Por la mañana de ayer se movilizó a la Policía Nacional para resguardar la sede de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), desconociéndose los motivos del hecho. Desde la Fiscalía afirmaron que la supuesta movilización corresponde a un simple “teatro”.
Al parecer, la asesora “fantasma” de la Presidencia de la República, Verioska Velasco, es quien se encontraría detrás de este montaje informativo con el objetivo de crear una guerrilla mediática contra la Fiscalía, según especularon algunos políticos.
Se instaló que se estaba llevando a cabo un allanamiento por agentes fiscales en la sede de la Seprelad y ante esto, el Ministerio Público aclaró que dicha información es falsa y tendenciosa. Anunciaron que no existía un requerimiento al órgano judicial que implique un allanamiento a oficinas de la Seprelad o a una vivienda particular del titular de la entidad.
Desde la Fiscalía también señalaron que se desconocían los motivos por los cuales se han movilizado a las fuerzas policiales hasta la mencionada entidad administrativa, agregando que las movilizaciones deben ser explicadas por los responsables de dicho desplazamiento.
Teniendo en cuenta las aclaraciones pertinentes realizadas por la Fiscalía, desde la propia Seprelad confirmaron a La Nación/Nación Media que no existió ningún operativo especial para resguardar la sede de la institución y que habitualmente la Policía se encuentra en esa zona realizando procedimientos de rutina.
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Abogado destruye campaña mediática de medios
El abogado Ricardo Preda se refirió a los cuestionamientos hacia el proceso de imputación de Mario Abdo Benítez y sus excolaboradores en el caso de la publicación de informes de inteligencia por parte de medios afines y defensores del expresidente de la República.
Algunos de los cuestionamientos y argumentaciones para desacreditar este proceso son el cambio de carátula que pasa de nominados a innominados y la violación del derecho a la defensa de los imputados con la no información de la investigación a los afectados en este caso.
CAMBIO DE CARÁTULA
Sobre el cambio de carátula de nominada a innominados, el abogado explicó que se trata de una cuestión puramente administrativa de la nominación que le da el funcionario que recibe la denuncia. Por lo tanto, no tiene absolutamente ninguna regulación legal, no se trata de que la carátula propiamente sea un acto procesal, sino es simplemente una cuestión propia del funcionario que recibe la denuncia.
“Durante la investigación, el funcionario que, por ejemplo, elabore un oficio para remitir y pedir información puede en algunos casos indistintamente poner el nombre de la persona que supuestamente se le sindica como participante del hecho, como así también podría poner simplemente investigación fiscal sobre tal o cual hipótesis punible”, dijo en entrevista al programa “Arriba hoy” de GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Indicó que concretamente hasta que no exista un señalamiento, que es el acta de imputación, lo más conveniente es que los pedidos de la Fiscalía se refieran simplemente a una investigación fiscal sobre tal o cual hipótesis punible. “La carátula propiamente no es ninguna figura legal ni que determine absolutamente cuál es el camino de la investigación”, aseveró.
DERECHO DE LA DEFENSA
En cuanto a la violación del derecho a la defensa de los investigados, Preda afirmó que no existe ninguna obligación que se le comunique al investigado. “Si partiéramos de esa base no se podría sostener ninguna investigación de hechos complejos. La investigación propiamente no tiene que ser propiamente comunicada al investigado, existen los momentos procesales”, señaló.
Mencionó que si el Ministerio Público informa sobre la investigación que se está llevando adelante previamente, se estaría frustrando todo tipo de investigaciones de hechos complejos.
EXTRACCIÓN DE DATOS DE LA SEPRELAD
La extracción de datos y el argumento de que podrían ser eliminados algunos datos en el proceso de investigación por parte de los defensores de Mario Abdo Benítez, también es una cuestión refutada por el abogado, esto teniendo en cuenta que el fiscal de la causa solicitó una autorización para realizar una extracción de datos sensibles de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero y Bienes (Seprelad).
“El tema del servidor, en este caso de la Seprelad, la información que se colecte de ese servidor puede ser verificado por la defensa. Una extracción de datos para hacerlo más accesible al lego es como un allanamiento en un recinto privado; es decir, es ingresar a un sistema digital y bajar la información que está ahí”, mencionó.
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La narrativa del apriete
- Por Felipe Goroso S.
