El resguardo y la pro­tección del voto del elector serán fun­damentales para las próxi­mas elecciones internas partidarias simultáneas del 18 de diciembre; esto, ante el mito y el miedo creados sobre supuestos controles e incluso coacción que se esta­rían dando por parte de algu­nas agrupaciones políticas hacia los electores. En nota especial, el diario La Nación/Nación Media indica cómo velar por tu voto y qué hacer en caso de que una segunda persona violente su secreto.

La jueza electoral de la capi­tal Fabiana Marín habló sobre las faltas electorales y las acciones que se pueden tomar en el caso de que el ciu­dadano se sienta violentado en su derecho constitucional de sufragar, y de garantizar este derecho. La jueza apuntó a que un aspecto fundamen­tal se da en el control del pro­pio ciudadano que acude a los locales de votación, además de las autoridades de mesas y otros actores de control para que todo el proceso de vota­ción se realice sin incidentes.

El Código Electoral califica de falta electoral el ingreso de cualquier tipo de cámaras, incluyendo celulares, y tomar fotografías al sentido del voto.FOTO:JORGE ROMERO

BOLETÍN DOBLADO

En el caso de los boletines de votación, la jueza electoral instó a que todos los ciuda­danos, una vez cumplido con el proceso de votación, veri­fiquen imprescindiblemente que el boletín sea doblado en dos partes, con esto se evita que otras personas puedan observar el sentido del voto.

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“Tiene que salir del cuarto oscuro con el boletín doblado en dos y le entrega al presi­dente de mesa, quien es el último que firma el boletín, ese boletín tiene que estar cerrado y antes de introducir el boletín se entinta el dedo, introduce el boletín y tiene que observar si se colocó la palabra ‘votó’ al lado de su nombre. Ahí cumple con todo el proceso de vota­ción”, explicó.

Además, el elector debe con­trolar que ningún miembro de mesa pueda abrir el bole­tín y, en el caso de que lo haga, debe realizar la denuncia en la misma. “No es correcto que nadie, excepto el elector, mire y revise la opción, porque ahí se está violentando el secreto del voto, cualquier elector puede realizar su reclamo, su denuncia, si es que alguna persona, sea quien sea, le dice o le exige que muestre, o está violentando la garantía que tiene que tener de que su voto es secreto. El elector tiene el manejo de la situación siem­pre, tiene el manejo y el dere­cho, él debe doblar el boletín de voto, eso es muy impor­tante”, aclaró.

Una vez concluido el proceso de votación, el elector debe entregar el boletín de votación al presidente de mesa doblado en dos partes y este no debe abrir el boletín; en el caso de que lo haga, el elector debe realizar la denuncia correspondiente.FOTO:JORGE ROMERO

AL CUARTO OSCURO SIN CELULARES

Otro de los aspectos que se encuadran en las prohibi­ciones establecidas por el Código Electoral, conside­radas faltas electorales, es el ingreso al cuarto oscuro con cámaras o cualquier tipo de aparato electrónico para tomar fotografías o grabaciones, incluyendo los celu­lares. En este caso, Marín mencionó que este control quedará a cargo de los miem­bros de mesa, esto para evitar ser tomada la imagen del sen­tido de voto del elector.

“Esta ley ya es un poco anti­gua, no se puede ingresar con ninguna cámara filmadora, la idea es que no se pueda vulne­rar el secreto del voto de nin­guna forma y, por supuesto, los miembros de mesa son las máximas autoridades de los locales de votación y de cada mesa, y son ellos los que admi­nistran de acuerdo a su sano juicio caso por caso sobre el ingreso de los aparatos celu­lares o de cualquier instru­mento que pueda violentar el secreto del voto. Todo depende del criterio de los miembros de mesa”, apuntó la jueza.

Igualmente, se prohíbe el ingreso de dos personas en el cuarto oscuro; al respecto, Marín aclaró que el acompa­ñamiento al elector de una persona de confianza solo se puede dar en casos excepcio­nales como dificultades físicas. “La ley refiere que una persona de confianza puede acompañar al elector si está impedido por algún defecto físico de mar­car, la ley se refiere al boletín de voto, ahora es con una pan­talla táctil, si por algún defecto físico esté imposibilitado de hacerlo, puede hacerse valer de una persona de su confianza o también en el siguiente paso del procedimiento de votación en sí, que es doblar el boletín de voto e introducirlo a la urna”, sentenció.

TERCERA EDAD

En el caso de las personas de tercera edad que solici­tan ayuda para votar, la jueza indicó que para estos casos también se debe tener en cuenta cada caso en parti­cular por parte de los miem­bros de mesa. Si bien es cierto que no hay un defecto físico propiamente dicho, osten­sible, hay alguna dificultad, dependiendo de cada elec­tor, por ejemplo, para cami­nar; de todas formas, siem­pre hay una mesa accesible, también existe el voto en casa y la idea es que esa persona le acompañe al familiar hasta el cuarto oscuro.

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