La Corte Suprema de Justicia dictó un acuerdo y sentencia favorable al Estado paraguayo, mediante el cual se evita el desembolso millonario de G. 12.169.741.440, monto que la empresa Laya Construcciones SA pretendía cobrar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).
El caso se originó con la Resolución n.º 193 del 21 de setiembre de 2018, dictada por el MTESS, que dispuso la rescisión del contrato n.º 03/18, firmado con Laya Construcciones SA, en el marco de la Licitación Pública Nacional SBE n.º 02/2018 para la prestación de servicios de limpieza.
La rescisión del contrato se basó en el incumplimiento de la empresa, que no presentó en tiempo y forma la póliza de seguro contra accidentes personales, requisito indispensable para la ejecución del servicio.
Posteriormente, la empresa presentó una póliza con vigencia retroactiva, antes de la determinación de la rescisión, lo que llevó al Tribunal de Cuentas, Primera Sala, a anular la resolución del MTESS y mantener vigente el contrato.
Ante esta decisión, la Procuraduría General de la República (PGR), junto con el Ministerio de Trabajo, interpuso un recurso de apelación, argumentando que la rescisión se ajustó plenamente a derecho y que se respetaron todas las formalidades legales, conforme a la Ley n.º 2051/03 “De Contrataciones Públicas”.