- Columnista político
Está en ciernes una operación político-mediática de la que aún se está hablando muy poco en público. La misma se enmarca dentro de esta narrativa del apriete que peligrosamente está llevando la actual conducción del PLRA que pretende expulsar a cuatro senadores nacionales electos por votar a favor de la pérdida de investidura de la exsenadora del Encuentro Nacional Kattya González. Los congresistas a los cuales el efrainismo 2.0 pretende coaccionar en su legítimo derecho de votar en el sentido que mejor les parezca a su buen saber y entender y preservando las garantías que les da la Constitución Nacional de que no le sean impuesto ningún mandato imperativo son Hermelinda Alvarenga, Noelia Cabrera, Dionisio Amarilla y Édgar López.
Pero la coacción no se agota en los cuatro senadores mencionados, ahora han decidido doblar la apuesta y alcanzar a la mismísima justicia, en este caso en su ámbito electoral. El oficialismo partidario azul, a través de una de sus voceras principales, la senadora Celeste Amarilla, anuncia la presentación de una denuncia formal por prevaricato contra el Tribunal Electoral Segunda Sala de Capital. Las víctimas de esta nueva persecución son los jueces Teresita Clotilde Martínez, Miriam Cristal y Santiago González. Los mismos tuvieron el coraje y osadía de hacer su trabajo y sencillamente disponer una medida cautelar de urgencia y reponer en su condición de afiliados a los cuatro congresistas luego de que el Directorio liberal ya haya decidido su expulsión, medida que solamente puede dictaminar la máxima instancia partidaria como es una Convención.
La narrativa del apriete dice que el caso mencionado es idéntico al del exafiliado del Partido Colorado, Gerardo Soria. Sin embargo, omite mencionar que para que existan demandas idénticas debe haber identidad de sujetos, objeto y causa. Al hablar de sujetos no necesariamente tienen que ser las mismas personas, eso se entiende. Al decir objeto, habla que es sobre lo que se realiza la acción (en este caso, podría haber identidad de objeto, pero es dudoso), y causa es en lo que se funda la demanda y la acción, los fundamentos de la demanda tienen que ser iguales. Eso no existe en las dos causas a las que hacen referencia, son fundamentos distintos. En el caso de Soria el Tribunal de Conducta le hizo un proceso dentro de lo que prevé el estatuto partidario, por violación a ciertos artículos de dicho estatuto, y le dieron derecho a la defensa, se siguieron los plazos procesales y luego se le dio la máxima sanción. Soria accionó ante el mismo tribunal diciendo que el mandato del Tribunal de Conducta de la ANR estaba vencido y no debía juzgarlo, además que se violaron garantías de su debido proceso.
El caso de los liberales es totalmente distinto. En una tarde el Directorio decidió expulsarlos, excluirlos del padrón, pero su estatuto prevé que necesariamente el requisito de la expulsión debe darse en una Convención. Los expulsan por incumplir un mandato imperativo (que está prohibido constitucionalmente) de que votaron a favor de la pérdida de investidura de una senadora. Obviamente, ellos accionan y piden como medida cautelar ser repuestos en el padrón, circunstancia que el Tribunal Electoral consideró y acogió favorable la medida cautelar, que es diferente a la solicitada por los actores y es solo provisoria. No han sido reintegrados al padrón, dictaron una medida cautelar distinta que es no innovar en relación al padrón. No se ordena la restitución como ellos mal dicen, sino que se da una medida cautelar (que siempre es provisoria) a las resultas del juicio. Es decir, el tribunal después podría resolver en contra de los accionantes, como varias veces se hizo.
El new efrainismo habla de un supuesto precaricato y mezcla las ideas. Por un lado, compara un caso que no es similar (desde el punto estrictamente jurídico y porque las causales son diferentes, entonces no se da el requisito de identidad de sujeto, objeto y causa). Puede causarle agravio la resolución al Partido Liberal, pero tiene los mecanismos para presentarse en el juicio, apelar la medida cautelar, ya que existe una doble instancia de revisión y luego contestar la demanda normalmente. En el caso Soria, hay que destacar que los dictámenes del Ministerio Público también fueron contrarios a sus pretensiones, y si bien no son vinculantes, son importantes en el proceso. La medida cautelar en el caso Soria fue confirmada por el Tribunal Superior y hoy está en apelación para que el Tribunal Superior atienda el recurso de apelación planteado.
