La Corte Suprema de Justi­cia dictó un acuerdo y sen­tencia favorable al Estado paraguayo, mediante el cual se evita el desembolso millo­nario de G. 12.169.741.440, monto que la empresa Laya Construcciones SA preten­día cobrar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).

El caso se originó con la Reso­lución n.º 193 del 21 de setiem­bre de 2018, dictada por el MTESS, que dispuso la res­cisión del contrato n.º 03/18, firmado con Laya Construc­ciones SA, en el marco de la Licitación Pública Nacional SBE n.º 02/2018 para la pres­tación de servicios de limpieza.

La rescisión del contrato se basó en el incumplimiento de la empresa, que no presentó en tiempo y forma la póliza de seguro contra accidentes personales, requisito indis­pensable para la ejecución del servicio.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Posteriormente, la empresa presentó una póliza con vigencia retroactiva, antes de la determinación de la res­cisión, lo que llevó al Tribu­nal de Cuentas, Primera Sala, a anular la resolución del MTESS y mantener vigente el contrato.

Ante esta decisión, la Procu­raduría General de la Repú­blica (PGR), junto con el Ministerio de Trabajo, inter­puso un recurso de apelación, argumentando que la resci­sión se ajustó plenamente a derecho y que se respeta­ron todas las formalidades legales, conforme a la Ley n.º 2051/03 “De Contrataciones Públicas”.

Déjanos tus comentarios en Voiz