Más de 35 empresas que son proveedoras del Estado, presentaron una acción de inconstitucionalidad ante la sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en contra de la ley N° 6355 por cual se establece la presentación de declaraciones juradas de bienes y rentas, activos y pasivos por parte de los proveedores estatales. Asimismo los accionantes piden a los integrantes de la máxima instancia judicial, que se haga lugar a la medida cautelar y se deje sin efecto la referida normativa legal.
Ahora los ministros de la sala constitucional Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y Manuel Ramírez Candía deberán analizar el planteamiento hecho por los representantes de las empresas y expedirse primeramente sobre la medida cautelar, para luego analizar la cuestión de fondo sobre las acciones presentadas.
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El abogado Raúl Codas en representación de la firma Index SACI, fue uno de los que recurrió a la sala constitucional. Además varias empresas constructoras y de otros rubros que también son proveedores se sumaron a la iniciativa y presentaron la acción.
Codas explicó en su escrito que: “La obligación impuesta a mis mandantes en la citada ley atenta contra sus derechos individuales de libertad, igualdad y privacidad consagrada en nuestra propia Constitución Nacional”.
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Ypytá: Corte determinará sobre inconstitucionalidad
La acción de inconstitucionalidad en el juicio caratulado “Ypytá Inmobiliaria Agroganadera sobre quiebras” está siendo estudiada por los ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, César Diesel, Víctor Ríos y Gustavo Santander.
De acuerdo a los representantes legales de Ypytá, la venta vía juicio de quiebre de una valiosa propiedad ubicada en Pedro Juan Caballero no reúne los requisitos legales para su admisión. Aparentemente, los ministros Víctor Ríos y César Diesel estarían con la intención de dar trámite a la acción de inconstitucionalidad a favor de Braga Denis, quien habría adquirido de forma irregular la costosa propiedad ubicada en la capital del departamento de Amambay, y en violación de la Ley de Quiebras.
Teniendo en cuenta los propios antecedentes de la Corte, la acción planteada por Ronaldo Braga Dinis debería ser rechazada in limine, puesto que no cumple con las exigencias de admisibilidad. Cabe destacar que el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de la Capital, ya dejó sin efecto la venta irregular aprobada en primera instancia y dispuso que la propiedad sea devuelta a la firma Ypytá.
DENUNCIADO
La propiedad en litigio está ubicada en Pedro Juan Caballero y el hoy condenado exsíndico de quiebra, Blas Velázquez, regaló a precio irrisorio la propiedad, a pesar que el inmueble tiene un costo de G. 8.000 millones aproximadamente. Actualmente, en la propiedad funciona la Universidad San Sebastián.
De acuerdo a los antecedentes a este caso, el exsíndico Blas Velázquez, en su momento, fue denunciado penalmente por la firma Ypytá por la venta a costo irrisorio generando un daño patrimonial a la agroganadera. Igualmente en el Tribunal de Apelación Civil y Comercial decidió revocar las ventas ilegales y ordenó la devolución de las propiedades a Ypytá.
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Crimen de Kanasawa: abogado confirma que su cliente “vació” la cuenta bancaria
El detenido, Óscar Darío Zacarías Maciel, quien compró el celular del militar Remigio Rubén Llano López, en una página de Facebook, declaró hoy ante el fiscal Antisecuestro, Federico Delfino, con relación al caso del crimen del expresidente de la Dinac, Félix Kanasawa (62).
Al término de la declaración indagatoria, Zacarías no quiso hablar con la prensa, señalando sin embargo que fue un trato netamente comercial con el otro detenido.
Su abogado, Rolando Cáceres, defensor de Zacarías, confirmó que su cliente utilizó el dinero que estaba en la banca online del teléfono, con el cual se compró varios aparatos móviles en Ciudad del Este, según afirmó al canal SNT Canal 9.
En tanto, el principal sospechoso del asesinato, el militar Llano López se abstuvo de declarar en la fecha, pidiendo hacerlo mañana bajo la defensa de su abogado de confianza.
Según los investigadores, Zacarías está sindicado como el que había adquirido del militar el aparato celular (Iphone 13) perteneciente al Ing. Kanasawa por la suma de G. 500.000, a través de la página Facebook.
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Zacarías se dedica a la compra y venta de celulares en la zona comercial de Encarnación, y desde ahí se contactó con Llano para la compra del teléfono móvil del asesinado.
Posteriormente, al encontrar abierta la aplicación habría vaciado la cuenta bancaria online encriptada en el teléfono del fallecido, por un monto de G. 80 millones, con los que supuestamente había comprado ocho aparatos celulares de alta gama de la capital altoparanaense.
Ya en la zona de Capitán Miranda (departamento de Itapúa), en un control tributario y policial de rutina es retenido Zacarías, quien es requerido por la documentación de los teléfonos celulares.
Al no obtener los documentos ni facturas que puedan justificar la tenencia de los aparatos móviles, el mismo fue detenido, proporcionando el nombre del militar quien le había vendido el celular del fallecido.
