La Dirección Nacio­nal de Contratacio­nes Públicas (DNCP) informó que ayer la Corte Suprema de Justicia hizo lugar al recurso de apelación presentado por la DNCP en el caso de “Urnas electrónicas” del Tribunal Superior de Jus­ticia Electoral (TSJE).

De acuerdo al informe de Contrataciones Públicas, esta decisión de la máxima autoridad judicial permite el levantamiento de la medida cautelar dispuesta por el Tri­bunal de Cuentas-Tercera Sala a favor de la firma Bypar SA, que había suspendido temporalmente el avance del proceso licitatorio.

“Esta resolución representa un paso relevante hacia la garantía de la legalidad y la transparencia en los pro­cedimientos de contrata­ción pública, reafirmando el compromiso de la DNCP con el respeto al debido proceso y a la correcta aplicación de la normativa vigente”, expresa el comunicado.

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Cabe recordar que desde la Justicia Electoral aguar­daban la resolución de esta objeción de parte de la firma, a fin de continuar con el pro­ceso licitatorio para la adqui­sición de 28.000 máquinas de votación, que serán usa­das en los comicios internos partidarios, en las eleccio­nes generales municipales de 2026 y las presidenciales de 2028.

El motivo de la objeción plan­teada por la firma Bypar SA es que el TSJE pida 10 años de experiencia en la fabricación, utilización, alquiler y venta de las máquinas de votación.

Desde la Justicia Electoral señalaron que esta empresa tiene 5 años de trayectoria, por ello buscaban reducir el plazo de experiencia. Pero el problema de esta firma es que tampoco reunía ninguno de los demás requerimientos; por ello, no pudo participar en la licitación.

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