Con la aparición de la figura política de la Concertación para los períodos electorales venideros en nuestro país, también se debió diseñar un engorroso proceso no solo de votación, sino que de conformación de padrones y listas, y es con este nuevo sistema con el cual los ciudadanos aún no se han podido amigar.
Uno de los puntos más confusos se inició con la adjudicación a la Concertación del Registro Cívico Permanente (RCP) en el cual se encuentran enlistados todos los ciudadanos mayores de 18 años habilitados a votar y que desde hace un tiempo son partes de manera automática, para ser utilizado como padrón base.
Si bien la Concertación excluyó a aquellos sujetos que no pueden ser parte de internas partidarias por ley como son los jueces, fiscales, entre otros, también excluyó a aquellas personas que tanto por vía administrativa o judicial con la figura del habeas data solicitaron su exclusión por pertenecer a partidos fuera de la nucleación.
¿Cómo puedo estar fuera del padrón de la Concertación?
El vocero oficial del TSJE, el Dr. Cristhian Ruiz Díaz, en comunicación con La Nación/Nación Media destacó que se dio un período del 5 de setiembre al 5 de octubre para salir vía administrativa del padrón de la Concertación, con esta fecha ya vencida la única alternativa es vía judicial solicitando un habeas data, aunque asumió que ya en la fecha en la que nos encontramos será difícil ser borrados del padrón de todas maneras.
“Va a ser difícil, ya que por más que tengan una orden judicial que diga que se les debe quitar de la Concertación, ya es imposible que sigan depurando todo el padrón por cuestiones de tiempo y calendario, entonces lo que va a hacer el ciudadano que obtenga esa resolución judicial es que le servirá como una garantía y una constancia de que solicitó su exclusión”, certificó Ruiz Díaz.
Confirmando de esta manera que existirán casos de ciudadanos que aparecerán tanto en el padrón del partido al cual pertenecen como en el padrón de la Concertación, pero pudiendo votar solo en una.