La Cámara de Diputados sancionó el proyecto de ley que modifica el Código Electoral, estableciendo que la Justicia Electoral tendrá a su cargo la responsabilidad de cobrar las multas que devengan por la no participación en elecciones de los electores habilitados.
Según el liberal Jorge Ávalos Mariño, la multa está establecida en el Código Electoral desde hace 25 años, pero nunca hubo una autoridad que fuera responsable de cobrarla, que es lo que ahora soluciona esta ley, dando esa potestad a la Justicia Electoral.
El diputado colorado Derlis Maidana, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara Baja, explicó que la instancia legislativa dictaminó por el rechazo del proyecto de ley presentado por el Senado “Que modifica el Art. 6° de la Ley 635/95, que reglamenta la Justicia Electoral”. Entre otras cosas, esta modificación, además de una multa de menos de G. 50.000, pretendía imponer la “muerte civil” de las personas que no ejercían su derecho al voto en elecciones municipales o nacionales. También Sebastián Villarejo (PPQ) rechazó la versión de que se pretenda la “muerte civil” de la persona por no votar.