La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia concedió 35 medidas cautelares más a varias empresas proveedoras del Estado que con la citada determinación de la máxima instancia judicial no presentarán su declaración jurada de bienes. Es en el marco de la acción de inconstitucionalidad que se presentó contra Ley 6.355, por la cual se establece la presentación de declaraciones juradas de bienes y rentas, activos y pasivos de las empresas que trabajan con el Estado.
Los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y Manuel Ramírez Candia hicieron lugar a la suspensión de los efectos de la citada legislación hasta que se dicte sentencia en las acciones.
Días atrás la misma sala de la Corte ya hizo lugar a varias medidas cautelares en el mismo sentido donde también fueron beneficiadas numerosas empresas que prestan servicio al Estado. Asimismo, existen más de 70 acciones de inconstitucionalidad que fueron promovidas ante el máximo tribunal de modo a que se declare inconstitucional la Ley 6.355 que modifica la ley que reglamenta el artículo 104 de nuestra Carta Magna.
Igualmente la Corte dio trámite a las acciones, con lo que corrieron vista a la Fiscalía General del Estado, de modo que dictamine en las mismas, antes de dictarse resolución.
La mayoría de las acciones son presentadas por laboratorios, farmacéuticas, empresas constructoras, imprentas, firmas de combustibles, constructoras, frigoríficos, entre otros.
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Corte determinará si rechaza o admite acción de inconstitucionalidad sobre el caso Ypytá
La acción de inconstitucionalidad en el juicio caratulado “Ypytá Inmobiliaria Agroganadera sobre quiebras” está siendo estudiada por los ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, César Diesel, Víctor Ríos y Gustavo Santander. De acuerdo a los representantes legales de Ypytá la venta, vía juicio de quiebre, de una valiosa propiedad ubicada en Pedro Juan Caballero no reúne los requisitos legales para su admisión.
Aparentemente, los ministros Víctor Ríos y César Diesel estarían con la intención de dar trámite a la acción de inconstitucionalidad a favor de Braga Denis, quien habría adquirido de forma irregular la costosa propiedad ubicada en la capital del departamento de Amambay, y en violación de la Ley de Quiebras.
Teniendo en cuenta los propios antecedentes de la Corte, la acción planteada por Ronaldo Braga Dinis debería ser rechazada in limine, puesto que no cumple con las exigencias de admisibilidad. Cabe destacar que el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de la Capital, ya dejó sin efecto la venta irregular aprobada en primera instancia y dispuso que la propiedad sea devuelta a la firma Ypytá.
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La propiedad en litigio está ubicada en Pedro Juan Caballero y el hoy condenado exsíndico de quiebra, Blas Velázquez, regaló a precio irrisorio la propiedad, a pesar que el inmueble tiene un costo de G. 8.000 millones aproximadamente. Actualmente, en la propiedad funciona la Universidad San Sebastián.
De acuerdo a los antecedentes a este caso, el exsíndico Blas Velázquez, en su momento, fue denunciado penalmente por la firma Ypytá por la venta a costo irrisorio generando un daño patrimonial a la agroganadera. Igualmente en el Tribunal de Apelación Civil y Comercial decidió revocar las ventas ilegales y ordenó la devolución de las propiedades a Ypytá.
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Decreto que permite apoyo militar en seguridad interna es constitucional, afirma exministra
La exministra de Defensa, María Liz García, afirmó que el decreto firmado por el presidente de la República, Santiago Peña, en su carácter de comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, es legal y legítimo dentro del marco constitucional.
En una entrevista radial, en la 780 AM, indicó que ante situaciones de extrema gravedad en las que el sistema de seguridad interna resulte insuficiente, el mandatario puede disponer el empleo transitorio de elementos de combate de las Fuerzas Armadas para apoyar tareas de seguridad.
En ese sentido, destacó que uno de los aspectos más importantes del decreto es que el despliegue militar debe realizarse en un área territorial claramente delimitada y por el tiempo estrictamente necesario. Posteriormente, añadió, la Policía Nacional debe retomar el control exclusivo de la situación una vez superada la contingencia.
“Puedo decir que el decreto está conteste a esta Ley 5036 del año 2013, y un decreto del Poder Ejecutivo, en aquel entonces, el decreto 103; cuando yo en aquel tiempo estaba todavía en ejercicio ministerial; se había modificado la Ley 1337, de Defensa Nacional y Seguridad Interna”, recordó.
Explicó que hasta aquel momento, para poder movilizar a las tropas militares, el presidente de la República, que es el comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, no podía hacerlo si no era con pedido y autorización del Poder Legislativo.
La exministra García señaló que debido a las difíciles situaciones que se estaban generando, en diferentes países y también en Paraguay, con la presencia del EPP se vio que ya era insuficiente esa capacidad de reacción para poder tomar medidas correctivas, en situaciones que comprometía la vida, la liberdad, los derechos de las personas y la defensa nacional.
Señaló que con la modificación que se realizó vía decreto en el 2013, permitió al presidente de la República y comandante en Jefe en ejercicio, hacer frente a situaciones como ser un Estado de excepción, aclarando que no es nuestra condición actual, o frente a situaciones de extrema gravedad en el que el sistema de seguridad interna resulte insuficiente insisto.