Kanasawa desapareció el 7 de febrero pasado, y fue visto por última vez en las calles Nuestra Señora de la Asunción esquina Fernando Pinedo, del barrio Capilla Kue, de San Lorenzo. Ese mismo día habría sido asesinado en la zona de San Pedro del Paraná. Dos días después, su cuerpo fue encontrado en la zona de Potrero Ybaté, a pocos metros de la Comisaría 7ª de San Pedro del Paraná, al costado de la ruta, en el Departamento de Itapúa.
Recién ayer 15 de febrero el cuerpo fue identificado, a través de estudios laboratoriales.
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DNIT recuerda a viajeros acogerse a las normativas de tributación
Atendiendo al auge de viajes por vacaciones que se reporta en esta temporada veraniega, desde la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) emitieron una serie de recomendaciones y recordatorios para los viajeros.
Entre estas indicaciones resalta el hecho de que se encuentra vigente la Declaración Electrónica Aduanera para Viajeros (eDAV). A través de la misma, las personas que ingresan o salen del país, conforme corresponda al tipo de bienes o instrumentos monetarios transportados, podrán presentar su declaración tributaria de manera rápida y sencilla.
Conforme a la normativa vigente, toda persona que transporte una suma superior o igual a los USD 10.000 o su equivalente en otras monedas o instrumentos como cheques de viajero, bonos, acciones, entre otros, deberá realizar la declaración correspondiente a través del sistema eDAV, obteniendo el “Código QR” para su exhibición a la autoridad aduanera.
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A fin de orientar el control, recuerdan que el viajero debe conducirse por el circuito verde cuando porte efectos de uso o consumo personal o instrumentos monetarios inferiores a los USD 10.000.
Mientras que deben pasar por el circuito rojo, cuando porten bienes sujetos a declaración como exceso de franquicia o mercaderías con presunción comercial, instrumentos monetarios iguales o superiores a USD 10.000, o mercaderías restringidas que requieran autorizaciones de otros organismos competentes.
Recordaron, además, que los viajeros que ingresen al país por vía aérea o fluvial disponen de una franquicia de hasta USD 1000 o su equivalente en moneda nacional para otros bienes. En el caso de quienes ingresen por pasos fronterizos terrestres, la franquicia es de USD 300 o su equivalente. En todos los casos, siempre que no se presuma el fin comercial de los mismos.
En cuanto a las compras, los viajeros que las realicen en tiendas libres de impuestos (duty free) al ingresar al país cuentan con una franquicia adicional de USD 500.
Entre los bienes personales que el viajero debe tributar ante la aduana, se consideran exentos de pago las prendas de vestir, objetos personales, libros, joyas, cámaras fotográficas, reproductores de sonido portátiles, teléfonos celulares, computadoras personales con sus accesorios, cochecitos de bebé, sillas de ruedas y equipos deportivos de uso individual.
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Entra en vigencia el acuerdo Mercosur–Singapur y abre oportunidades para la economía paraguaya
Este 1 de febrero comenzó a regir para Paraguay el Acuerdo de Libre Comercio entre el Mercosur y Singapur, un paso que vuelve a poner en agenda la estrategia de apertura comercial del bloque.
La entrada en vigencia del acuerdo para las empresas exportadoras, operadores económicos y entidades vinculadas al comercio exterior fue anunciada en un comunicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC).
Se trata del primer tratado de libre comercio del Mercosur con un país del sudeste asiático, una región clave por su dinamismo económico y alto poder adquisitivo.
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Singapur es uno de los principales hubs comerciales y logísticos del mundo, con un mercado altamente abierto y una fuerte demanda de alimentos, productos agroindustriales y bienes intermedios.
En ese contexto, el acuerdo apunta a facilitar el acceso de los productos del bloque, incluida la oferta paraguaya, mediante la reducción o eliminación de aranceles, reglas claras de origen y mayor previsibilidad para los negocios.
Para Paraguay, esto cobra relevancia en un momento en que el país busca diversificar destinos de exportación y reducir su dependencia de mercados tradicionales. Sectores como el agro, la agroindustria, la carne, los alimentos procesados y, a mediano plazo, algunos rubros industriales podrían encontrar en Singapur una plataforma para ingresar a otros mercados del sudeste asiático.
Desde el ámbito económico, el tratado también es leído como una señal de consolidación del perfil macroeconómico paraguayo y de su inserción internacional. Al operar dentro del marco del Mercosur, Paraguay se beneficia de una negociación conjunta que mejora las condiciones de acceso y fortalece la posición del bloque frente a economías altamente competitivas como la de Singapur.
Si bien el impacto no será inmediato ni automático, la entrada en vigencia del acuerdo abre una nueva etapa para el comercio exterior paraguayo, en la que el desafío estará en convertir las ventajas arancelarias en negocios concretos, mayor inversión y una oferta exportable con mayor valor agregado.
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