Mediante una nota remitida al Tribunal Electoral Inde­pendiente (TEI) del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), el Tribunal Supe­rior de Justicia Electoral (TSJE) advirtió al órgano electoral que no corres­ponde legal ni constitucio­nalmente la utilización del padrón nacional en sus elec­ciones internas partidarias para la designación de can­didaturas propias.

Al respecto, la entidad elec­toral sostiene que el padrón nacional será solo para las candidaturas concertadas. “La Justicia Electoral solo puede recibir para la cer­tificación correspondiente de padrones que son con­feccionados por los par­tidos políticos sobre las bases de su registro de afi­liados”, refiere la comuni­cación.

La nota continúa argumen­tando que “pretender” uti­lizar el Registro Cívico Per­manente (RCP) o el padrón nacional de otras organiza­ciones políticas en su elec­ción interna, en la cual elegirán candidaturas propias, es decir, no concertadas, “contraviene principios y normas constitucionales y legales, por lo que su aplica­ción deviene improcedente por carecer de validez jurí­dica”.

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