La Justicia Electoral ya realizó el cruzamiento del padrón electoral de los ciudadanos que no acudieron a votar en las pasadas elecciones nacionales del 30 de abril de este año, esto como parte de la aplicación de la multa que son de G. 98.000 para los que incumplieron con el deber cívico. Al respecto, el director de Financiamiento Político del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) Christian Ruiz Díaz explicó en nota para La Nación en qué etapa se encuentra este proceso.

“Ahora mismo la Dirección de Informática de la Justicia Electoral está culminando los trabajos de cruce de los padrones que se utilizaron en cada una de las mesas receptoras de votos. Este cruce tiene como finalidad determinar quiénes fueron las personas que votaron y quiénes no votaron”, informó el funcionario electoral.

Luego de este cruzamiento de datos y el resumen de las personas que no votaron, la Justicia Electoral trabajará en la exclusión de los exceptuados por la ley, por ejemplo, todas aquellas personas que sean mayores de 75 años de edad, por el hecho de que ellos ya no están obligados a votar, también los magistrados electorales. Estamos viendo también todas aquellas personas que fueron privadas de su libertad en el periodo posterior a la depuración que hicimos, desde el mes de enero hasta el día de la elección”, indicó el director electoral.

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Culminando el proceso de la revisión de las personas exceptuadas, los datos serán remitidos a los Registros Electorales que serán los encargados de remitir al fiscal electoral de la circunscripción correspondiente. “A los efectos de que el fiscal, una vez que tenga en su poder o esté en posesión de esta lista, le solicita al juez electoral la aplicación de la moda. A partir de ahí, el juez electoral va a ordenar un juicio sumario, va a ordenar la publicación de los nombres de las personas que no votaron”, explicó.

UN BUSCADOR

Una vez culminado con todos los procesos de cruzamiento de datos y el informe correspondiente, el ciudadano podrá realizar la búsqueda de sus datos en un buscador que será habilitado en la página web de la Justicia Electoral, con su número de cédula y su nombre completo, para corroborar si está o no en la lista de los infractores.

“Va poder saber si es que está dentro de la lista de los que no votaron y el consecuente pago de multa, de la multa que es de 98 mil, o sea, un formal. Una vez que termine este periodo de publicación, el juez va a establecer un periodo para que los ciudadanos que tienen esa lista se acerquen hasta el juzgado o a través de otro medio que establezca el juez para poder hacer su descargo”, refirió Ruiz Díaz.

Director de Financiamiento Político del TSJE Christian Ruiz Díaz

PRESENTACIÓN DE JUSTIFICATIVOS

Sin embargo, aclaró que en esta etapa el ciudadano podrá presentar el justificativo del motivo por el cual no pudo acudir al local de votación en el día de los comicios; por ejemplo, por motivos de enfermedad deberá presentar un certificado médico. Ya en el caso de trabajo, si se encuentra a 50 kilómetros del lugar donde debía votar, podrá presentar un certificado de trabajo de su empleador.

“Hay muchísimas formas de justificar, que lo va estableciendo el juez. Una vez que termine esto, todas aquellas personas que no se presentaron a justificar el motivo del porqué no se hicieron a votar serán sancionados con la multa”, aclaró el director.

Todo este proceso estaría culminando a finales de octubre o principios del mes de noviembre de acuerdo a la estimación mencionada por el alto funcionario electoral, que culmina con la sanción de multa impuesta por la ley. “La sanción que aplica la ley es la multa. Es la multa establecida en un jornal. No existe ningún otro tipo de sanción complementaria a eso”, puntualizó.

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