La Corte Suprema de Justicia aprobó días atrás un plan de depuración de causas en el fuero penal relacionadas a las imputaciones por violación de la cuarentena sanitaria por la pandemia del COVID-19, obrantes en los juzgados penales de Garantías de todo el país.
Para el efecto, se dispuso la habilitación de juzgados de depuración, que tendrán a su cargo la recepción, sustanciación, resolución y archivo de los procesos ingresados. En tal sentido, serán comisionados jueces penales de Garantías para ejecutar el mencionado plan de la máxima instancia judicial.
Los jueces comisionados, en el horario de 14:00 a 17:00, se abocarán exclusivamente a la depuración, sin detrimento de sus funciones en sus respectivos juzgados, en horario matutino. Con ello, los casos que ingresen y que estén vinculados a la pandemia serán sorteados directamente entre los juzgados de depuración. Para el efecto, se dispuso que aquellos casos pendientes en la mesa de entrada en línea sean transferidos automáticamente a estos juzgados y que en Judisoft se habilite una opción para el sorteo entre los mismos.
Con relación a los casos sobre COVID-19 que ya están siendo tramitados ante los juzgados penales de Garantías ordinarios, se dispuso que también sean remitidos a los juzgados de depuración.
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Todas las imposiciones económicas dispuestas por los juzgados a través de salidas procesales serán destinadas a la compra de insumos o materiales necesarios para el combate a la pandemia. Para ello, se habilitará una cuenta corriente judicial en el Banco Nacional de Fomento para el depósito de las donaciones que surjan de las decisiones adoptadas por los jueces, y estará a disposición del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Finalmente, los jueces encargados de la depuración de estos procesos elaborarán un listado de las causas tramitadas con la especificación de la salida procesal otorgada, las obligaciones impuestas, los montos de las donaciones resueltas y el destino de las mismas, lo que será remitido a la Secretaría General de la Corte Suprema todos los lunes.
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La trata de personas deja cicatrices profundas y exige una justicia que proteja sin revictimizar
La trata de personas destruye proyectos de vida, rompe vínculos familiares y deja profundas secuelas físicas y emocionales. Detrás de cada expediente judicial existe una víctima que fue privada de su libertad, de sus derechos y, en muchos casos, de la posibilidad de decidir sobre su propio futuro.
Por ello, especialistas coinciden en que la respuesta del sistema de justicia debe ir más allá de la persecución penal de los responsables y centrarse también en la protección integral de quienes sobrevivieron a este delito.
En el marco del Día Mundial contra la Trata de Personas, se recordó que las víctimas deben recibir un trato digno, humano y libre de cualquier forma de revictimización durante todo el proceso judicial. Esto implica evitar prácticas que las obliguen a revivir reiteradamente los hechos sufridos y asegurar que puedan acceder a la justicia en condiciones de respeto y seguridad.
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La trata de personas es considerada una de las violaciones más graves de los derechos fundamentales. Frente a esta realidad, la actuación de jueces y tribunales resulta clave para garantizar procesos independientes, imparciales y ajustados a la Constitución y a las leyes, preservando siempre los derechos de las personas afectadas.
En ese contexto, la Corte Suprema de Justicia reiteró su compromiso con una justicia accesible y respetuosa de la dignidad humana, destacando que el acceso efectivo a la tutela judicial constituye un elemento esencial para las víctimas de este delito.
La máxima instancia judicial también resaltó la importancia del trabajo coordinado entre las instituciones del Estado para fortalecer la lucha contra las redes de trata. Como parte de ese esfuerzo, recordó que el pasado 15 de julio de 2026 fue ratificada una mesa de trabajo conjunta con el Ministerio de Relaciones Exteriores, orientada a reforzar las acciones de cooperación en esta materia.
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Defensor general acompañó a víctimas para interiorizarse sobre el estado de sus expedientes
El defensor general, Javier Dejesús Esquivel González, junto a un equipo de defensores públicos, acompañó a un grupo de víctimas al Juzgado de Paz de La Encarnación para conocer el estado de sus expedientes y promover una tramitación más ágil y oportuna.
Durante la jornada, la magistrada recibió a las personas afectadas, quienes estuvieron acompañadas por la coordinadora de su grupo. La jueza escuchó sus inquietudes y manifestó su compromiso de impulsar una gestión orientada a brindar respuestas rápidas.
Posteriormente, el coordinador de la Defensa Pública Civil de Capital, defensor público Pablo Constantini, y la vicecoordinadora, defensora pública Leyla Centurión, asistieron a las víctimas en las gestiones realizadas ante la sede judicial, brindándoles orientación durante el seguimiento de sus casos.
