El plenario de la Cámara de Diputados analizará mañana martes el proyecto de ley que modifica algunos artí­culos del Código Electoral, con el objetivo de introdu­cir importantes cambios al régimen actual de finan­ciamiento de las campañas políticas.

La iniciativa busca mejorar los mecanismos de control y, al mismo tiempo, simplificar los procedimientos para par­tidos, movimientos internos y candidatos.

El proyecto plantea modifi­car los artículos 64 inciso a), 66 y el 278 inciso b) de la Ley n.º 834/1996, ‘Que establece el Código Electoral vigente, en respuesta a una creciente preocupación por la trans­parencia en el uso de fondos durante los procesos elec­torales y a las dificultades operativas que han enfren­tado las nucleaciones polí­ticas a raíz de la normativa vigente, según la exposición de motivos.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

CONTROLES POCO ACCESIBLES

El documento agrega que, si bien la legislación actual establece controles, estos resultan en muchos casos, excesivamente, complejos o poco accesibles para las agrupaciones políticas, en especial durante las eleccio­nes internas.

Entre los principales cambios propuestos respecto a la legis­lación actual, se destacan:

Reconocimiento anticipado de movimientos internos: la actual ley no contempla un proceso previo de recono­cimiento de los movimien­tos internos antes de la ins­cripción de candidaturas. El proyecto propone formalizar esta etapa, permitiendo a los movimientos gestionar de manera anticipada su iden­tificador tributario y cuenta bancaria.

Digitalización de declara­ciones: se propone que tanto la Declaración de Ingresos y Gastos de Campaña (DIGC), como la Declaración de Inte­reses Económicos Vincula­dos (DIEV) se presenten, úni­camente, en formato digital ante los organismos de con­trol, reduciendo el uso de papel y facilitando su aná­lisis.

MAYORES DETALLES DEL CANDIDATO

Presentación individual por candidato: a diferencia del esquema actual, en el que los movimientos presentan declaraciones de forma gene­ral, la modificación exige que cada candidato presente su propia DIGC y DIEV, incluso detallando su participación en sociedades o inversiones económicas.

Mayor transparencia y fisca­lización: el nuevo texto prevé la publicación obligatoria, en un plazo de diez días hábiles, de todas las declaraciones e informes recibidos en el por­tal del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Además, se establece la con­formación de una unidad especializada de fiscaliza­ción que verificará la vera­cidad y autenticidad de los documentos.

Obligaciones bancarias claras: la apertura de cuen­tas únicas en institucio­nes financieras, estable­cida en el artículo n.º 278, se refuerza en el proyecto con plazos específicos. Las entidades deberán habilitar las cuentas en un máximo de 48 horas y justificar por escrito cualquier negativa. La omisión podrá ser san­cionada por la Superinten­dencia de Bancos del Banco Central del Paraguay.

AUMENTO DE LAS PENAS

Sanciones más severas: en caso de comprobarse la false­dad en la declaración de ingre­sos, el proyecto contempla la suspensión de la participación del candidato por diez años en cualquier tipo de elección, una medida que no figura en la normativa vigente.

Actualización institucional: se sustituye la mención a la Subsecretaría de Estado de Tributación por la Dirección Nacional de Ingresos Tribu­tarios (DNIT), como orga­nismo encargado de emitir el identificador tributario y colaborar en los controles financieros.

Los proponentes aseguran que la iniciativa no busca eliminar los mecanismos de control establecidos por el TSJE, sino más bien ade­cuarlos a las nuevas necesi­dades administrativas y tec­nológicas.

Déjanos tus comentarios en Voiz