La Cámara de Diputados san­cionó el proyecto de ley que modifica el Código Electoral, estableciendo que la Justicia Electoral tendrá a su cargo la responsabilidad de cobrar las multas que devengan por la no participación en elecciones de los electores habilitados.

Según el liberal Jorge Áva­los Mariño, la multa está establecida en el Código Electoral desde hace 25 años, pero nunca hubo una autoridad que fuera respon­sable de cobrarla, que es lo que ahora soluciona esta ley, dando esa potestad a la Jus­ticia Electoral.

El diputado colorado Der­lis Maidana, presidente de la Comisión de Asun­tos Constitucionales de la Cámara Baja, explicó que la instancia legislativa dicta­minó por el rechazo del pro­yecto de ley presentado por el Senado “Que modifica el Art. 6° de la Ley 635/95, que reglamenta la Justicia Elec­toral”. Entre otras cosas, esta modificación, además de una multa de menos de G. 50.000, pretendía impo­ner la “muerte civil” de las personas que no ejercían su derecho al voto en eleccio­nes municipales o nacio­nales. También Sebastián Villarejo (PPQ) rechazó la versión de que se pretenda la “muerte civil” de la per­sona por no votar.

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