En ese contexto, también se expuso la necesidad de fortalecer los recursos materiales del juzgado, considerando que las carencias actuales inciden directamente en la celeridad de los procesos.
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Jueces desnudan falencias de la Fiscalía y absuelven a Boidanich
Los magistrados evidenciaron la inconsistente acusación fiscal con argumentos sólidos que dieron la razón a la defensa del extitular de la Seprelad.
Un Tribunal de Sentencia absolvió de forma unánime de culpa y pena al extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad) Óscar Boidanich, quien fue juzgado por frustración de la persecución y ejecución penal en el caso del empresario Darío Messer.
Los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos concluyeron que las acciones atribuidas por la Fiscalía no se adecuan a ningún hecho punible. Asimismo, el colegiado señaló que el Ministerio Público no logró demostrar que la actuación del acusado impidiera la investigación contra Messer o frustrara el comiso de sus bienes. Por el contrario, ambos resultados se concretaron: el empresario fue imputado y sus activos fueron incautados.
Durante la lectura de la sentencia, el presidente del Tribunal, Darío Báez, explicó que la Fiscalía no logró demostrar los elementos necesarios para sostener la acusación. “No se probó el resultado típico ni el nexo causal”, afirmó el magistrado.
SIN SUSTENTO
Los magistrados explicaron que, al tratarse de un hecho punible de resultado, la Fiscalía debía probar que la conducta de Boidanich evitó de forma directa el proceso penal o el comiso. Al no suceder esto, la acusación quedó sin sustento y sin argumento. Los jueces de sentencia evidenciaron las falencias del Ministerio Público. Estos argumentos de los jueces pusieron en evidencia que la acusación respondió a una estrategia mediática de ciertos medios de comunicación contrarios al gobierno de Horacio Cartes para perjudicar al Boidanich, al frente de la Seprelad durante esa gestión.
Durante el juicio oral, funcionarios de la Seprelad declararon que Boidanich nunca ordenó retener ningún reporte; por el contrario, se le dio la celeridad correspondiente. Finalmente, se demostró que el informe de la institución fue entregado al Ministerio Público, que lo utilizó como base para sustentar la imputación contra Darío Messer, garantizando además que el documento nunca se filtrara.
El Ministerio Público, a cargo del agente Francisco Cabrera, había solicitado la semana pasada una condena de dos años y seis meses de prisión para Boidanich.
“Siempre se respetó la institucionalidad”
Tras conocerse el fallo, el exministro de la Seprelad Óscar Boidanich aseguró que se pone fin a ocho años de un proceso que no tuvo que ser llevado ante la justicia porque siempre hubo transparencia. “Siempre se respetó la institucionalidad de Serprelad, institución que tuve el honor de dirigir durante varios años”, indicó.
Por otra parte, recalcó que aquí hubo un intento de instalar un relato falso. “Lógicamente, en un momento dado empezó lo que yo llamo un tiroteo mediático. Se empezó a mediatizar el caso a través de un sector de la prensa hacia mi persona, tratando de involucrar también al expresidente de la República (Cartes) e, incluso, al actual presidente. En varias fotografías aparecí en medio, se intentó instalar una vinculación y llevando el caso del ámbito judicial al campo político”, destacó. “Actué siempre de manera técnica y transparente. Entonces, hubo una mala intención de un sector de la prensa de tratar de involucrar al expresidente”, dijo.
La acusación “era muy abstracta”
Claudio Lovera, abogado de Óscar Boidanich, se mostró conforme con la absolución de su cliente y aseguró que la acusación del Ministerio Público era abstracta. “El tribunal, además, señaló que la hipótesis acusatoria era muy abstracta” dijo, para agregar luego que esa abstracción “quedó en evidencia porque no resistió la prueba producida durante el juicio”, añadió.
Luego explicó que también hay que rescatar que, entre todas las actuaciones y documentos analizados, quedó demostrado que Óscar Boidanich “no dio ninguna instrucción para realizar un manejo irregular de la labor de inteligencia financiera. Ese también es un aspecto que debe destacarse en el marco de esta absolución”, recalcó el abogado. “Se reconoció que a partir del informe remitido por la Seprelad (a cargo de Boidanich) fue posible concretar el comiso de los bienes, algo que también quedó acreditado durante el juicio”, dijo.
La acusación del Ministerio Público naufragó en juicio
La hipótesis acusatoria no logró demostrar que existiera una maniobra para favorecer a Darío Messer, dejando sin respaldo la construcción fiscal.
