Esta iniciativa ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados. La convocato­ria es para hoy lunes frente al Congreso Nacional, a las 9:00.

Este proyecto pretende establecer reglas claras en cuanto a la habilitación del local, registro profesional, control y todo lo referente a esta práctica, teniendo en cuenta el casi nulo control, y por carecer de un ropaje jurídico adecuado a los nue­vos tiempos.

La Asociación de Profesio­nales y Establecimientos de Estética Cosmetológica refiere en su comunicado que convoca a una reunión de prensa para aclarar sobre los puntos con los cuales no están de acuerdo en este proyecto, específicamente 3 artículos del documento. “Aclarar por qué no estamos de acuerdo con los siguientes artículos del proyecto de ley de medi­cina estética que fue apro­bado por la Cámara de Dipu­tados”, señala el documento.

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El primer artículo mencio­nado es el 2.° del proyecto de ley que refiere: “Se entiende por medicina estética la prác­tica médica no quirúrgica, que aplica técnicas no inva­sivas o mínimamente inva­sivas para la restauración y el mantenimiento de la esté­tica, salud y bienestar del ser humano a nivel facial e inte­gración corporal”.

También se menciona el artí­culo 5.°, que dice que “los tra­tamientos enmarcados en el área de medina estética se conforman con terapias médi­cas y ‘estéticas’”. Mientras que el artículo 6.° dice que “los pro­cedimientos médicos estéti­cos autorizados son aquellos que conllevan el uso de prin­cipios activos de uso médico, ‘procedimientos no invasivos o mínimamente invasivos’ y aparatología de uso médico realizado por médicos con­forme a lo dispuesto por el artículo 12.º”.

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