El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto n.º 4145/2025, por el cual se reglamenta el Capí­tulo IV de la Ley n.º 1328/1998 de Derecho de Autor y Dere­chos Conexos, derogando así la normativa anterior del año 2015. La medida actua­liza el marco jurídico sobre la remuneración compensa­toria por copia privada y esta­blece mecanismos más claros para su implementación.

El decreto reconoce el dere­cho de autores, compositores, intérpretes y productores de fonogramas o videogramas a ser compensados econó­micamente por la reproduc­ción no autorizada de sus obras para uso privado. Esta remuneración será finan­ciada mediante un porcen­taje aplicado a fabricantes e importadores de dispositi­vos y soportes de grabación o reproducción como celula­res, discos duros, memorias y otros aparatos electrónicos.

La Dirección Nacional de Pro­piedad Intelectual (Dinapi) será la encargada de adminis­trar el registro de importado­res y fabricantes, así como de supervisar el cumplimiento del pago y la veracidad de las declaraciones juradas.La recaudación será canalizada a través de la Entidad Para­guaya de Artistas, Intérpre­tes o Ejecutantes (AIE-Pa­raguay), que distribuirá los fondos entre las sociedades de gestión colectiva: Auto­res Paraguayos Asociados (APA), Sociedad de Gestión de Productores Fonográfi­cos del Paraguay (SGP) y la propia AIE.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Déjanos tus comentarios en Voiz