Desde la vocería de la Presidencia, ejer­cida por Paula Carro, comunicaron que la primera iniciativa plantea la modi­ficación del artículo 173 del Código Penal, que hace men­ción a la sustracción de ener­gía eléctrica. Mediante este planteamiento, se propone la incautación y el comiso de los bienes asociados a dicho hecho punible.

Con esta iniciativa de modi­ficación se busca proteger la eficiencia de la Administra­ción Nacional de Electrici­dad (Ande) y sus activos ante la sustracción en grandes cantidades de energía eléc­trica por parte de estable­cimientos ilegales de crip­tominerías.

“La presentación al Con­greso se realizará en las próximas horas, buscamos proteger a la Ande como empresa pública de una verdadera amenaza”, mani­festó la alta funcionaria de Estado mediante una con­ferencia de prensa acompa­ñada por el titular del ente eléctrico, Félix Sosa.

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A la vez, en el proyecto se fija una pena privativa de liber­tad de hasta 10 años de cár­cel con multa complemen­taria para quienes sustraen energía de líneas de transmi­sión o puertos de almacenaje de media tensión o niveles superiores.

La modificación del citado artículo también permitirá a la Ande requerir la admi­nistración o uso provisional de los bienes incautados y será, asimismo, beneficiaria de lo recaudado con el comiso como medida para fortalecer la institución.

El proyecto ejecutivo surge en medio de las constantes intervenciones realizadas por la Ande, el Ministerio Público y la Policía Nacio­nal a las granjas clandesti­nas de criptomonedas, por el uso irregular de la energía eléctrica.

El robo de la energía eléctrica se encuentra tipificado solo como un delito en el Código Penal y, además de acarrear grandes pérdidas económi­cas, también produce incon­venientes en la provisión del servicio, ya sea con cortes constantes o problemas de baja tensión.

ENERGÍAS RENOVABLES

Mientras que la segunda propuesta planteada al Poder Legislativo se cen­trará en la modificación de varios artículos de la normativa que regula el fomento, generación, pro­ducción, desarrollo y la uti­lización de energía eléctrica a partir de fuentes de ener­gías renovables no conven­cionales y no hidráulicas.

Carro explicó que la citada ley fue reglamentada el pasado mes de febrero por el Ejecutivo. “Como toda política pública está siendo monitoreada en sus resul­tados, en sus mecanismos de articulación y se vio mediante una colaboración entre las instituciones invo­lucradas en el tema energé­tico que era necesario intro­ducirle una modificación que asegure mayor interés de parte de los inversionis­tas que operan en el sector eléctrico y apuntando a una mayor diversificación de las fuentes de generación”, comentó.

De esta manera, la vocera mencionó que la iniciativa de modificación introducirá una innovación respecto al plazo, es decir, los contratos de los generadores, cogeneradores, transportistas y exportado­res de energías renovables no convencionales con la Ande podrá ser de hasta un periodo de 30 años, actualmente el plazo es hasta 15 años.

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