Por tanto, señaló que esta modificación de la ley permitió al presidente Peña decidir el empleo de los elementos de combate de las Fuerzas Armadas, pero de manera transitoria; hasta que la Policía Nacional o en su efecto la Prefectura General Naval, puedan estar nuevamente en condiciones de hacerse cargo por sí solos de esa situación.
“Este es el documento que le ampara a esta disposición y decreto 5524 del 24 de febrero del 2026, que fue lo que dispuso el presidente de la República y comandante en jefe Santiago Peña. Absolutamente no tiene nada irregular el documento firmado, así hasta el momento lo dispuesto, yo me refirí a lo que dice con claridad el artículo 56, específicamente de la Ley 5036. En cuanto a esta disposición del presidente Peña, es legal y es legítima, siempre y cuando no se salga de lo estrictamente dispuesto”, sentenció.
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Desde marzo, las SA y SRL deberán realizar trámites exclusivamente vía Siara
A partir del 3 de marzo del 2026, todas las Sociedades Anónimas (SA) y Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), deberán efectuar sus comunicaciones obligatorias únicamente a través del Sistema Integrado de Administración de los Registros Administrativos (Siara), informó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
La medida se enmarca en el proceso de implementación progresiva del Siara, una plataforma digital creada para la inscripción, actualización y gestión de los registros administrativos de personas y estructuras jurídicas que operan en el país, conforme a la Ley N° 6446/19, que establece el Registro Administrativo de Personas y Estructuras Jurídicas y el Registro de Beneficiarios Finales.
Desde la cartera económica explicaron que el objetivo es modernizar y agilizar la gestión de la información societaria, fortaleciendo la trazabilidad, la transparencia y la eficiencia administrativa. En ese sentido, recordaron que todas las SA y SRL deberán registrar previamente a su representante legal (RL) dentro del sistema. Una vez aprobada la designación, el RL quedará habilitado para realizar todas las gestiones disponibles en la plataforma.
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Para facilitar la adaptación al nuevo esquema, el MEF puso a disposición un manual de usuario de acceso libre y gratuito, con información detallada sobre las funcionalidades del Siara, disponible en su sitio web institucional.
Finalmente, el ministerio informó que las consultas adicionales podrán canalizarse a través del correo electrónico atencion_sociedades@mef.gov.py.
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Centro Educativo de Itauguá: presentan proyecto para separar adolescentes prevenidos y sancionados
Se realizó una reunión en la Corte Suprema de Justicia entre autoridades judiciales y del Ministerio de Justicia, a los efectos de debatir sobre la adecuación de la infraestructura del Centro Educativo de Itauguá para garantizar la separación efectiva entre adolescentes prevenidos y sancionados, conforme a la normativa vigente y con el objetivo de fortalecer el sistema penal adolescente.
Del encuentro participaron el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, el vicepresidente primero y titular de la Sala Penal, Luis María Benítez Riera; el ministro, Eugenio Jiménez Rolón y la ministra, María Carolina Llanes Ocampos, quienes se interiorizaron del proyecto presentado por el ministro de Justicia, Rodrigo Nicora.
Durante la reunión interinstitucional, Nicora presentó el proyecto denominado “Nuevo Modelo de Gestión: separación sancionados–prevenidos”, impulsado por la cartera a su cargo para el sistema de adolescentes en conflicto con la ley penal.
La iniciativa contempla adecuaciones en la infraestructura del Centro Educativo de Itauguá, con el objetivo de segmentar a adolescentes según su situación procesal, diferenciando a quienes cuentan con prisión preventiva de aquellos que ya cumplen una sanción firme. Según lo expuesto, la implementación del nuevo esquema se realizará en articulación con las disposiciones judiciales vigentes.
Nicora explicó que el proyecto se encuentra en ejecución, con financiamiento asegurado y empresas adjudicadas para llevar adelante las obras previstas. La expectativa institucional es culminar las adecuaciones y poner en funcionamiento el nuevo modelo en el transcurso del mes de mayo.
Asimismo, señaló que la separación entre prevenidos y sancionados permitirá organizar de manera más adecuada el funcionamiento del sistema, facilitar la aplicación de programas diferenciados y optimizar el trabajo coordinado con la Corte Suprema de Justicia y los jueces especializados.
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Por el Ministerio de Justicia participaron además el viceministro de Justicia, Rafael Caballero; el director de la Unidad Especializada de Seguimiento Procesal del Viceministerio de Política Criminal, Gustavo Ferriol y la directora general de Obras, arquitecta Stella Azuaga.
También estuvieron presentes la directora general de Gabinete, Fátima Cabrera Brambilla, la directora del Servicio Nacional de Atención al Adolescente Infractor (SENAAI), Mabel Colmán y los magistrados Camilo Torres, coordinador de la Oficina Técnica Penal Juvenil, Víctor Benítez y Nunila González.
El proyecto se desarrolla en coordinación entre el Ministerio de Justicia y la Oficina Técnica Penal Juvenil de la Corte Suprema de Justicia, que tiene como ministra enlace a María Carolina Llanes Ocampos y es coordinada por el magistrado Camilo Torres.
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