La absolución unánime de Óscar Boidanich, extitular de Seprelad del gobierno de Horacio Cartes en el caso Messer, dejó sin sustento la acusación del Ministerio Público, cuya tesis de una supuesta demora deliberada del informe CHASA de la citada institución no se acreditó durante el juicio oral. Tras la producción de las pruebas y la declaración de 11 testigos, el Tribunal concluyó que no existió conducta punible por parte del extitular de la Seprelad.
La sentencia determinó que Boidanich nunca intervino en las tareas de análisis de inteligencia financiera ni impartió instrucciones para retrasar el trabajo técnico. Incluso, el analista responsable declaró que jamás recibió órdenes para influir o demorar la elaboración del informe. La evidencia también confirmó que el documento siguió el procedimiento interno previsto, incluyendo la revisión jurídica, que recomendó diligencias adicionales antes de su remisión al Ministerio Público.
Otro aspecto que derrumbó la acusación sin sustento del Ministerio Público fue que, durante parte del proceso, Boidanich se encontraba con reposo médico por una grave afección de salud y la institución quedó a cargo de un encargado de despacho. Al reincorporarse, el primer día hábil firmó el envío del informe de inteligencia a la Fiscalía.
El juicio también estableció que el documento llegó oportunamente al Ministerio Público y fue utilizado para impulsar las primeras diligencias del caso Messer y posteriormente el comiso autónomo. Asimismo, se comprobó que las medidas cautelares fueron dictadas en tiempo y forma y que todos los bienes fueron alcanzados por la acción fiscal.
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Condenan a 20 años a un hombre por violación y robo a una mujer a punta de revólver
- Ciudad del Este. Agencia regional
Un hombre fue condenado a 20 años de prisión tras ser hallado culpable por coacción sexual, violación y robo agravado, durante un juicio oral que culminó hoy en el Poder Judicial de Ciudad del Este.
El fiscal Osvaldo Zaracho Romero, de la Unidad Penal N.º 10 de Ciudad del Este, representó al Ministerio Público en la acusación.
Se trata de Odilón Miguel Amarilla Gómez (31), alias “Macaco”, quien tiene una condena anterior por robo agravado también y cuenta con otras causas penales por robo, hurto agravado y desacato. La víctima es una joven que tenía 20 años al momento de la agresión.
Durante el juicio, tras valorar los elementos probatorios, el Tribunal de Sentencia, presidido por el juez Herminio Montiel e integrado por sus pares Zunilda Martínez Noguera y Edgar Lezcano, resolvió condenar al acusado.
Los hechos se registraron el 3 de abril de 2025, aproximadamente a las 2:40, en el interior de una vivienda ubicada en kilómetro 4,5 Acaray de Ciudad del Este. En esa ocasión, el hoy condenado ingresó a la fuerza al inmueble tras violentar la puerta y se dirigió hasta la habitación de la joven que se encontraba descansando.
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Según lo expuesto en juicio, el hombre la amenazó con un arma de fuego (revólver) mientras cargaba diversos objetos como joyas, ropas, calzados, perfumes, tarjetas bancarias y un teléfono celular de la marca Redmi Xiaomi, en una maleta y dos mochilas.
Posteriormente, bajo amenaza de dispararle en la cabeza, el agresor forzó a la víctima a practicarle sexo oral; luego la empujó a la cama, la obligó a desvestirse y la sometió sexualmente. Luego, huyó del lugar con las pertenencias robadas. Inmediatamente, la agredida salió a la vía pública a pedir auxilio. Una vez contenida fue a presentar la denuncia ante la comisaría jurisdiccional.
En el marco de la causa, los médicos forenses Eduardo Cano y Tania Morínigo, confirmaron científicamente la agresión sufrida por la joven. Asimismo, una profesional psicóloga del Centro de Atención a Víctimas brindó contención a la mujer y constató un severo quiebre emocional e indicadores de alto trauma.
En prosecución de la causa, el 4 de abril de 2025, a las 20:00, agentes policiales detuvieron a Odilón Amarilla Gómez, en la vía pública del kilómetro 4,5. Intentó darse a la fuga, pero fue aprehendido y recuperado de su poder una maleta roja con parte de las pertenencias robadas.
La víctima reconoció plenamente los objetos y al autor del hecho, mediante anticipo jurisdiccional de prueba, según el juzgamiento. Con la producción de estas evidencias, el fiscal Osvaldo Zaracho confirmó en juicio los hechos punibles y la reincidencia del acusado para derivar en el fallo condenatorio.
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