Un Tribunal de Sentencia condenó a 22 años de cárcel a Carlos González Prieto tras ser encontrado culpable por la comisión del hecho punible de homicidio doloso. La resolución del colegiado se dio a conocer luego del juicio oral y público. El fiscal del presente caso fue Alfredo Mieres.
El colegiado, al momento de dar a conocer el fallo, mencionó que el Ministerio Público pudo demostrar la responsabilidad del acusado en el hecho investigado, por lo que la pena para el mismo es de 22 años de cárcel.
Refieren los antecedentes de la investigación que en fecha 2 de febrero del 2019, a las 15:30 aproximadamente, el hoy condenado se encontraba en el interior de su domicilio, ubicado en el barrio Empalado de la ciudad de Caaguazú, en compañía de su hermano Julio González Prieto. Ambos estaban compartiendo bebidas alcohólicas hasta que en un momento dado se inició una discusión y el procesado hirió al otro con un arma blanca a la altura del tórax, lado izquierdo.
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Seguidamente, Julio fue hasta la casa de su vecino Eleuterio Villalba y le pidió auxilio. De manera inmediata lo subió a su motocicleta con el objetivo de trasladarlo a un hospital, pero estando cerca del lugar el afectado cayó al suelo y falleció.
Por su parte, la defensa del sentenciado tiene la posibilidad de apelar el fallo de primera instancia. En caso de ser así, será un tribunal de apelación el que tendrá que decidir si confirma la resolución de primera instancia o anula el fallo.
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Dalia López es condenada a dos años, pero no pisará la prisión
La empresaria Dalia López admitió judicialmente la falsificación de los pasaportes que involucraron al exfutbolista Ronaldinho Gaúcho y su hermano, y fue condenada a dos años de prisión. Aunque fue condenada, la ejecución de la pena quedó suspendida y la Justicia ordenó retirar la tobillera electrónica que portaba desde su captura.
López se acogió a un procedimiento abreviado en el que reconoció los hechos de producción de documentos no auténticos en el caso Ronaldinho. Los fiscales Cristian Ortiz, Juan Sandoval y José Martín Morínigo dieron luz verde al planteamiento de la defensa técnica, ejercida por los abogados Cristóbal Cáceres Frutos, Víctor Dante Gulino y Álvaro Cáceres.
Finalmente, la empresaria Dalia López Troche fue condenada a dos años de prisión con suspensión a prueba de la ejecución de la pena por el juez penal de Garantías Francisco Acevedo. Además, se ordenó el retiro de su tobillera electrónica y le impusieron millonarias donaciones a instituciones de salud.
Se dispuso la entrega de un total de USD 110.000 y G. 200 millones distribuidos en distintas fundaciones e instituciones como el Instituto Nacional del Cáncer (Incan), el Hospital San Pablo, hogares de niños, entre otros.
También le impusieron medidas como la prohibición de salir del país sin autorización judicial, comparecencia trimestral ante el juzgado y obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio por el lapso de dos años.
El magistrado ordenó el cese de las medidas cautelares y el retiro de la tobillera electrónica que utilizaba bajo arresto domiciliario.
ANTECEDENTES
El escándalo estalló en marzo de 2020, cuando Ronaldinho y su hermano fueron detenidos en Paraguay por usar pasaportes falsificados.
En ese momento, el Ministerio Público identificó a Dalia López como la líder de la red delictiva que adulteraba los documentos. López permaneció prófuga hasta que fue capturada por la policía en Asunción en abril de 2026.
Tras recibir arresto domiciliario con tobillera electrónica bajo una millonaria fianza, el proceso cerró el 6 de noviembre y admitió su culpabilidad en un juicio abreviado que le otorgó una pena suspendida.
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Caso Ronaldinho: Dalia López es condenada a dos años de prisión con suspensión de la pena
La empresaria Dalia López admitió judicialmente la falsificación de los pasaportes que involucraron al exfutbolista Ronaldinho Gaúcho y su hermano, y fue condenada a dos años de prisión. Aunque fue condenada, la ejecución de la pena quedó suspendida y la justicia ordenó retirar la tobillera electrónica que portaba desde su captura.
López se acogió a un procedimiento abreviado en el que reconoció los hechos de producción de documentos no auténticos en el caso Ronaldinho. Los fiscales Cristian Ortiz, Juan Sandoval y José Martín Morínigo dieron luz verde al planteamiento de la defensa técnica, ejercida por los abogados Cristóbal Cáceres Frutos, Víctor Dante Gulino y Álvaro Cáceres.
Finalmente, la empresaria Dalia López Troche fue condenada a dos años de prisión con suspensión a prueba de la ejecución de la pena por el juez penal de Garantías Francisco Acevedo. Además, se ordenó el retiro de su tobillera electrónica y le impuso millonarias donaciones a instituciones de salud.
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Se dispuso el cumplimiento de:
- Entrega de un total de USD 110.000 y G. 200 millones distribuidos en distintas fundaciones e instituciones como el Instituto Nacional del Cáncer (Incan), el Hospital San Pablo, hogares de niños, entre otros.
