El Tribunal de Apelación Penal Especializado en Deli­tos Económicos, Anticorrup­ción y Crimen Organizado, Primera Sala, integrado por Gustavo Amarilla, Claudia Criscioni y Silvana Luraghi, ratificó la desestimación de la denuncia en contra de Hora­cio Cartes por supuesto enri­quecimiento ilícito y otros delitos al declararse inad­misible el recurso de apela­ción general presentado por el exministro Arnaldo Giuzzio Benítez contra la desestima­ción dictada por el juez de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia.

La decisión fue adoptada por unanimidad al conside­rar que el apelante no cuenta con legitimación activa para impugnar la resolución, ya que la normativa procesal establece que únicamente la víctima tiene derecho a apelar este tipo de decisiones, con­dición que no se verifica en el caso analizado.

El tribunal sostuvo que, si bien en determinadas situa­ciones el denunciante y la víc­tima pueden coincidir en una misma persona, esa circuns­tancia no se configura en este proceso. Además, señaló que en su presentación el propio recurrente no hizo referen­cia a una eventual calidad de víctima, lo que constituye un obstáculo legal para que la ins­tancia superior revise la causa.

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En consecuencia, la resolu­ción emitida por el Juzgado Penal de Garantías Especiali­zado en Delitos Económicos y Anticorrupción queda firme, al no cumplirse con los requi­sitos previstos en el artículo 68, inciso 5, del Código Pro­cesal Penal.

La disposición ordena además el registro y resguardo del documento en el sistema electrónico del Poder Judicial, conforme a la normativa vigente.