 8:30 en el salón “Serafina Dávalos” de la Corte Suprema de Justicia, encabezado por el titular del Poder Judicial, el ministro Alberto Martínez Simón, quien representará al Estado paraguayo durante la ceremonia oficial.
El acto será transmitido en vivo por todos los medios de comunicación oficial, de tal modo a dar cumplimiento con la sentencia para que llegue la comunicación a toda la ciudadanía en general.
La directora Peralta destacó el compromiso institucional en el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado paraguayo, en el marco del acto de reconocimiento público a los familiares del periodista Santiago Leguizamón Zaván, conforme a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Remarcó que este tipo de acciones representan un paso importante en el fortalecimiento del Estado de derecho y en la consolidación de una cultura de respeto a los derechos humanos.
“Detrás de cada sentencia hay personas y familias que durante años esperaron una respuesta del Estado. Este acto de reconocimiento es una muestra de respeto hacia la memoria de Santiago Leguizamón Zaván y de compromiso con sus seres queridos”, expresó.
Cumplimiento de compromisos
Recordó que el 26 de abril de 1991, Santiago Leguizamón fue asesinado durante un atentado donde en la ciudad de Pedro Juan Caballero. En noviembre de 2022 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió su sentencia, en la que uno de los puntos establecía que el Estado paraguayo debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
“Una vez más el Estado paraguayo va cumpliendo sus compromisos, porque ya cumplimos con la publicación de la sentencia que lo hicimos el año pasado; también se cumplió con el pago de la indemnización a los familiares, así como la construcción del monolito uno en Asunción y otro en la plaza ubicada en Pedro Juan Caballero, que fueron declarados como sitios de memoria, de acuerdo con lo establecido en nuestra normativa”, precisó.
Resaltó el rol que cumple la Comisión Interinstitucional para el Cumplimiento de Sentencias Internacionales (CICSI), impulsada por la Vicepresidencia de la República, para garantizar que las decisiones de los organismos internacionales se traduzcan en acciones concretas.
“El vicepresidente Pedro Alliana ha dado instrucciones permanentes para que la CICSI impulse el cumplimiento efectivo de las obligaciones internacionales del Paraguay, porque cree que una democracia se fortalece cuando reconoce sus deudas y trabaja para repararlas”, afirmó.
La directora Peralta agregó que el cumplimiento de las sentencias internacionales no solo responde a un deber jurídico del Estado, sino que también constituye una oportunidad para fortalecer las instituciones, honrar la memoria de las víctimas y generar garantías de no repetición.
El acto forma parte de las medidas de reparación ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Santiago Leguizamón Zaván vs. Paraguay, reafirmando el compromiso del Estado con la verdad, la memoria, la justicia y la protección de los derechos humanos.
“La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró en relación al caso Santiago de Leguizamón que el Estado paraguayo violó el derecho a la vida, la libertad de pensamiento y de expresión, así como la de su esposa e hijos.
También determinó que se violó el derecho a las garantías judiciales, y la protección judicial y a la integridad personal. Hecho que ocurrió, recordemos en 1991. En base a esa sentencia recaída contra el Estado paraguayo, se está dando cumplimiento los puntos de la sentencia", concluyó.
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Caso Boidanich: “El juicio sirvió para esclarecer objetivamente las circunstancias”, dice abogado
El abogado Claudio Lovera, representante legal del exministro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, se refirió a la decisión del Tribunal de Sentencia de absolver por unanimidad a su cliente, emitida ayer jueves, en el marco del proceso judicial que enfrentaba por supuesta frustración de la persecución penal que habría favorecido al cambista brasileño Darío Messer, vinculado al caso Lava Jato.
“Ayer jueves, el Tribunal de Sentencia dictó oralmente su decisión y tiene permitido al final del juicio como una de las opciones indicar el sentido de la decisión y hacer una explicación oral, general de los argumentos. En el plazo de 5 días, el tribunal debe expedir por escrito la sentencia y, a partir de ahí, el Ministerio Público si lo estima pertinente puede plantear una apelación especial”, indicó el abogado, este viernes, al programa ”Así son las cosas" del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Lovera acotó: “Aún estamos pendientes en ese aspecto, todavía no estamos ante una decisión firme. Viendo el general de los casos, son muy pocos los ejemplos en los cuales la Fiscalía deja de recurrir a las sentencias de primera estancias, si esas no acompañan el sentido de las presentaciones que realizaron, así que lo más probable es que ocurra una apelación".
El Ministerio Público acusó inicialmente por lavado de activos y frustración de la persecución penal a Boidanich, pero, luego de la audiencia preliminar, el objeto de la discusión quedó reducido únicamente a la supuesta frustración de la persecución penal. En su decisión, los magistrados señalaron que las pruebas no demostraron conducta ilícita del extitular de la Seprelad.
“Acá lo relevante es que el juicio sirvió para esclarecer objetivamente las circunstancias que ocurrieron porque lo que se presentó al público como un supuesto comportamiento ilícito de la Seprelad era un análisis que estaba lleno de subjetividades. Para eso también sirve el juicio oral porque uno escucha a las personas propuestas como testigos, verificar las documentaciones y los hechos que se acreditan, cruzar las informaciones entre hechos y llegar a conclusiones bien concretas y fundadas, esto es un desgaste para la persona que enfrenta el juicio, pero bueno son las reglas del juego”, refirió.
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Lovera detalló que el proceso de investigación fiscal contra Boidanich inició en diciembre del 2018, pero fue recién convocado para una declaración indagatoria el 30 de marzo del 2023. “La Fiscalía, luego de 5 años de los hechos y 4 de investigación, entendió que había una sospecha y luego de unos meses se produjo la imputación. Este fue un proceso realmente extenso, no por el comportamiento del imputado ni de su defensa, sino por estos tiempos que se tomó el Ministerio Público”, comentó.
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Tribunal absuelve por unanimidad de culpa y pena a Óscar Boidanich
Tras un proceso judicial de más de ocho años, el Tribunal de Sentencia absolvió -por unanimidad- de culpa y pena a Óscar Boidanich, exministro de la Seprelad.
Los magistrados determinaron que no se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados.
Boidanich había sido imputado por el Ministerio Público porque supuestamente había ocultado y retrasado de forma deliberada reportes de operaciones sospechosas vinculadas al ciudadano brasileño Darío Messer.
La Fiscalía solicitaba una pena de dos años y seis meses de cárcel para el exfuncionario por supuestamente retrasar reportes sospechosos.
Al respecto, Boidanich resaltó que el tribunal analizó una gran cantidad de pruebas y testigos presentados durante el juicio. Asimismo, enfatizó que ninguno de los elementos probatorios ni testimonios presentados demostró que él hubiera intentado frustrar, obstaculizar o cometer alguna irregularidad en la investigación contra Messer.
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