En el caso de los liberales, ni siquiera se trabó la litis, recién podrían apelar y luego contestar la demanda, por lo que adelantarse y hablar de prevaricato es muy grave, más aún cuando el Tribunal Electoral todavía no se expidió sobre el fondo de la cuestión. Las medidas cautelares tienen la característica de ser accesorias al juicio principal y son provisorios hasta que se defina el fondo de la cuestión.
Lo peligroso del tema es justamente querer comparar y hacer ver a la gente que los casos son idénticos. Al ser los motivos (fundamentos) de la acción totalmente diferentes, es decir la causa, no se puede hablar de casos idénticos.
Una vez agotadas las instancias y al sentirse agraviados podrán incidentar, apelar, recusar, pero llevar el análisis o el supuesto agravio a la línea de denunciar por prevaricato a magistrados que todavía siquiera se han referido al fondo de la cuestión puede considerarse un amedrentamiento o coacción a los mismos, haciendo un análisis o una interpretación que finalmente no tiene rigor jurídico.
La Fiscalía General de la República debería analizar con rigor el trámite de una eventual denuncia de este tipo, o el fiscal que tome la misma analizarla con sumo cuidado, a fin de no desvirtuar el tipo penal de prevaricato, más aún en un caso donde todavía no se ha resuelto el fondo de la cuestión, y que tiene muchos recursos de las partes para ser interpuestos si considerasen.
Finalmente, ellos dicen que esos 4 senadores son cartistas, pero es una apreciación meramente subjetiva, entonces no tiene rigor jurídico. Pero ellos, en su narrativa de apriete, pretenden que ese adjetivo se vuelva sinónimo de delito.
La narrativa del apriete dice que el caso mencionado es idéntico al del exafiliado del Partido Colorado, Gerardo Soria. Sin embargo, omite mencionar que para que existan demandas idénticas debe haber identidad de sujetos, objeto y causa.
En el caso de los liberales, ni siquiera se trabó la litis, recién podrían apelar y luego contestar la demanda, por lo que adelantarse y hablar de prevaricato es muy grave, más aún cuando el Tribunal Electoral todavía no se expidió sobre el fondo de la cuestión.
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A los 86 años, murió el sacerdote José Velasco
La diócesis de San Lorenzo confirmó ayer martes el fallecimiento del presbítero José María Velasco, excura párroco de la iglesia Virgen de la Candelaria de Capiatá, quien tuvo una destacada labor pastoral en la lucha contra la corrupción, por la que incluso afrontó procesos judiciales.
“La Diócesis de San Lorenzo comunica el sensible fallecimiento del padre José María Velasco, quien en la madrugada de ayer ha vuelto a la casa del Padre”, expresa el comunicado en el que además se informa que el velatorio será en la misma parroquia donde ejerció su trabajo durante 25 años. Se invita a toda la comunidad a acompañar en este momento de oración y de despedida al conocido pa’i Velasco. Su deceso se produjo tras haber estado internado por un cuadro de neumonía en el Instituto de Previsión Social (IPS), según publicaciones en redes sociales.
El padre Velasco nació en Salamanca, España, el 12 de marzo de 1937 y gran parte de su misión pastoral en nuestro país la cumplió en la ciudad de Capiatá, donde en el año 2013 fue querellado por algunos dirigentes políticos de la zona, a quienes acusó por presuntos hechos de corrupción tanto en la comuna como en un club deportivo.
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Piden dejar de lado el “circo”
Durante la segunda sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, algunos legisladores abogaron por mantener la honorabilidad del plenario en alto y no caer en la chabacanería como se vio en el periodo pasado, al punto que les llevó a ganarse el mote de “Cámara de la vergüenza”.
Esto debido a que el día de ayer, una de las diputadas de la bancada del Partido Liberal, Graciela Aguilera, llegó a la sala de sesiones con una canasta cargada de chipas, y comenzó a repartir a sus pares y funcionarios gritando “¡chipa Barrero!”. La parlamentaria aseguró sentirse orgullosa de sus orígenes como vendedora de chipa, teniendo en cuenta que es oriunda del departamento de Cordillera.
Esta situación, incluso, fue tomada jocosamente por los propios diputados, y rápidamente se viralizó en redes sociales. No obstante, el diputado colorado reelecto Walter Harms lamentó que la Cámara Baja haya perdido su formalidad, y se incline nuevamente a convertirse en un circo, como se tuvo en el periodo pasado, teniendo en cuenta que por la Cámara han pasado legisladoras que montaban su show para llamar la atención mediática.