Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) resolvió reconocer a la Concertación Nacional y habilitar el uso del Registro Cívico Permanente (RCP) para las elecciones internas de diciembre próximo, señalando la opinión en disidencia del ministro Jaime Bestard. La resolución fue dada a conocer en los primeros minutos de este sábado, pasada la medianoche, y consta de 26 páginas, en las que se exponen los argumentos de los ministros del TSJE.

Parte del documento refiere que los partidos políticos son instrumentos para defender ideologías conforme reza el artículo 10 del Código Electoral. “Los partidos y movimientos políticos son personas jurídicas de derecho público interno, tienen la finalidad de asegurar, en el interés del régimen democrático, la autenticidad del sistema representativo y la defensa de los derechos humanos. Estos no pueden obligar ni prohibir a sus afiliados participar de elecciones ni en sus propias elecciones internas y menos aún en una a padrón abierto, tampoco lo hace la Constitución ni las leyes y, por ende, el juez no puede ni debe hacerlo”, reza parte del argumento.

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