La Cámara de Diputados, durante su sesión ordinaria de la fecha, sancionó y envió al Poder Ejecutivo el proyecto de ley “Que crea el Registro Nacional de Personas Des­aparecidas (Renaped) y el Sistema Nacional de Alerta Inmediata para la Búsqueda de Personas Desaparecidas (MAFE)”.

La presidenta de la Comi­sión de Presupuesto, dipu­tada Cristina Villalba, abogó por la aprobación del docu­mento con las modificacio­nes de la Cámara de Sena­dores. Explicó que la cámara revisora estableció que la autoridad de aplicación de la presente normativa será la Comandancia de la Policía Nacional, a través del Depar­tamento Especializado en Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas.

Asimismo, mencionó que se establece la obligación de coordinar el trabajo con la Comisión Nacional de Bús­queda de Personas Desapare­cidas (Conade), y que se podrá dar participación a un repre­sentante de la Asociación de Familias Desaparecidas del Paraguay.

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En cuanto a los recursos pre­supuestarios, manifestó que los fondos asignados al Presu­puesto General de la Nación, en Fuente 10 (Recursos del Tesoro), serán destinados, exclusivamente, para el cum­plimiento de acciones y estra­tegias del programa.

FAMILIAS SIGUEN ESPERANDO

La diputada proyectista Rocío Abed, manifestó que la inicia­tiva es una reivindicación a aquellas familias que siguen esperando a sus seres queri­dos que se encuentran desa­parecidos.

Por su parte, el diputado Rodrigo Blanco, uno de los impulsores de la propuesta, indicó que la intención es otorgar un marco legal a las miles de familias que son víctimas de este flagelo en el Paraguay.

PRINCIPALES PUNTOS

El proyecto crea dos mecanismos para búsqueda de personas desa­parecidas en Paraguay: el Registro Nacional Personas Desaparecidas (Renaped) y el Sistema de Alerta Inmediata (MAFE).

Administración: Departamento Especializado de Búsqueda de la Policía Nacional, coordinado con Conade y el Ministerio del Interior.

Cobertura: todas las personas desaparecidas, priorizando niños, adultos mayores, personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia. Denuncia: sin tiempo mínimo de espera, ante Policía, Fis­calía, Defensoría o Sistema 911. Comunicación inmediata obligatoria al Departamento Especializado. Registro incluye: datos personales, biométricos, circunstancias de desaparición, contactos familiares, acciones de búsqueda y activación de alertas.

Sistema MAFE: alerta masiva e inmediata a través de TV, radio, SMS, redes sociales, pantallas públicas y aplicaciones móviles. Sin costo.

Obligaciones empresas: telefonía y plataformas digitales deben entregar en máximo de 2 horas (bajo orden judicial/fiscal) datos de llamadas, conexión y geolocalización. Menores: no requiere autori­zación parental para difundir su imagen en búsqueda. Publicacio­nes se eliminan inmediatamente al localizarlos.

Protección de datos: garantiza confidencialidad y destrucción de información tras localización. Plazo de reglamentación: 90 días desde promulgación.

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