- Prohibición de salir del país sin autorización judicial, comparecencia trimestral ante el juzgado y obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio por el lapso de dos años.
- El magistrado ordenó el cese de las medidas cautelares y el retiro de la tobillera electrónica que utilizaba bajo arresto domiciliario.
Antecedentes
El escándalo estalló en marzo de 2020, cuando Ronaldinho y su hermano fueron detenidos en Paraguay por usar pasaportes falsificados. En ese momento, el Ministerio Público identificó a Dalia López como la líder de la red delictiva que adulteraba los documentos.
López permaneció prófuga hasta que fue capturada por la policía en Asunción en abril de 2026. Tras recibir arresto domiciliario con tobillera electrónica bajo una millonaria fianza, el proceso cerró el 6 de noviembre y admitió su culpabilidad en un juicio abreviado que le otorgó una pena suspendida.
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Congreso destituye a Santiago Peña
Santiago Peña fue destituido este viernes de su cargo de presidente de la República, por voto nominal y por unanimidad en el juicio político por mal desempeño de funciones al que fue sometido en el Senado.
Tras un largo debate, los senadores declararon culpable a Peña del mal desempeño de sus funciones por su responsabilidad en la crisis financiera desencadena por la resolución de ueno bank, por parte del Banco Central del Paraguay (BCP), el martes 3 de noviembre, afectando a más de millones de paraguayos.
La destitución se produce luego de dos días de debate parlamentario, en las que los fiscales acusadores expusieron sus cuestionamientos a la gestión presidencial y sus presuntos vínculos con las irregularidades financieras investigadas en ueno bank y empresas relacionadas con el Grupo Vázquez.
Los abogados que ejercieron la defensa del exmandatario intervinieron, tras escuchar los alegatos finales de los fiscales acusadores. Cuestionaron que el libelo acusatorio no tuvo pruebas contra el gobernante, acusado de mal desempeño de funciones y señalaron que el enjuiciamiento tuvo tinte político.
Peña presentó su renuncia a la presidencia el jueves 5 de noviembre de 2026, en medio de una grave crisis política y financiera provocada por la intervención y cierre del intervenido ueno bank.
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Los fiscales acusadores -designados por la Cámara Baja- fueron Rocío Vallejo (Partido Patria Querida); Raúl Benítez (independiente); Mauricio Espínola (ANR -Añetete); Carlos Núñez Salinas (ANR - Fuerza Republicana), y los liberales Rodrigo Blanco, Adrián “Billy” Vaesken, Luis “Freddy” Franco, y Pedro Gómez.
El proceso del juicio político que derivó a la destitución de Peña tuvo cinco sesiones extraordinarias desarrolladas en ambas Cámaras del Congreso.
La primera se realizó ayer jueves con el juramento del Tribunal juzgador y la presentación de la acusación; la segunda se realizó hoy viernes con la defensa del Santiago Peña a través de sus dos abogados, Ricardo Preda y Adolfo Ferreiro; durante la tercera sesión se desarrolló la evaluación de las pruebas presentadas por los diputados; la cuarta, la presentación de los alegatos finales. En la quinta sesión y la última se decidió la destitución del presidente Peña, con 44 votos en forma unánime.
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Condenan a 10 años de prisión a violador sistemático de una adolescente
- Rocío Gómez. Corresponsal en Itapúa.
Un hombre fue condenado a 10 años de pena privativa de libertad tras ser hallado culpable del hecho punible de coacción sexual y violación ocurrido en Mayor Otaño, departamento de Itapúa.
La causa fue representada por el Ministerio Público, a cargo del agente fiscal Luis Caballero, de la Fiscalía Zonal de Mayor Otaño.
Según lo demostrado en el juicio, todo ocurrió en el entorno familiar, ya que el condenado era cuñado de la adolescente.
En el momento del hecho, la joven se encontraba conviviendo con su padre y sus hermanos pequeños. Por su parte, la madre de la menor se había trasladado temporalmente a otra zona o localidad para cumplir con sus obligaciones laborales.
El hombre aprovechaba los momentos en que el padre no se encontraba en la casa para ir hasta el domicilio y someterla sexualmente.
Los hechos comenzaron cuando la víctima tenía 14 años y continuaron en varias oportunidades hasta que cumplió 15 años, momento en que se realizó la denuncia. Además, la amenazaba con un arma de fuego, advirtiéndole que si contaba lo sucedido le haría algo a ella, a su hermana, quien era la esposa del condenado, y a su sobrino, hijo del sujeto.
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Durante el juicio oral, la declaración de la adolescente confirmó lo que ya había manifestado anteriormente ante el Ministerio Público.
Con esas pruebas, el Tribunal de Sentencia, integrado por las juezas penales Marcela Escobar Lapierre, en carácter de presidencia, Raquel García Rivarol y Nilda Caballero, dictaminó la condena de 10 años de prisión.
Se trata de un paso importante para la adolescente como su entorno. Deja un mensaje sobre la importancia de denunciar y acompañar a las víctimas durante el proceso para que puedan acceder a justicia y protección tras sufrir hecho punible de coacción sexual y violación.